Publicada Convocatoria en régimen de concurrencia no competitiva de ayudas a las víctimas de violencia de género y otras personas especialmente vulnerables, y a entidades que faciliten una solución habitacional a dichas personas.
Normativa reguladora
- Bases Reguladoras: ORDEN de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio de 27 de julio de 2020 [BOJA núm. 147 de 31/07/2020], por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, a las víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables, y a las Administraciones públicas, empresas públicas y entidades sin ánimo de lucro, que faciliten una solución habitacional a dichas personas.
- Convocatoria: ORDEN de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio de 1 de septiembre de 2020 [BOJA núm.174 de 08/09/2020], por la que se convocan ayudas, en concurrencia no competitiva, a las víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables, y a las Administraciones públicas, empresas públicas y entidades sin ánimo de lucro, que faciliten una solución habitacional a dichas personas.
LÍNEA 1. Ayudas a las víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual y otras personas especialmente vulnerables, destinadas a atender el pago del alquiler de la vivienda habitual.
Presentación de solicitudes
Las solicitudes podrán presentarse desde el día 9 de septiembre 2020 hasta el día 30 de noviembre 2020, ambos inclusive. La solicitud de la ayuda comporta la entrega de varios formularios, recogidos en la convocatoria como anexos.
- Solicitud (Anexo I): se presentará por los servicios sociales comunitarios correspondientes. Se acreditará la identidad de la persona representante y su representación, teniéndose que adjuntar a la solicitud el Anexo III, debidamente cumplimentado y firmado por la persona interesada.
- Formulario de alegaciones, presentación de documentos y justificación (Anexo II): lo debe presentar la persona beneficiaria para la justificación de la ayuda, acompañado de la documentación acreditativa del pago de la renta al arrendador.
- Autorización de representación (Anexo III): se debe adjuntar a la solicitud (Anexo I), debidamente cumplimentado y firmado por la persona interesada.
Cómo realizar la presentación
Al tratarse de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, se tramitarán en orden cronológico atendiendo a la fecha y hora del registro de entrada del formulario de solicitud.
- Solicitud (Anexo I).
- Formulario de alegaciones, presentación de documentos y justificación (Anexo II): Online en el Registro Electrónico de la Administración de la Junta de Andalucía o Presencial en los Registros previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, preferentemente en la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras, Ordenación del Territorio, Cultura y Patrimonio Histórico de la provincia en la que esté ubicada la vivienda objeto del contrato de arrendamiento.
- Autorización de representación (Anexo III): se debe adjuntar a la solicitud (Anexo I), debidamente cumplimentado y firmado por la persona interesada.
Formularios
- Anexo II. Formulario de alegaciones, presentación de documentos y justificación. (No Web)
- Anexo III. Autorización de representación. (No Web)
NOTIFICACIÓN Y RESOLUCIONES
LÍNEA 2. Ayudas al alquiler o precio de ocupación establecido, dirigidas a las administraciones públicas, empresas públicas y entidades sin ánimo de lucro, que destinen las viviendas o cualquier alojamiento o dotación residencial a las víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables.
Presentación de solicitudes
Las solicitudes podrán presentarse desde el día 9 de septiembre de 2020 hasta el día 30 de noviembre 2021, ambos inclusive. La solicitud de la ayuda comporta la entrega de varios formularios, recogidos en la convocatoria como anexos.
- Solicitud (Anexo I).
- Formulario de alegaciones/aceptación/reformulación y presentación de documentos. (Anexo II).
Cómo realizar la presentación
Al tratarse de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, se tramitarán en orden cronológico atendiendo a la fecha y hora del registro de entrada del formulario de solicitud.
- Solicitud (Anexo I): se presentarán en el Registro Electrónico de la Administración de la Junta de Andalucía.
- Formulario de alegaciones/aceptación/reformulación y presentación de documentos (Anexo II): se presentarán en el Registro Electrónico de la Administración de la Junta de Andalucía.
Más información
Puede consultar las preguntas frecuentes de la Línea 1 y las preguntas frecuentes de la Línea 2.
Sobre la convocatoria, los requisitos y la documentación a aportar
Puede obtener más información sobre estas medidas en el siguiente correo electrónico: cooperacion.cfiot@juntadeandalucia.es
Sobre la tramitación telemática
En caso de problemas técnicos con la presentación electrónica de las ayudas, tiene a su disposición el Centro de Información y Servicios (CEIS) de la Consejería de Hacienda, Industria y Energía, de la Junta de Andalucía:
Teléfono: 955 405 588
Horario de atención: De Lunes a Viernes desde las 08:00 h hasta las 20:00 de forma ininterrumpida, y sábados de 08:00 a 15:00 horas, salvo fiestas Nacionales y Autonómicas.
Del mismo modo se puede acceder de manera telemática las 24 horas del día a través del correo ceis.chie@juntadeandalucia.es