Desde la Audiencia Nacional a la Universidad Complutense: nuevos episodios de ineficacia preventiva del riesgo de violencia sexual laboral [LARPSICO]

Andalucía, 01/07/2025

No es la primera vez que en esta página tenemos que lamentar lo extendido de la violencia sexual en los entornos de trabajo, de todo tipo, privados y públicos, protagonistas día sí y otro también de la actualidad. Una constatación “dolorosa” por lo que conlleva no solo de sufrimiento humano, en especial de las mujeres, sino también de frustración por los persistentes déficits preventivos respecto del que es considerado, legalmente, como un riesgo psicofísico laboral (que el art. 12 de la Ley Orgánica 10/2022, 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual obliga a evaluar y eliminar en toda empresa y organización). Dos recientes noticias vuelven a poner en el ojo del huracán estos dramas y sus déficits de gestión eficaz en el sistema de prevención de riesgos laborales.

La primera tiene que ver con una de las Universidades públicas españolas más relevantes, la Universidad Complutense de Madrid. Según informa el periódico El País, la gestión de las situaciones de acoso sexual que se producen en el seno de esta institución educativa superior presentan una extrema opacidad, por cuanto una parte de los casos se ocultarían. Así, las cuatro memorias redactadas por la Unidad de Igualdad con el anterior Rector (46 denuncias), no figurarían en su web, ni en el informe realizado el año 2019 sobre el acoso en la institución, elaborado sobre una encuesta a 21.500 personas de la comunidad universitaria (personal empleado y alumnado). Según ha relatado tal información, no se trata solo de un problema de falta de transparencia debida en esta gestión, sino de una corrección negativa de la política de igualdad de género promovida por la institución, a raíz del cambio de Equipo de Gobierno.

El detonante de esta información habría estado en las dos denuncias por abuso sexual contra su profesor Juan Carlos Monedero, cometidas, según las denuncias ante la institución, cuando era uno de los líderes Podemos. Un caso este, por cierto, que acaba de ser archivado por a Fiscalía, que concluye que la conducta ha podido ser “inapropiada” (sancionable disciplinariamente), pero “no delictiva”. La Universidad derivó el expediente a la Fiscalía, que ahora le devuelve “la pelota”.

Precisamente, en el plano penal, acabamos de conocer también que la Sala Penal de la Audiencia Nacional ha desestimado los recursos contra la sentencia penal que había condenado al expresidente de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF), Luis Rubiales, por “el beso no consentido” a la jugadora profesional, hoy fuera de la selección “por razones técnicas”, Jenni Hermoso. Por lo tanto, se ha mantenido la multa de 10.800 euros impuesta (equivalente a 18 meses de multa) por un “delito leve” de agresión sexual, más 3000 euros de indemnización de daños, exculpándosele del delito de coacciones. Por tanto, la sección cuarta de esta sala mantiene la misma actitud “benévola” que el juzgado central de lo penal de la AN con la violencia sexual en el entorno profesional.

Aunque se recuerda la doctrina del Tribunal Supremo, según la cual no hay “un derecho a besar ni la servidumbre de ser besado sin consentimiento” e incide en que no debe banalizarse el comportamiento por la inicial falta de reacción de Jenni Hermoso, siendo relevante penalmente, considera que no reúne la gravedad suficiente para alcanzar un reproche penal mayor, como solicitaba la Fiscalía y la acusación particular.  En su resolución, la Audiencia Nacional sostiene que, no ha resultado probado que, la eventual campaña de presión del entorno de la RFEF se pueda entender como ejercicio de un acto de violencia ni de intimidación sobre la jugadora profesional. En suma, para la Sala Penal de la AN, se trata de un delito de agresión sexual, sí, pero de transcendencia “atenuada” en aras de garantizar el uso ponderado del Derecho Penal, última ratio, que ni exacerbaría ni minimizaría el trato debido jurídicamente a esta conducta tan inapropiada e irrespetuosa e indignante.

No podemos entrar aquí en las honduras de esta cuestión jurídica. Pero sí creemos necesario expresar la excesiva benevolencia con que se trata la cuestión y, en consecuencia, la escasa relevancia del mensaje que se lanza a los efectos de gestión preventiva del riesgo de violencia sexual en los entornos profesionales (y fuera de ellos). Si una conducta de este tipo apenas se salda con una multa de tan escasa cuantía (sería apenas el sueldo de un mes del expresidente) y se deja fuera del reproche penal a la organización, que debió estar en condiciones de prevenir la situación, a través del exigible sistema de garantías (protocolos bien interiorizados en todas las esferas de la organización), poca ejemplaridad derivará de ella para los casos futuros.

En este escenario de minimización judicial-penal del problema no sorprende que haya una cierta sensación de impunidad al respecto, desincentivando que se presenten denuncias. Piénsese, por ejemplo, en las también recientes denuncias de una exalumna de La Universidad de la Laguna por posibles presiones desde la Universidad, a desvelar la inacción o pasividad frente a dos casos de violencia sexual y uno de vejaciones. Paradójicamente, el Rector se defiende diciendo que es injusto que se diga que no se hace nada, pero reconoce que “no siempre se actúa con la diligencia debida”. Pero esta diligencia, por debida, ha de darse siempre.

En suma, vemos que las obligaciones preventivas en materia de violencia sexual en los entornos de trabajo se incumplen con harta frecuencia, pese a existir y renovarse periódicamente. Asimismo, la inacción o pasividad sigue siendo estado muy extendido en las empresas e instituciones, pues o no se investigan algunos de los casos o varios de los que sí se investigan se hace de forma incorrecta o ineficaz. En consecuencia, dada la continua legislación en esta materia, es el momento de ir más allá de la petición de reformas legales, para exigir garantías efectivas de una implantación eficaz de las obligaciones preventivas, además de, por supuesto, avanzar en un cambio de cultural radical al respecto.

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