Adjudicación de plazas (ESO) - Escolarización 2024/2025
Modalidad presencial y semipresencial
Durante el proceso de escolarización se publicarán los listados de personas admitidas y excluidas.
- Publicación de la relación provisional de alumnado admitido y excluido. Se publica en los 5 días hábiles tras la finalización del plazo de admisión. Este listado se hará público en los tablones de anuncios de los centros.
- Plazo de alegaciones. Durante los dos días hábiles tras la publicación de listado provisional podrás realizar alegaciones si no aparecen tus datos en la consulta anterior o no estás de acuerdo con lo publicado.
- Publicación de la relación definitiva de alumnado admitido y excluido en los tablones de anuncios de los centros. Se realizará antes del inicio del periodo de matrícula.
Modalidad a distancia
Durante el proceso de admisión se publicarán los listados de personas admitidas y excluidas.
- Publicación de la relación provisional del alumnado admitido y excluido. Se publica en los 10 días hábiles tras la finalización del plazo de admisión. Este listado se hará público en este portal mediante consulta personalizada a través de Secretaría virtual.
- Plazo de alegaciones. Durante los tres días hábiles tras la publicación de listado provisional podrás realizar alegaciones si no aparecen tus datos en la consulta anterior o no estás de acuerdo con lo publicado.
- Publicación de la relación definitiva del alumnado admitido y excluido. Se realizará antes del inicio del periodo de matrícula y se publicará tanto en este portal como mediante consulta personalizada a través de Secretaría Virtual.
Lista de admitidos
Si estás admitido, tu siguiente paso es la matrícula del 1 al 10 de julio.
Si no estás admitido, el plazo para presentar alegaciones a la lista provisional de solicitudes será de tres días hábiles a partir de la fecha que se publique la relación provisional de solicitudes admitidas y excluidas. Puedes presentar las alegaciones, preferentemente, de manera telemática través de la Secretaría Virtual o bien cumplimentando el formulario y entregándolo en el centro en persona o por correo postal. Si te decides por esta última opción, es imprescindible que las dos copias queden selladas y fechadas por la oficina de Correos. No olvides conservar tu copia como resguardo. También puedes presentar tu alegación entregándola en el registro de cualquier Órgano Administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, de las Administraciones de las Comunidades Autónomas o de las Entidades Locales (esta opción es la menos recomendable por el tiempo que transcurre entre la entrega y la recepción de tu documentación).
Solicitud de plaza. ¿Es seguro que obtendré una plaza?
En el caso de que haya más solicitudes que puestos escolares vacantes, tendrán prioridad:
- Las solicitudes del alumnado de Secundaria que estuvo matriculado durante el curso anterior, siempre que, al menos, haya obtenido calificación positiva en un ámbito, de los que se encuentre matriculado.
- Las solicitudes correspondientes a personas menores de 16 años sujetas a medidas de privación de libertad por decisión judicial en centros de menores o personas enfermas que, por prescripción facultativa, no puedan asistir a los centros docentes ordinarios durante periodos que le impidan el normal desarrollo de las actividades escolares.
- Las solicitudes correspondientes a personas mayores de 16 años sujetas a medidas de privación de libertad por decisión judicial en centros penitenciarios o de menores o personas enfermas que, por prescripción facultativa, no puedan asistir a los centros docentes ordinarios durante periodos que le impidan el normal desarrollo de las actividades escolares.
- El resto de plazas escolares se adjudicarán en función de la menor renta anual per cápita de la unidad familiar a la que pertenezca el alumno o alumna, en los términos descritos en el artículo 20 del citado Decreto 359/2011, de 7 de diciembre, por el que se regulan las modalidades semipresencial y a distancia de las enseñanzas de Formación Profesional Inicial, de Educación Permanente de Personas Adultas, especializadas de idiomas y deportivas, se crea el Instituto de Enseñanzas a Distancia de Andalucía y se establece su estructura orgánica y funcional. De ellas se reservarán:
- 5% de plazas para las personas solicitantes con discapacidad igual o superior al 33%.
- 5% de plazas para los deportistas de rendimiento de Andalucía y los de alto nivel y alto rendimiento.
- En caso de que se produzca empate, éstos se resolverán por sorteo conforme a lo dispuesto en el artículo 34 del Decreto 40/2011, de 22 de febrero, por el que se regulan los criterios y el procedimiento de admisión del alumnado en los centros docentes públicos y privados concertados para cursar las enseñanzas de segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Especial, Educación Secundaria Obligatoria y Bbachillerato.