BECAS 2025-2026 Vivienda, Rehabilitación y Arquitectura

La Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda aprueba las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a becas de formación, investigación y apoyo en materias relacionadas con los ámbitos de competencia de la Secretaría General de Vivienda para el periodo 2025-2026. Con el objetivo de aportar a las personas con titulación universitaria una experiencia técnica y laboral que facilite la posterior incorporación al mercado laboral, promoviendo formación especializada.

Características de la beca

  • Duración: 12 meses
     
  • Cuantía de la dotación de cada beca: 16.800 Euros incluida la Seguridad Social
     
  • Centro directivo de adscripción: Secretaría General de Vivienda
     
  • Las becas se distribuirán en las siguientes áreas de la Secretaría:
     
    • Coordinación de la Secretaría General de Vivienda
    • Servicio de Arquitectura
    • Servicio de Vivienda Protegida
    • Servicio de Rehabilitación
    • Servicio de Planificación y Tecnología
    • Área de Estudios e Investigación

Requisitos de las personas solicitantes

  • Las personas solicitantes deberán ser andaluces, considerándose como tal a aquellas personas que, reuniendo los requisitos de titulación, sean vecinos o hayan nacido en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Además, podrá solicitarla quien, siendo persona de nacionalidad española o descendiente de persona con esta nacionalidad, se encuentre en uno de los supuestos previstos en el artículo 5.2 del Estatuto de Autonomía de Andalucía.
     
  • No haber recibido la sanción de separación del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas mediante expediente disciplinario.
     
  • No haber cumplido 36 años a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Para este límite de edad, se tendrán en cuenta las siguientes especificaciones:
  1. Los solicitantes afectados por una discapacidad igual o superior al 65 por ciento que hayan reducido la carga lectiva durante los años de formación universitaria dispondrán de hasta cinco años más de los establecidos en el apartado c) de este artículo.
  2. Se podrá añadir dos años más al límite de edad establecido en el apartado c) de este artículo, por el cuidado de hijos/hijas de las personas solicitantes durante los años anteriores a la publicación de la convocatoria.
  3. Se podrá añadir dos años más al límite de edad establecido en el apartado c) de este artículo, por el cuidado de personas dependientes a cargo de las personas solicitantes de la beca.
  • Estar en posesión de la titulación exigida que será: Grado Oficial, Máster Oficial o Doctorado en Arquitectura y/o Edificación

Solo serán válidos los títulos universitarios obtenidos y expedidos de conformidad con lo regulado en el artículo 3 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales. En el caso de títulos extranjeros de educación superior, deberán estar homologados por la autoridad administrativa o educativa correspondiente, según su caso.
 

  • No ser o haber sido beneficiario de una beca de formación en el mismo ámbito de la Junta de Andalucía.
     
  • Los que se establezcan en la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía vigente al momento de la convocatoria.

Todo ello según lo dispuesto en la Orden de 1 de febrero de 2024 (Bases Reguladoras).

Plazo de Solicitud

Será de 20 días a partir del día siguiente a la publicación del Extracto de la Convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

  • Fecha inicio del plazo: 7 de abril de 2025 (inclusive)
     
  • Fecha fin de plazo: 7 de mayo de 2025 (inclusive)

Normativa

Bases reguladoras:

  • Orden de 1 de febrero de 2024 [BOJA nº 28 de 08/02/2024] por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en concurrencia competitiva, de becas de formación, investigación y apoyo en materias relacionadas con la Cooperación Internacional y el Fomento de la Arquitectura.

Convocatoria:

Presentación de Solicitudes

Se presentará el Anexo I publicado en la presente convocatoria dirigido a la persona titular de la Secretaría General de Vivienda, una única solicitud para las diez becas convocadas.

Recursos Adicionales

Preguntas Frecuentes

Para facilitar el proceso de solicitud de esta convocatoria, se adjunta aquí un archivo con una relación de preguntas frecuentes. 

Certificado Electrónico

Para poder realizar la solicitud telemática es necesario disponer del certificado electrónico personal instalado en el equipo. Pulse aquí para más información sobre cómo obtenerlo.

Link descarga AutofirmaJA:

Para poder realizar la firma y posterior presentación de las solicitudes y otros documentos adjuntos será necesario tener descargado en el equipo el software de firma electrónica de la Junta de Andalucía. Pulse aquí para descargarlo

Más información

Convocatorias anteriores de Becas en materias relacionadas con los ámbitos de competencia de la Secretaría General de Vivienda:

Áreas de actividad relacionadas de la Secretaría General de Vivienda:

Se puede solicitar más información en: becas.formacion.cfatv@juntadeandalucia.es

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