Convocatoria de subvenciones en materia de rehabilitación energética en barrios

Convocatoria subvenciones en materia de rehabilitación energética en barrios

La Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda ha publicado la Orden de 19 de junio de 2024 (BOJA nº 129 de 4 de julio de 2024), por la que se efectúa convocatoria, en régimen de concurrencia no competitiva, de subvenciones acogidas al Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en la Comunidad Autónoma de Andalucía. 

La Consejería ha publicado la Orden de 8 de octubre de 2024 (BOJA nº 200 de 14 de octubre de 2024), por la que se amplía el plazo de presentación de solicitudes establecido en la Orden de 19 de junio de 2024 (BOJA nº 129 de 4 de julio de 2024), por la que se efectúa convocatoria, en régimen de concurrencia no competitiva, de subvenciones acogidas al Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en la Comunidad Autónoma de Andalucía. 

La Consejería ha publicado la Orden de 4 de diciembre de 2024 (BOJA nº 240 de 12 de diciembre de 2024), por la que se amplía el plazo de presentación de solicitudes para la Línea 1.2 de subvenciones adicionales para situaciones de vulnerabilidad económica, establecido en la Orden de 19 de junio de 2024 (BOJA nº 129 de 4 de julio de 2024), por la que se efectúa convocatoria, en régimen de concurrencia no competitiva, de subvenciones acogidas al Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en la Comunidad Autónoma de Andalucía. 

Esta convocatoria se rige por las bases reguladoras aprobadas por Orden de 26 de marzo de 2024 (BOJA nº 63 de 2 de abril de 2024). Corrección de errores (BOJA nº 94 de 16 de mayo de 2024).

La información general de los procedimientos administrativos correspondientes a la tramitación de las subvenciones contempladas en la presente convocatoria, se puede consultar en el Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Junta de Andalucía, en los siguientes enlaces:

A continuación se ofrecen dos documentos, el primero de ellos es un TUTORIAL para facilitar la aplicación de los aspectos relativos a las características energéticas del certificado de eficiencia energética (CEE) de la actuación para la que se solicita la subvención, entre otros aspectos relevantes a considerar para la obtención de la ayuda, y el segundo, una CALCULADORA en la que se posibilita estimar el importe de la subvención en función de los parámetros que en cada caso correspondan. Esta calculadora es la misma que utilizará el órgano de instrucción y resolución para establecer el importe de la subvención.

Presentación de solicitudes

El plazo de presentación de las solicitudes comenzará:

a) Línea 1.1. Subvenciones para la rehabilitación edificatoria a nivel de barrio.

    Desde las 9:00 h del 05/07/2024 hasta las 23:59 h del 30/10/2024. Plazo vencido 

b) Línea 1.2. Subvenciones adicionales para situaciones de vulnerabilidad económica a nivel de barrio.

    Desde las 9:00 h del 16/10/2024 hasta las 09:00 h del 16/01/2025. Plazo vencido

 

  • TUTORIAL para presentación SOLICITUDES Línea 1.1.
  • TUTORIAL para presentación SOLICITUDES Línea 1.2.

 

Las solicitudes habrán de presentarse EXCLUSIVAMENTE a través de las siguientes direcciones electrónicas según la línea de subvención a solicitar:

Puede consultar, a título informativo, los formularios de solicitud Anexo I para cada una de las dos líneas, a continuación: 

Subsanación de solicitudes

Tras la presentación de la solicitud, el órgano instructor dirigirá de forma individual a la persona o entidad solicitante de la subvención una comunicación de recepción de la solicitud indicando fecha, hora y plazo de resolución. En su caso, incluye el acuerdo de subsanación con el contenido a subsanar de la solicitud, dándole al solicitante un plazo de 10 días para que realice esta subsanación.

En caso de que proceda la subsanación se utilizará el A
nexo I de solicitud de la línea solicitada (marcando la casilla de subsanación) para llevar a cabo las subsanaciones indicadas y poder continuar en el procedimiento. La presentación de la subsanación se realizará, según lo indicado anteriormente, en los mismos enlaces web utilizados para la solicitud.

