Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 77 de 24/04/2025

1. Disposiciones generales

Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa

Resolución de 16 de abril de 2025, de la Dirección Gerencia de la Agencia Digital de Andalucía, por la que se modifican las cuantías subvencionadas y se actualizan los porcentajes de financiación del cuadro resumen de las líneas de ayuda denominadas «Puntos Vuela Ayuntamientos» y «Puntos Vuela Entidades Locales Autónomas de Andalucía (ELA)», de la Orden de 9 de noviembre de 2021, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas a municipios y entidades locales de Andalucía, en situación de brecha digital y a entidades asociativas sin ánimo de lucro en zonas desfavorecidas de Andalucía, para la dinamización de centros de competencias digitales.

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La Disposición final primera de la Orden de 9 de noviembre de 2021, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas a municipios y entidades locales autónomas de Andalucía en situación de brecha digital y a entidades asociativas sin ánimo de lucro en zonas desfavorecidas de Andalucía, para la dinamización de centros de competencias digitales, en la redacción dada a la misma mediante la Orden de 6 de julio de 2024, de la Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa, establece en su apartado 1 que «Se autoriza a la persona titular de la Dirección Gerencia de la Agencia Digital de Andalucía para la modificación de las cuantías subvencionadas y a la actualización de los porcentajes de financiación a que se refieren el apartado 5.a) y los apartados 7.a) y d) respectivamente del cuadro resumen correspondiente a los municipios andaluces y entidades locales autónomas de Andalucía en situación de brecha digital para la dinamización de centros de competencias digitales, que se incorporan a esta orden. Dicha modificación se realizará mediante la correspondiente resolución que deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.»

A estos efectos, esta Dirección Gerencia considera necesario proceder a la actualización de las cuantías que se recogen en el apartado 5.a) del citado cuadro resumen de las líneas de ayuda Puntos Vuela Ayuntamientos y Puntos Vuela Entidades Locales Autónomas de Andalucía.

Así mismo, y como consecuencia de esta modificación se considera necesario proceder a la actualización de los apartados 7.a) y d), a los efectos de que exista coherencia entre la nueva cuantía mínima subvencionada en el apartado 5.a) y los porcentajes de financiación que se establecen en los mencionados apartados del cuadro resumen.

Por ello, de conformidad con la autorización concedida en el apartado primero de la Disposición final primera de la Orden de 9 de noviembre de 2021 antes citada, esta Dirección Gerencia, a propuesta de la Dirección General de Estrategia Digital,

RESUELVE

Primero. Modificación de las cuantías subvencionadas y actualización de los porcentajes de financiación establecidos en el cuadro resumen de las líneas de ayuda denominadas «Puntos Vuela Ayuntamientos» y «Puntos Vuela ELA» de la Orden de 9 de noviembre de 2021, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas a municipios y entidades locales autónomas de Andalucía en situación de brecha digital y a entidades asociativas sin ánimo de lucro en zonas desfavorecidas de Andalucía, para la dinamización de centros de competencias digitales.

Se modifican las cuantías subvencionadas y se actualizan los porcentajes de financiación que se establecen en los apartados 5.a), 7.a) y 7.d) del cuadro resumen de las líneas de ayuda «Puntos Vuela Ayuntamientos» y «Puntos Vuela ELA»,de la Orden de 9 de noviembre de 2021, que pasan a ser los siguientes:

a) Las cantidades que aparecen en el apartado 5 a) quedan fijadas en las siguientes cuantías mínimas:

Grupo A: 9.783,16.

Grupo B: 15.453,12.

Grupo C: 8.309,82.

b) Los porcentajes establecidos en el apartado 7.a) serán, al menos, los siguientes:

Grupo A: 32,46.

Grupo B: 32,46.

Grupo C: 63,46.

c) Los porcentajes establecidos en el apartado 7.d), serán, al menos, los siguientes:

Grupo A: 67,54.

Grupo B: 67,54.

Grupo C: 36,54.

Segundo. Aplicación de las nuevas cuantías y porcentajes.

La cuantía y porcentajes indicados en el resuelve primero serán de aplicación a las convocatorias que se efectúen, con posterioridad a la entrada en vigor de la presente resolución, de subvenciones relativas a las líneas de ayuda «Puntos Vuela Ayuntamientos» y «Puntos Vuela ELA», de la Orden de 9 de noviembre de 2021, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas a municipios y entidades locales autónomas de Andalucía en situación de brecha digital y a entidades asociativas sin ánimo de lucro en zonas desfavorecidas de Andalucía, para la dinamización de centros de competencias digitales.

Tercero. Efectos.

La presente resolución surtirá efectos desde el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 16 de abril de 2025.- El Director Gerente, Raúl Jiménez Jiménez.

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