Subvenciones para ampliar y diversificar la oferta cultural en áreas no urbanas de Andalucía

Consejería: Consejería de Turismo, Cultura y Deporte

Organismo: Consejería de Turismo, Cultura y Deporte - Agencia Andaluza de Instituciones Culturales

Fondo: MRR

Dirigida a: Ciudadanía, Empresas, Asociaciones y Organizaciones, Administraciones

Fecha de inicio: 08/03/2023

Fecha de cierre: 28/03/2023

Descripción de la ayuda:

Subvenciones para ampliar y diversificar la oferta cultural en áreas no urbanas de Andalucía

Estas ayudas tendrán por objeto la financiación de proyectos y actividades cuya finalidad sea la de impulsar la cultura en áreas no urbanas, ampliando la oferta cultural en el medio rural de Andalucía.

Serán subvencionables los siguientes proyectos y actividades culturales, siempre que se celebren en municipios o entidades de ámbito inferior al municipal cuya población sea menor a 30.000 habitantes y cuya densidad de población sea igual o inferior a 100 habitantes/km2. Si el proyecto o actividad tiene un carácter supramunicipal, todos los municipios o entidades en los que se desarrolle dicho proyecto o actividad deberán cumplir este requisito.

1. Eventos o espectáculos artísticos o culturales, festivales, exposiciones y otras actividades culturales similares dentro de los siguientes ámbitos: artes visuales, cine y artes audiovisuales, teatro, danza, circo, música, diseño y artesanía, incluyendo las actividades artísticas multidisciplinares y aquellas que relacionan la cultura y las artes con la ciencia y/o los saberes tradicionales.

2. Proyectos que favorezcan la experimentación, la investigación y la innovación cultural y tengan una concreción práctica en el territorio.

3. Actividades de educación y mediación artística y cultural, incluyendo proyectos que utilicen las TICs para la creación de herramientas de mediación y educación relacionadas con el territorio.

4. Patrimonio inmaterial, en conexión con la cultura y las prácticas contemporáneas

Requisitos:

Podrán solicitar las subvenciones objeto de las presentes bases reguladoras las siguientes personas o entidades:

1. Las personas físicas y jurídicas privadas legalmente constituidas, con y sin ánimo de lucro.

2. Los Municipios, a través de sus respectivos Ayuntamientos o, en su caso, a través de la fórmula de gestión señalada en el subapartado siguiente.

3. Las Mancomunidades de Municipios.

4. Las entidades que conforman su sector público institucional, ya sean organismos públicos o entidades de derecho público o privado.

5. Las Entidades Locales Autónomas.

Requisitos que deben reunir quienes soliciten la subvención:

1. En el caso de las personas físicas y jurídicas privadas:

a) Desarrollar su actividad en el ámbito de la creación, organización, gestión, distribución de espectáculos en cualquiera de las disciplinas de ámbito cultural, incluyendo la investigación, la consultoría o cualquier otra disciplina relacionada con dicho ámbito.

b) Contar con domicilio fiscal o establecimiento permanente en Andalucía.

2. En el caso de los Municipios:

a) Radicar en ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

b) Tener un máximo de 30.000 habitantes y una densidad de población igual o inferior a 100 habitantes/km2, según los últimos datos oficiales (INE/IGE).

3. En el caso de las Mancomunidades de Municipios: 

a) Radicar en ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

b) Estar constituidas de acuerdo con lo establecido en la Sección 1ª, del Capítulo II, del Título V, de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía.

c)Que todos los Municipios que la formen tengan un máximo de 30.000 habitantes y una densidad de población igual o inferior a 100 habitantes/km2, según los últimos datos oficiales (INE/IGE).

4. En el caso de ***entidades que conformen el sector público institucional local, ya sean organismos públicos o entidades de derecho público o privado,*** deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Ejercer sus funciones dentro del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

b) Estar constituidas de acuerdo con lo establecido en la ***sección que resulte de aplicación*** de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía.

c) Que el municipio o entidad local de la que dependa tenga un máximo de 30.000 habitantes y una densidad de población igual o inferior a 100 habitantes/km2, según los últimos datos oficiales (INE/IGE).

5. En el caso de Entidades Locales Autónomas: 

a) Radicar en ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

b) Estar constituidas de acuerdo con lo establecido en el Título VII, de la Ley 5/2010, de 11 de junio.

b) Tener un máximo de 30.000 habitantes y una densidad de población igual o inferior a 100 habitantes/km2, según los últimos datos oficiales (INE/IGE).

En el caso de que presenten solicitud un Ayuntamiento y una Entidad Local Autónoma de su término municipal, los proyectos no podrán ser coincidentes en los ámbitos de actividades culturales descritos en el artículo 2 del presente cuadro resumen.

 

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Normativa

Orden de 27 de diciembre de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para ampliar y diversificar la oferta cultural en áreas no urbanas de Andalucía.