A continuación, se ofrece un tutorial con las instrucciones, paso a paso, para la presentación de la subsanación de solicitudes.

Alegación, aportación de documentación y aceptación de la subvención

Una vez analizada la solicitud, el órgano instructor dicta y comunica la propuesta provisional de resolución de forma individual, dándole a la persona o entidad solicitante un plazo de 10 días para realizar las alegaciones que consideren o para aceptar la subvención y aportar la documentación que se adjuntará junto al Formulario del Anexo II, a presentar en las mismas direcciones electrónicas detalladas anteriormente en el espacio de presentación de solicitudes, de cada una de las líneas de subvención de esta convocatoria. Puede consultar, a título informativo, los formularios Anexo II para cada una de las dos líneas:

Además, puede consultar, a título informativo, los formularios Anexo III de comunicación de consulta de datos de la persona propietaria y de la unidad de convivencia y Anexo IV de acuerdo de designación de la persona o entidad, agente o gestora de la rehabilitación, a continuación: 

A continuación, se ofrece un tutorial con las instrucciones, paso a paso, para la presentación del Anexo II.

Línea 1.1 de subvenciones para la rehabilitación edificatoria a nivel de barrio
Documentación requerida
  • NIF de la comunidad de propietarios o de la agrupación y DNI/NIE de la persona representante (solo en caso de oposición de consulta)
  • Anexo IV acuerdo con el agente gestor en el caso de que exista
  • Copia del acta o certificado del secretario o administrador, con el acuerdo de la comunidad por el que se aprueba la ejecución de las obras y la petición de la subvención, así como el representante para solicitar la subvención, el porcentaje que asume cada uno de los miembros de la comunidad, la aceptación del presupuesto y el importe de la subvención 
  • Documentación acreditativa de la titularidad de las viviendas y locales del edificio (solo en caso de oposición de consulta)
  • Proyecto de la actuación o memoria justificativa, suscrita por técnico con titularidad competente, con la conformidad del solicitante.
  • Declaración responsable del cumplimiento del principio de "no causar un perjuicio significativo al medio ambiente" (DNSH)
  • Certificado de eficiencia energética en su estado previo al inicio de las actuaciones, firmado por técnico competente y registrado (en PDF y XML)
  • Certificado de eficiencia energética en su estado previsto, realizado con el mismo programa, suscrito por técnico competente (en PDF y XML)
  • Documentos acreditativos de los costes subvencionables relativos a los honorarios de los profesionales intervinientes, costes de proyectos, informes, certificados, gastos de tramitación administrativa y otros similares debidamente justificados
  • Contrato u oferta firmada y presupuesto desglosado por partidas, mediciones, precios unitarios y totales, con el IVA desglosado, aceptación expresa de la comunidad, firma y sello de la empresa.
  • Solicitud y/o licencia urbanística
  • Reportaje fotográfico previo de las zonas que vayan a ser afectadas, así como de la fachada principal del edificio.
Línea 1.2 de subvenciones adicionales para situaciones de vulnerabilidad económica
Documentación requerida
  • DNI/NIE de la persona solicitante (solo en caso de oposición de consulta)
  • Acreditación del representante de la persona solicitante en el caso de que exista
  • Anexo IV acuerdo con el agente gestor en el caso de que exista
  • Documentación acreditativa de la titularidad de la vivienda (solo en caso de oposición de consulta)
  • Anexo III comunicación de datos de la unidad de convivencia
  • DNI/NIE de las personas integrantes de la unidad de convivencia (solo en caso de oposición de consulta)
  • Certificado de empadronamiento de las personas integrantes de la unidad de convivencia (solo en caso de oposición de consulta)
  • Documentación acreditativa de los ingresos de la unidad de convivencia o autorización de consulta
  • Si algún miembro de la unidad de convivencia es una persona con discapacidad, certificado acreditativo del grado de discapacidad reconocido (solo en caso de oposición de consulta)
  • Si algún miembro de la unidad de convivencia es menordocumentación acreditativa de dicha circunstancia

Resolución de la concesión de la subvención

Una vez analizada la posible alegación, y comprobada la documentación aportada por la persona o entidad solicitante, el órgano de resolución (Delegaciones Territoriales de la Consejería en las distintas provincias) dicta y comunica la Resolución de la concesión de subvenciones de forma individual a cada una de ellas.

