Convenio de colaboración con Microsoft para la puesta a disposición de los servicios educativos en la nube en los centros docentes públicos de titularidad de la Consejería de Educación y Deporte de la Junta de Andalucía.

Fecha de suscripción
Partes firmantes
El Consejero de Educación y Deporte
El representante de Mircrosoft Ireland Operations Limited
Duración
El presente convenio tendrá vigencia de dos años desde su firma, prorrogable mediante acuerdo expreso adoptado por ambas partes con antelación a su finalización.

Objeto

El objeto del presente convenio es establecer las condiciones de colaboración entre las partes para la puesta a disposición y uso de los Servicios Educativos en la Nube en los centros docentes públicos de titularidad de la Consejería de Educación y Deporte de la Junta de Andalucía que deseen utilizar dichos servicios.

Modificaciones

El acceso y uso de los Servicios Educativos en la Nube puestos a disposición por parte de la Empresa Colaboradora a la Consejería de Educación y Deporte para el desarrollo del objeto del convenio se encuentra regido por los Términos y Condiciones de dichos Servicios Educativos en la Nube.

La modificación de dichos Términos y Condiciones requerirá, en cualquier caso, del acuerdo de ambas partes formalizado mediante adenda al presente convenio.

El presente convenio se ha modificado mediante dos adendas:

- Adenda de 25 de noviembre de 2022, por la que se prorroga desde el día 28 de noviembre de 2022 hasta el 28 de noviembre de 2024 la vigencia del convenio de colaboración en su día suscrito.

- Adenda de 26 de noviembre de 2024, por la que se prorroga desde el día 29 de noviembre de 2024 hasta el 28 de noviembre de 2026, la vigencia del convenio de colaboración en su día suscrito.

Obligaciones económicas

La aplicación y ejecución de este convenio, incluyéndose al efecto todos los actos jurídicos que pudieran dictarse en su ejecución y desarrollo, no genera obligaciones ni contraprestaciones económicas entre las partes firmantes, las cuales asumirán los costes que deban realizar con cargo a sus respectivos presupuestos.

En el caso de la Consejería de Educación y Deporte el convenio no exige la disposición, por parte de ésta, de medios técnicos o materiales distintos de los ya existentes en los centros educativos, por lo que el desarrollo de las actuaciones contempladas no supondrá coste económico alguno en orden a dichos medios técnicos o materiales.

Las partes acuerdan, por tanto, que el presente convenio tiene carácter gratuito.

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