La DGITC analizará las alegaciones, las reformulaciones, así como la documentación presentada y elaborará una propuesta definitiva de resolución.
La propuesta será trasladada a la SGUIT que dictará la resolución de concesión.
Tras la propuesta provisional de resolución, existirá un plazo de diez días (no cuentan domingos ni festivos) para que, utilizando el formulario-anexo II que se publicará junto con la convocatoria, puedas si quieres:
La evaluación de las solicitudes corresponde a la Comisión de Evaluación, Selección y Seguimiento que se describe en el apartado 13 del Cuadro Resumen de las bases reguladoras.
Tras la evaluación de las solicitudes se publicará una propuesta provisional de resolución que contendrá la relación ordenada de personas beneficiarias provisionales y suplentes provisionales, todas ellas con la cuantía de la subvención que les correspondería.
Si en las solicitudes no se hubieran cumplimentado correctamente lo señalado en las letras a), b), c), d) f) y h) del artículo 10.1 de las bases reguladoras tipo de la Orden de 5 de octubre de 2015 (BOJA número 215 de 05/11/2015) se requerirá de manera conjunta a todos los solicitantes a que subsanen en el plazo de diez días (no cuentan domingo ni festivos).
El formulario de solicitud será publicado junto con cada convocatoria de Talentia Máster y Talentia Doctorado.
El formulario podrá cumplimentarse a través de una herramienta telemática y podrá presentarse tanto a través del Registro Telemático Único de la Administración de la Junta de Andalucía como de cualquier registro oficial, en Correos y en embajada o consulado de España en el extranjero.
No se acompañará con documentación la solicitud