Extracto de la Orden de 7 de septiembre de 2026, por la que se convocan para el año 2026, ayudas para inversiones en equipos e inversiones a bordo de buques pesqueros con puerto base en Andalucía, que contribuyan a reducir el impacto de la pesca en el medio marino, apoyar la eliminación gradual de los descartes y facilitar la transición a una explotación sostenible de los recursos biológicos marinos, siempre que no haya incremento de arqueo bruto del buque, previstas en la orden que se cita.
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BDNS (Identif): 929265.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdntrans) y en el presente BOJA.
Primero. Convocatoria.
1. Se convocan para el año 2026 las ayudas que se citan, previstas en la Orden de 26 de junio de 2024, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas al desarrollo sostenible de la pesca en la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura 2021-2027, en la cuantía total máxima que se especifica y con arreglo a los créditos presupuestarios que asimismo se indican:
| Líneas de ayuda | Partidas presupuestarias | Cuantía máxima (€) | |
|---|---|---|---|
| 2026 | 2027 | ||
| Ayudas para inversiones en equipos e inversiones a bordo de buques pesqueros, con puerto base en Andalucía, que contribuyan a reducir el impacto de la pesca en el medio marino, apoyar la eliminación gradual de los descartes y facilitar la transición a una explotación sostenible de los recursos biológicos marinos, siempre que no haya incremento de arqueo bruto del buque | 1200120000 G/71P/77300/00 G4110201A6 2024001206 | 155.000 | 600.000 |
2. La información asociada al procedimiento de concesión de estas ayudas se encuentra disponible en el código de procedimiento 25513, a través de la siguiente dirección electrónica del Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Sede electrónica de la Administración de la Junta de Andalucía:
https://www.juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25513.html
Segundo. Beneficiarios.
Podrán ser personas o entidades beneficiarias de estas ayudas las personas físicas, las personas jurídicas así como las comunidades de bienes o sociedades civiles que sean propietarias del buque pesquero para el que solicita la ayuda o que sean armadoras de dicho buque, en este último caso siempre que exista acuerdo entre la persona propietaria y la armadora en el que se conceda derecho a la armadora para efectuar inversiones en el buque pesquero, así como las personas pescadoras a pie que sean propietarias del arte que vaya a sustituirse y hayan trabajado al menos 60 días durante los dos años civiles anteriores al año de presentación de la solicitud de ayuda.
Tercero. Objeto.
El objeto de esta orden es realizar la convocatoria para el año 2026 de las ayudas para inversiones en equipos e inversiones a bordo de buques pesqueros, con puerto base en Andalucía, que contribuyan a reducir el impacto de la pesca en el medio marino, apoyar la eliminación gradual de los descartes y facilitar la transición a una explotación sostenible de los recursos biológicos marinos, siempre que no haya incremento de arqueo bruto del buque, previstas en la Orden de 26 de junio de 2024, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas al desarrollo sostenible de la pesca en la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura 2021-2027.
Cuarto. Bases reguladoras.
La presente convocatoria se regirá por la Orden de 26 de junio de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas al desarrollo sostenible de la pesca en la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura 2021-2027 (BOJA núm. 127, de 2 de julio de 2024).
Quinto. Cuantía.
La dotación de esta línea de ayuda se expone en el cuadro que se recoge en el apartado primero de este extracto.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo para la presentación de las solicitudes será de 10 días hábiles a contar a partir del día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Séptimo. Otros datos.
Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el presente BOJA junto con la convocatoria. Asimismo, estarán a disposición de las personas solicitantes en la siguiente dirección electrónica del Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Sede electrónica de la Administración de la Junta de Andalucía que se cita en el punto 2 del apartado primero.
Sevilla, 17 de septiembre de 2026.- El Consejero de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, por autorización (Orden de 21.11.2022, BOJA núm. 227, de 25.11.2022, modificada por Orden de 12.9.2023, Orden de 14.10.2024, y Orden de 13.2.2026, BOJA núm. 180, de 19.9.2023, BOJA núm. 203, de 17.10.2024, y BOJA núm. 30.C2, de 13.2.2026), la Viceconsejera de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, Consolación Vera Sánchez.
Descargar PDFBOJA nº 185 de 23/09/2026