Comité Técnico de Coordinación

Creación y régimen jurídico

El Comité Técnico de Coordinación se creó por el Decreto 334/2003, de 2 de diciembre, para la coordinación de actuaciones en torno a la recuperación de la memoria histórica y el reconocimiento institucional y social de las personas desaparecidas durante la Guerra Civil y la Posguerra (BOJA núm. 236, de 09.12.2003). Fue regulado a través de la Orden de 7 de septiembre de 2009 por la que se aprueba el Protocolo Andaluz de actuación en exhumaciones de víctimas de la Guerra Civil y la Posguerra (BOJA núm. 190, de 28.09.2009), modificada a su vez por la Orden de 9 de julio de 2013 (BOJA núm. 143, de 23.07.2013) por la que se regula dicho Comité Técnico.

Naturaleza

El Comité Técnico de Coordinación es un órgano colegiado dependiente de la Consejería competente en materia de memoria democrática, encargado de coordinar las actuaciones previstas en dicho Decreto.

Funciones

  • Coordinación, informe y propuesta de las actuaciones previstas en los artículos 2 y 3 del Decreto 334/2003, de 2 de diciembre.
  • La instrucción de los trámites de información pública y audiencia a los interesados que presenten alegaciones a los proyectos de exhumación para elevar la propuesta de resolución a la persona titular de la Consejería competente en materia de memoria democrática.
  • Seguimiento de las actuaciones que se desarrollen en materia de exhumaciones en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
  • Propuesta de actuaciones específicas previstas en el artículo 7 del Decreto 334/2003, de 2 de diciembre.
  • Cuantas otras puedan encomendársele en relación con las actuaciones objeto de la Orden de 9 de julio de 2013.

Composición

El Comité Técnico de Coordinación de las actuaciones en torno a la recuperación de la Memoria Histórica y el reconocimiento institucional y social de las personas desaparecidas durante la Guerra Civil Española y la Posguerra, está formado por un Presidente, tres Vocales y un Secretario, actuando como Presidente el Director General de Memoria Democrática y como Secretario un funcionario de dicha Dirección General. El contenido de las reuniones del mencionado Comité Técnico de Coordinación queda recogido en las Actas correspondientes, y que igualmente en base a los principios de Transparencia, se hacen públicas.

Actas del Comité Técnico de Coordinación

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