Aceptación expresa de la subvención

Se requiere aceptación expresa de la subvención por la persona o entidad interesada, que se deberá  producirse en el plazo de los quince días siguientes a la notificación de la resolución, mediante la presentación del Modelo de aceptación expresa, que se acompañará del Anexo A, el Anexo B y el Anexo C, establecidos en las bases reguladoras, así como la Declaración de Ausencia de Conflictos de Intereses (DACI) y en su caso cesión derecho del cobro.

Forma y secuencia de pago de la subvención

Línea 1.1 de subvenciones para la rehabilitación edificatoria a nivel de barrio
Se establece una sola forma de pago:
Pago anticipado, según la siguiente secuencia: 1.- Primer 50% (descargar formulario): tras la presentación de la documentación relacionada en el punto 1 del apartado 23.b) de las bases reguladoras. 

2.- Importe restante (descargar formulario): tras la presentación de la documentación relacionada en el punto 2 del apartado 23.b) de las bases reguladoras, como requisito previo a la propuesta de pago. 
Documentación requerida 
Primer 50%
  • Licencia urbanística cuando sea precisa, o autorización municipal análoga
  • Certificado del inicio de las obras
  • Fotografía del cartel de obra (modelo publicado)
  • Declaración responsable de la entidad beneficiaria de encontrarse al corriente de pago de las obligaciones de reembolso de cualesquiera otros anticipos concedidos anteriormente con cargo a los créditos específicamente consignados para la gestión de fondos europeos
Importe restante
  • Memoria económica justificativa con justificantes de gasto y pago del primer 50%
  • Declaración responsable de la entidad beneficiaria de encontrarse al corriente de pago de las obligaciones de reembolso de cualesquiera otros anticipos concedidos anteriormente con cargo a los créditos específicamente consignados para la gestión de fondos europeos
  • En el caso de actuaciones que requieren proyecto, el proyecto de la obra realmente ejecutada
  • Certificado final de obra, cuando corresponda, y liquidación de la misma
  • Certificado relativo a la gestión de residuos conforme al artículo 11 del RD 853/2021
  • Certificado de cumplimiento al principio de "no causar un perjuicio significativo al medio ambiente" (DNSH)
  • Certificado de la instalación térmica registrado en el órgano competente de la Comunidad Autónoma si es el caso
  • Certificado de eficiencia energética del edificio una vez realizadas las actuaciones, con el mismo programa que el CEE actual y previsto
  • Memoria justificativa de las actuaciones realizadas conforme a lo exigido por las bases reguladoras
  • Documentación fotográfica de las obras ejecutadas y del cartel de obra
  • Declaración responsable de otros ingresos o subvenciones que haya financiado las actuaciones
Línea 1.2 de subvenciones adicionales para situaciones de vulnerabilidad económica
Se establece una sola forma de pago:
Pago anticipado, según la siguiente secuencia: 1.- Primer 50% (descargar formulario): tras la presentación de la documentación relacionada en el punto 1 del apartado 23.b) 1 de las bases reguladoras y previo abono del pago anticipado de la subvención concedida con cargo a la línea 1.1 de subvenciones para la rehabilitación edificatoria.

