Delimitación de Áreas de Regeneración y Renovación Urbana a solicitud de los Ayuntamientos
La Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio ha publicado la Orden de 30 de junio de 2021, por la que se acuerda la delimitación de áreas de regeneración y renovación urbana acogidas a la Orden de 23 de noviembre de 2020, por la que se regulan las áreas de regeneración y renovación urbana en la Comunidad Autónoma de Andalucía y se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en las mismas.
Esta orden tiene por objeto la delimitación en la Comunidad Autónoma de Andalucía de las áreas de regeneración y renovación urbana, en desarrollo de la Orden de 23 de noviembre de 2020 por la que se regulan las áreas de regeneración y renovación urbana en la Comunidad Autónoma de Andalucía y se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en las mismas, que requiere la previa delimitación territorial de los ámbitos urbanos de actuación por la Consejería competente en materia de vivienda, a solicitud de los correspondientes Ayuntamientos.
Siguiendo el proceso de delimitación previsto en dicha orden, las áreas de regeneración y renovación urbana delimitadas se relacionan a continuación:
- “Pescadería-Avenida del Mar” en Almería
- “Ejido Centro” en El Ejido (Almería)
- “El Pilar” en Chiclana de la Frontera (Cádiz)
- “La Constancia II” en Jerez de la Frontera (Cádiz)
- “Santuario” en Córdoba
- “Santa Adela. Fases 2 y 3 de la UE-3” en Granada
- “Arroyo de la Miel” en Benalmádena (Málaga)
- “Carranque. Fase1” en Málaga
- “Las Albarizas” en Marbella (Málaga)
- “Nazaret-Pajaritos Público” en Sevilla
- “Plaza Encina del Rey-Parque Alcosa” en Sevilla
Convenios de colaboración
Cuando esté prevista la actuación del Ayuntamiento como entidad colaboradora, tras la suscripción del acuerdo de la comisión de seguimiento y con antelación a la convocatoria para la concesión de subvenciones para el fomento de la regeneración y renovación urbana y rural que tengan por finalidad la rehabilitación de viviendas o la rehabilitación de edificios de tipología residencial colectiva, el correspondiente Ayuntamiento, de acuerdo con lo previsto en el artículo 16 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, habrá de suscribir un convenio de colaboración con la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio.
Dicho convenio de colaboración tendrá por objeto regular las condiciones y obligaciones a asumir por el Ayuntamiento como entidad colaboradora en la gestión de solicitudes y la entrega de subvenciones a las personas o entidades promotoras de actuaciones de rehabilitación que resulten beneficiarias.
- Convenio de colaboración “Pescadería-Avenida del Mar” en Almería
- Convenio de colaboración “Ejido-Centro” en El Ejido (Almería)
- Convenio de colaboración “La Constancia II” en Jerez de la Frontera (Cádiz)
- Convenio de colaboración “Santuario” en Córdoba
- Convenio de colaboración “Arroyo de la Miel” en Benalmádena (Málaga)
- Convenio de colaboración “Carranque. Fase1” en Málaga
- Convenio de colaboración “Las Albarizas” en Marbella (Málaga)
- Convenio de colaboración “Plaza Encina del Rey-Parque Alcosa” en Sevilla
Normativa
En el apartado de Normativa del Catálogo de Procedimientos y Servicios del trámite correspondiente, se recoge la normativa específica que afecta al procedimiento.