Modificación del periodo hábil de la recogida de piña de pino piñonero en terrenos forestales.

El pino piñonero (Pinus pinea L.) es una de las especies forestales más características de la cuenca mediterránea, estando presente con mayor o menor intensidad en casi todos los países que la componen.

Los pinares de piñonero ocupan en Andalucía una superficie aproximada de 200.000 hectáreas, de las cuales 70.000 son masas naturales, mientras el resto proceden de repoblación artificial. Estas cifras colocan a Andalucía como la primera Comunidad Autónoma en cuanto a superficie de pinar de piñonero, siendo la mayor reserva de pinares de esta especie de pino en el mundo.

La interferencia humana, con prácticas viciosas de recolección, puede alterar el equilibrio natural del pino piñonero, por ello, es necesario regular los períodos y forma de recolección de la piña de esta especie en Andalucía, de manera que se permita el mantenimiento del equilibrio de la misma.

OBJETO

  • Obtener la autorización de la recogida de la piña procedente de la especie pino piñonero (Pinus pinea.L) en montes privados de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
  • Quedan exceptuados de esta autorización, los aprovechamientos de piña contenidos en Proyectos de Ordenación de Montes o Planes Técnicos, los cuales sólo deberán ser notificados a la Delegación Territorial correspondiente.

Verarbeitungskörper

Delegaciones Territoriales de la Consejería.

Ort

Delegaciones Territoriales de la Consejería.

Betroffene Personen

El titular del aprovechamiento.

Bedarf

Periodo hábil de recogida:

  • La recogida de piña de pino piñonero en terrenos forestales, deberá realizarse durante el periodo hábil, considerándose éste el comprendido entre el 1 de noviembre y el 15 de abril del año siguiente, ambos inclusive.
  • Se permite el empleo de sistemas mecánicos de vibración solamente hasta el último día del mes de febrero.
  • La recolección de la piña para fines científicos o determinación de aforos, quedará supeditada a la concesión de autorizaciones específicas que otorgarán las correspondientes Delegaciones Territoriales de la Consejería y en donde se fijará el período para su realización.

Libro de registro:

Cada una de las fincas que disfruten de aprovechamiento de piñas de pino piñonero deberá disponer de un libro de registro de entradas y salidas de personas designadas por el titular del aprovechamiento para la recolección de piñas. Éste podrá autorizar, durante el período concedido, a cuantas personas estime convenientes para la recogida.

Anfangsdatum
2021-01-01
Ende
2030-01-01
Maximale Frist für die Lösung / Benachrichtigung

Dos meses desde la presentación de la solicitud.

Beobachtungen

La solicitud se presentará antes del 15 de octubre de la temporada respectiva. El efecto del silencio será desestimatorio, cuando el aprovechamiento sea en áreas incendiadas.

Link zum Newsletter

Orden de 24 de octubre de 2013, por la que se modifica la de 10 de noviembre de 2000, por la que se regula la recogida de piñas de pino piñonero (Pinus pinea L.) en terrenos forestales de la Comunidad Autónoma de Andalucía.