2.- Importe restante (descargar formulario): tras la presentación de la documentación relacionada en el punto 2 del apartado 23.b) 2 de las bases reguladoras, como requisito previo a la propuesta de pago, y previo abono del pago restante de la subvención concedida con cargo a la línea 1.1 de subvenciones para la rehabilitación edificatoria.
Documentación requerida 
Primer 50%
  • Documentación acreditativa actualizada de la titularidad de la vivienda (escritura pública, nota simple registral o certificación de titularidad catastral)
  • Declaración responsable de la persona beneficiaria de encontrarse al corriente de pago de las obligaciones de reembolso de cualesquiera otros anticipos concedidos anteriormente con cargo a los créditos específicamente consignados para la gestión de fondos europeos
Importe restante
  • Memoria económica justificativa con justificantes de gasto y pago del primer 50% efectuado por la comunidad de propietarios o agrupación
  • Declaración responsable de la persona beneficiaria de encontrarse al corriente de pago de las obligaciones de reembolso de cualesquiera otros anticipos concedidos anteriormente con cargo a los créditos específicamente consignados para la gestión de fondos europeos
  • Documentación acreditativa actualizada de la titularidad de la vivienda (escritura pública, nota simple registral o certificación de titularidad catastral)
  • Certificado emitido por la persona responsable de la secretaría de la comunidad de propietarios o agrupación, con visto bueno de la persona presidente, en el que se haga constar que el importe del primer 50% de la subvención concedida a la persona beneficiaria ha sido destinado íntegramente al pago de la parte del coste justificado de las actuaciones de rehabilitación imputable a dicha persona beneficiaria, descontada la subvención con cargo a la línea 1.1

Justificación de la subvención

El plazo para la ejecución de las actuaciones objeto de la subvención no podrá exceder de dieciséis meses, contados desde la fecha de concesión de la subvención. Dicho plazo se podrá ampliar excepcionalmente hasta dieciocho meses cuando se trate de edificios o actuaciones que afecten a 40 o más viviendas.

La justificación por parte de la persona o entidad beneficiaria de la ejecución de las actuaciones objeto de subvención deberá realizarse en un plazo máximo de tres meses desde la finalización del plazo máximo concedido para la ejecución de las actuaciones.

En todo caso, las actuaciones objeto de subvención deberán estar finalizadas y justificadas antes del día 30 de junio de 2026.

Línea 1.1 de subvenciones para la rehabilitación edificatoria a nivel de barrio
Documentación requerida
  • Memoria económica justificativa con justificantes de gasto y pago del importe de las actuaciones
Línea 1.2 de subvenciones adicionales para situaciones de vulnerabilidad económica
Documentación requerida
  • Memoria económica justificativa con justificantes de gasto y pago del importe de las actuaciones
  • Certificado emitido por la persona responsable de la secretaría de la comunidad de propietarios o agrupación, con visto bueno de la persona presidente, en el que se haga constar que el importe de la subvención concedida a la persona beneficiaria ha sido destinado íntegramente al pago de la parte del coste justificado de las actuaciones de rehabilitación imputable a dicha persona beneficiaria, descontada la subvención con cargo a la línea 1.1

Diagrama de tramitación de la ayuda

Click sobre la imagen para ver el diagrama completo

Documentos de ayuda

Se ofrecen modelos de algunos de los documentos que se han de presentar. 

Con el Anexo II.

  • Anexo III. Formulario para la comunicación de consulta de datos de la persona propietaria y de la unidad de convivencia. Modelo para la línea 1.2.
  • Anexo IV. Acuerdo de designación de persona o entidad, agente o gestora de la rehabilitación. Modelo para la línea 1.1 y 1.2.
  • Modelo de declaración responsable sobre el cumplimiento del principio de no perjuicio significativo (DNSH).
  • Anexo B. (Persona o entidad agente o gestora de la rehabilitación) Declaración compromiso a conceder derechos y accesos necesarios.
  • Anexo C(Persona o entidad agente o gestora de la rehabilitación) Declaración compromiso cumplimiento principios transversales.
  • Modelo de Acuerdo de comunidad de propietarios.
  • Declaración responsable estar al corriente compromiso reembolso.
  • Modelo de cesión del derecho de cobro.

Con la aceptación de la subvención. A presentar por las entidades y personas que resulten beneficiarias de las subvenciones.

Con la solicitud de pago.

Más información

Normativa

En el apartado de Normativa del Catálogo de Procedimientos y Servicios del trámite correspondiente, se recoge la normativa específica que afecta al procedimiento.

 

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