Registro de Explotaciones Agrarias y Forestales de Andalucía (REAFA)
Novedad (23/10/2023):
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El Consejo de Gobierno ha aprobado el día 8 de octubre de 2018 el Decreto 190/2018, de 9 de octubre, que crea y regula el Registro de Explotaciones Agrarias y Forestales de Andalucía (REAFA) y el Documento de Acompañamiento al Transporte (DAT) de los productos agrarios y forestales.
Los dos nuevos instrumentos son de carácter obligatorio, pero se regulan bajo el principio de máxima simplificación administrativa. En el caso del REAFA, la inscripción no tendrá carácter habilitante para el ejercicio de la actividad, ya que el objetivo es caracterizar las explotaciones para mejorar su gestión y facilitar el apoyo de las administraciones.
En este registro se inscribirán las más de 295.000 explotaciones agrarias y forestales que actualmente existen en la comunidad autónoma, bien de oficio por la Administración o a instancia de los titulares mediante declaraciones responsables. El contenido combinará información geográfica y alfanumérica, lo que permite la organización, gestión, análisis y modelización de grandes cantidades de datos agronómicos, ambientales y económicos vinculados a cada explotación. Su creación supondrá la unificación de otros cuatro registros: el de viñedo para vinificación, el General de la Producción Agrícola, el de Operadores y Productores de Brotes y el de Titularidad Compartida de Explotaciones Agrarias.
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Acceso a la herramienta informática de gestión REAFA (+Info). Como paso previo a la presentación de los formularios de inscripción en REAFA o de la declaración anual gráfica de producciones agrícolas, es necesario delimitar gráficamente la explotación o los cultivos a través de la herramienta de gestión REAFA.
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Procedimiento de habilitación. Se podrá habilitar a personas físicas o jurídicas para la realización de los procedimientos de inscripción en REAFA y de declaración anual gráfica de producciones agrícolas, en representación de los titulares de las explotaciones:
- Acceso a la habilitación múltiple (hasta 50 titulares) en VEA (+Info). Como paso previo a la presentación de la declaración responsable como habilitado deberá cumplimentar y firmar la autorización que figura como Anexo IV en la Orden de 27 de octubre de 2019.
- Habilitación masiva en REAFA (sin límite de otorgantes). Para realizar este tipo de habilitación hay que subir un fichero con los datos de los otorgantes/titulares en la aplicación REAFA (se puede obtener un fichero de ejemplo en la misma aplicación) y, con el identificador que genera REAFA al subir el fichero, terminar el proceso en VEA. Pueden obtener más información sobre habilitación masiva en el epígrafe "2.5 Mi Perfil" del manual del usuario.
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Formulario de inscripción en REAFA (+Info). La inscripción en REAFA se podrá presentar de dos formas:
- Presentación telemática: a través de la Ventanilla Electrónica de la Junta de Andalucía (VEA) usando su certificado digital.
- Presentación presencial (disponible aquí): en dicho formulario habrá que indicar el localizador del croquis de la explotación que habrá que realizar con la herramienta de gestión REAFA, y para el acceso a dicha herramienta podrá identificarse con usuario/contraseña (o bien registrarse).
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Centro de atención al usuario (+Info). Se encuentra a disposición de los titulares de explotación y de las personas habilitadas tres canales de comunicación para realizar consultas y comunicar incidencias relativas al REAFA (una línea de soporte a la presentación de declaraciones REAFA, una herramienta de gestión de incidencias y consultas REAFA y un buzón de correos):
- Teléfono de asistencia 900 878 525, con horario de atención telefónica: De 8:00h a 15:00h en días laborables (siendo el horario de servicio garantizado de 9:30h a 14:00h).
- Buzón de correo (consultareafa.capadr@juntadeandalucia.es).
- Herramienta de gestión de incidencias y consultas REAFA
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Acción cofinanciada al 80% por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, dentro del Programa Operativo FEDER de Andalucía 2014-2020 |