Comisión de coordinación de las políticas autonómicas y locales para la Igualdad de Género.
Funciones
Le corresponde a la Comisión desarrollar, en su ámbito de competencias, las siguientes funciones:
a) Promover la aplicación del principio de igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres en el ámbito de actuación de las distintas Administraciones Públicas Andaluzas.
b) Hacer un seguimiento del cumplimiento, desarrollo y aplicación de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre.
c) Cooperar institucionalmente en materia de igualdad de mujeres y hombres a fin de impulsar la integración del enfoque de género en las políticas y programas que se desarrollen en el ámbito de actuación de las distintas Administraciones Públicas Andaluzas.
d) Realizar propuestas de actuación, emitir informes y dictámenes, tendentes a lograr la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres.
e) Cuantas otras tareas le sean atribuidas en materia de igualdad de género.