Censo de equipos de aplicación de fitosanitarios a inspeccionar

Indice de contenido:

¿A qué equipos se refiere este Censo?

Según establece en artículo 4 del Real Decreto 1702/2011, de 18 de noviembre, de inspecciones periódicas de equipos de aplicación de productos fitosanitarios, es necesario que cada Comunidad Autónoma cuente con un Censo de equipos a inspeccionar.

Mediante Decreto 96/2016, de 3 de mayo, la Comunidad Autónoma de Andalucía, crea el Censo de equipos de aplicación de productos fitosanitarios a inspeccionar (en adelante CEIA)

Estos equipos serán los siguientes:

Se excluyen: 
   - los pulverizadores de mochila,
   - los pulverizadores de arrastre manual (carretilla) con depósito de hasta 100 litros,
   - otros equipos, móviles o estáticos, no contemplados anteriormente, y
   - equipos montados a bordo de aeronaves con depósito de hasta 100 litros.

¿Cómo se incluye un equipo en el Censo?

Para incorporar los equipos al censo existen dos vías:

  1. Si su equipo de aplicación de productos fitosanitarios es móvil y esta acoplado o es arrastrado por un vehículo tractor y además se utiliza en la actividad de la producción primaria, agrícola y forestal, la vía de acceso al CENSO será la tramitación de una inscripción en el Registro oficial de maquinaria agrícola, siguiendo lo establecido en la el Real Decreto 1013/2009, de 19 de junio, sobre caracterización y registro de la maquinaria agrícola.

  2. Si su equipo de aplicación de productos fitosanitarios no está en la situación descrita en el párrafo anterior, tendrá que solicitar su inscripción en el Censo, siguiendo los procedimientos que para cada tipología de equipos desarrolle la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible.

Todos los equipos procedentes de estas dos vías constituirán el Censo de equipos a inspeccionar.

Via 2: Procedimientos de inclusión de equipos directamente en el censo.

Según lo dispuesto en el artículo 4 del Real Decreto 1702/2011, de 18 de noviembre, de inspecciones periódicas de los equipos de aplicación de fitosanitarios, las Comunidades Autónomas además de la información disponible en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola sobre este tipo de equipos (VIA 1), podrá, para la elaboración del Censo, utilizar cualquier otra documentación disponible, en los casos de equipos sobre aeronaves, de equipos instalados en invernaderos u otros locales cerrados, y de los equipos móviles utilizados en otros usos profesionales.

La Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera, en función de las diferencias significativas que existen entre unos tipos de equipamientos y otros (ej: equipos aeronaves, invernaderos u otros locales cerrados), ha desarrollado procedimientos específicos para cada uno de ellos.

Pinche aquí según su tipología:

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