Andalucía Activa
Mediante la Orden de 2 de julio de 2024, se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, para el fomento del empleo en el ámbito local, Programa Andalucía Activa.
La convocatoria de estas subvenciones se publican en Boja con la Resolución de 22 de julio de 2024 y Extracto. Publicada en Boja la Resolución de 22 de julio de 2024, por la que se modifica la Resolución de 22 de julio de 2024.
Consulta más información en: Programación Andalucía Activa. Presentación (pdf)
Quiénes pueden solicitar la subvención
- Línea 1: Ayuntamientos de hasta 50.000 habitantes y sus entidades locales autónomas (ELA) en los que los potenciales contratados serán jóvenes de entre 18 y 35 años, ambos inclusive, y mayores de 45 años de edad o más.
- Línea 2: Ayuntamientos con más de 50.000 habitantes y sus entidades locales autónomas (ELA) en los que los potenciales contratados serán los mayores de 45 años de edad o más.
Quiénes se benefician
- Personas desempleadas e inscritas como Demandantes de Empleo No Ocupadas (DENO)
Gastos subvencionables
- Contrataciones de 6 meses, a jornada completa, mediante la modalidad de contratos vinculados a programas de activación para el empleo.
- Grupos de cotización del 4 al 10.
- Plazo máximo de ejecución del proyecto de 12 meses.
Cuantía de la subvención
- 10.500 euros por cada contrato laboral formalizado (el importe de la subvención a conceder no podrá ser superior al importe solicitado).
Cuándo, cómo y dónde se solicita
- Plazo de presentación: desde el 29 de julio hasta el 16 de septiembre de 2024, incluido.
- Consulta la Guía para la presentación de solicitudes (pdf)
- Accede al Catálogo de procedimientos y servicios: Programa Andalucía Activa para el fomento del empleo en el ámbito local
- Lugar de presentación: Registro Electrónico Único de la Administración de la Junta de Andalucía.
Pago
- Pago único con justificación diferida por el 100 % de la subvención.
Es compatible con otras ayudas
- Estas subvenciones SÍ son compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones Públicas o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, de la Unión Europea o de otros organismos internacionales.
- El importe de las mismas, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones o ayudas, ingresos o recursos, no puede superar el coste de la actuación subvencionada.
Cómo se seleccionan las personas participantes
- Mediante oferta que la entidad beneficiaria deberá presentar ante el Servicio Andaluz de Empleo, en el plazo máximo de 5 días a partir del día siguiente en que tenga lugar la notificación de la resolución de concesión.
- Reserva de cuota del 6 % del total de las contrataciones para personas con discapacidad.
Preguntas frecuentes
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