Dirección General de Planificación, Centros y Enseñanza Concertada

Información general

RAFAEL SALAS MACHUCA
Titular
Rafael Salas Machuca
Sede
Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional
C/ Juan Antonio de Vizarrón s/n. Edificio Torretriana. Isla de la Cartuja
Sevilla, 41092

Biografía

Nacido en Estepa (Sevilla) en 1962, es licenciado en Filología Hispánica por la Universidad de Sevilla. Ha sido docente, director de departamento y jefe de estudios en diferentes Institutos de Educación Secundaria de la provincia de Sevilla. Parlamentario andaluz por Sevilla en las legislaturas V, VI, VII y IX. Ha sido vocal de la Comisión de Educación de la Cámara Andaluza así como ponente de diferentes leyes y grupos de trabajo relacionados con los ámbitos educativos, universitarios y científicos de la Comunidad Autónoma. También ha sido senador por la Comunidad Autónoma de Andalucía en la IX Legislatura; vicepresidente de la Cámara de Cuentas de Andalucía, responsable del Departamento de Corporaciones Locales y de Formación de esa Institución y director de Área en la Consejería de Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa de la Junta de Andalucía.

Funciones

Corresponden a la persona titular de la Dirección General de Planificación, Centros y Enseñanza Concertada las funciones que determina el artículo 30 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre.

En particular, son competencias de esta dirección general:

  • La planificación de los centros docentes cuya titularidad corresponda a la Administración de la Junta de Andalucía y de las enseñanzas que se imparten en los mismos.
  • La realización de estudios y la planificación de las previsiones de los recursos materiales correspondientes al desarrollo del sistema educativo.
  • La programación anual de recursos humanos docentes y no docentes en los niveles de enseñanza no universitaria, en coordinación con la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos.
  • Las funciones que, en relación con los centros concertados, atribuye la legislación vigente a la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, incluida la gestión y tramitación del pago delegado de la nómina del personal docente en dichos centros y la elaboración de las instrucciones conducentes a su confección.
  • La escolarización del alumnado del primer ciclo de educación infantil y la propuesta de normas para ello, la planificación de la oferta educativa del primer ciclo de educación infantil, la propuesta de elaboración de las normas sobre organización y funcionamiento de los centros que imparten estas enseñanzas, así como la coordinación y seguimiento de las mismas y la relación de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional con las organizaciones patronales y sindicales representativas del sector.
  • La propuesta de distribución de los gastos de funcionamiento ordinarios no vinculados a programas específicos y, en su caso, de los fondos con destino a inversiones que perciban, con cargo al presupuesto de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, los centros docentes públicos no universitarios y los concertados.
  • La propuesta de distribución de los gastos vinculados a programas específicos, de competencia de este órgano directivo, que perciban los centros docentes públicos no universitarios, con cargo al presupuesto de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional.
  • La propuesta de clasificación, creación, autorización, cese, modificación o transformación de los centros docentes y el mantenimiento de su registro. Así mismo, la propuesta de convenios con las Corporaciones locales y otras Administraciones para la creación de centros públicos de su titularidad.
  • En coordinación con las Delegaciones Territoriales, la escolarización del alumnado y la propuesta de normas para ello, sin perjuicio de las competencias asignadas a la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente por el artículo 9.2.d).
  • La planificación y ordenación del transporte, comedores y residencias escolares, así como del servicio de atención socioeducativa, de los talleres de juegos, de las aulas matinales y de las actividades extraescolares y, en general, lo relativo a la planificación y ordenación de los servicios complementarios de la educación.
  • La gestión de los comedores escolares atendidos con personal propio de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional en coordinación con la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos.
  • La relación de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional con las confesiones religiosas en materia educativa.
  • La elaboración de los planes anuales de infraestructuras y equipamientos necesarios en los centros docentes cuya titularidad corresponda a la Administración de la Junta de Andalucía, previa propuesta de actuaciones de las Delegaciones Territoriales.
  • La definición de las directrices y programas de la política de fomento en su ámbito competencial.
  • La ejecución de las actuaciones financiadas con fondos estructurales u otros fondos de la Unión Europea del ámbito competencial de la Dirección General, mediante los procedimientos administrativos ordinarios que correspondan, asegurando el cumplimiento de los requerimientos reglamentarios y legales y la buena gestión financiera, y teniendo en cuenta los objetivos e indicadores que se establezcan.
  • La evaluación de riesgos, la detección de vulnerabilidades y la elaboración de un plan de acción para evitar o mitigar posibles incumplimientos de los objetivos e indicadores de los programas operativos y otros mecanismos de financiación europea en el ámbito de sus competencias.
  • La colaboración en actuaciones de verificación y auditoría de las actuaciones financiadas con fondos de la Unión Europea, en el ámbito de sus competencias.
  • El mantenimiento de los sistemas de información de gestión y seguimiento que se establezcan, con la documentación relativa al cumplimiento de los objetivos e indicadores que correspondan a su competencia, conforme a las exigencias establecidas en los reglamentos europeos de cada fondo de financiación.
  • Las actuaciones que, conforme a la normativa de protección de datos personales, le correspondan como responsable del tratamiento en el ámbito de las competencias que tiene atribuidas.
  • El Registro de Procedimientos y Servicios de los procedimientos administrativos y servicios que gestiona la Dirección General, en coordinación con la Secretaría General Técnica.
  • Cualesquiera otras competencias que le atribuya la legislación vigente.

A través de la Dirección General de Planificación, Centros y Enseñanza Concertada queda adscrita funcionalmente a la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional la Agencia Pública Andaluza de Educación, sin perjuicio de su adscripción orgánica.

Unidades

Coordinador General del Sistema Educativo
Responsable: Carlos Coronilla Moreno
Coordinadora General de la Enseñanza Concertada
Responsable: María Dolores Pérez Sigüenza
Servicio de Centros Docentes y Autorizaciones
Responsable: M. Auxiliadora García Serrano
Servicio de Planificación de Plantillas de Centros
Responsable: Miguel López Quesada
Servicio de Planificación del Primer Ciclo de Educación Infantil
Responsable: Ezequiel Gómez Gallardo
Servicio de Programas, Centros y Servicios Complementarios
Responsable: Laura Mateos Parraga
Asesoría de Régimen Académico
Responsable: José David Castañeda Galván
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