Secretaría General Técnica
Información general
Biografía
Nacido en Córdoba en 1976, desde abril de 2018 viene desempeñando la labor de coordinación de la Dirección General encargada de las Infraestructuras Judiciales y la Modernización Digital de la Consejería de Justicia. Licenciado en Derecho por la Universidad de Córdoba, es funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, subescala Secretaría Intervención. En los últimos 23 años ha desarrollado su carrera profesional en puestos de responsabilidad en ayuntamientos como el de Sevilla y Córdoba, además de en otras áreas de la Administración de la Junta de Andalucía, donde ha sido jefe de Servicio de Inspección y Sanciones del Transporte de la Consejería de Fomento.
Funciones
A la persona titular de la Secretaría General Técnica, con rango de Dirección General, bajo la dependencia directa de la Viceconsejería, le corresponden las atribuciones previstas en el artículo 29 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre.
En particular, son competencias de la Secretaría General Técnica:
- La gestión de personal, sin perjuicio de las competencias que en esta materia correspondan a otros órganos de la Consejería.
- La organización y racionalización de las unidades y servicios de la Consejería.
- La asistencia técnica, administrativa y jurídico-administrativa a los órganos superiores y directivos de la Consejería.
- La elaboración y tramitación de las disposiciones de carácter general, directrices, planes y programas, relativos al ámbito de competencias de la Secretaría General Técnica, así como la emisión del informe preceptivo en la tramitación de todas las disposiciones de carácter general.
- La tramitación de los proyectos de convenios y otros instrumentos análogos de colaboración, sin perjuicio de las competencias atribuidas en esta materia a otros órganos directivos.
- La elaboración del anteproyecto de presupuesto de la Consejería, y el seguimiento de su ejecución.
- La administración y gestión de los créditos y el impulso y ejecución de la actividad presupuestaria, coordinando a estos efectos, a los distintos órganos y entidades dependientes de la Consejería, así como a sus servicios periféricos.
- La coordinación general y el seguimiento de los ingresos, tanto patrimoniales como derivados de tasas, cánones y precios públicos, salvo los que expresamente correspondan a otros órganos.
- Las funciones generales de administración, registro y archivo central.
- La coordinación de las relaciones de los órganos directivos centrales de la Consejería con los órganos judiciales, así como con el Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía, de acuerdo con las herramientas disponibles para ello.
- Y, en general, todas las que le atribuya la normativa vigente.
A la persona titular de la Secretaría General Técnica le corresponde a su vez:
- Organizar y supervisar la actividad de la Unidad de Igualdad de Género de la Consejería.
- La coordinación de la labor estadística de la Consejería, en colaboración con el resto de los órganos directivos y con el Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía.
- La formulación y priorización de las necesidades de la Consejería en materia de tecnologías de la información y la comunicación, sin perjuicio de las competencias de la Agencia Digital de Andalucía.
- La gestión de contenidos web institucionales, información administrativa y difusión.
- La implementación y seguimiento en el ámbito de la Consejería de las actuaciones en materia de publicidad institucional y de identidad corporativa.
- El ejercicio de las facultades, derechos y obligaciones relacionados con el uso, administración, gestión, mantenimiento, aseguramiento, conservación y ejecución de las obras o reparaciones necesarias en los bienes y derechos adscritos a la Consejería, y de demás facultades, prerrogativas y obligaciones que corresponden a la Consejería como órgano de adscripción de bienes y derechos, conforme a lo establecido en la normativa patrimonial.
- El régimen interior y los asuntos de intendencia que afecten al parque móvil y servicios de la Consejería.
- La tramitación de las modificaciones presupuestarias, a propuesta de cada órgano directivo en su respectivo ámbito competencial.
- La gestión de la contratación administrativa.
- La dirección funcional de los sistemas de información sobre las materias de su competencia, sin perjuicio de las competencias atribuidas a la Agencia Digital de Andalucía.
- La tramitación y formulación de las propuestas de resolución de los recursos administrativos y de los procedimientos de revisión de oficio de disposiciones y actos nulos y de declaración de lesividad de actos anulables, siempre que la resolución corresponda a la persona titular de la Consejería, así como al Consejo de Gobierno cuando se trate de asuntos relacionados con el ámbito competencial asignado en el artículo 1, salvo las que se refieren a la materia general de función pública, atribuidas a la Secretaría General para la Administración Pública.
- La tramitación y formulación de las propuestas de resolución de los procedimientos sobre responsabilidad patrimonial de la Administración, incluidas las relativas al Consejo de Gobierno cuando se trate de asuntos relacionados con el ámbito competencial asignado en el artículo 1, salvo las que se refieren a la materia general de función pública, atribuidas a la Secretaría General para la Administración Pública.
- Dictar las resoluciones mediante las que se dispone el cumplimiento de las sentencias y resoluciones judiciales en el ámbito de los servicios centrales de la Consejería. En los procedimientos que tengan su causa en un acto administrativo dictado en el ámbito de las Delegaciones Territoriales, la competencia corresponderá a la persona titular de la respectiva Delegación Territorial. Asimismo, se exceptúan las que se refieran a la materia general de función pública, para cuya atribución se estará a lo dispuesto en el artículo 5.2.ñ).
- La tramitación de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el Boletín Oficial del Estado de las disposiciones generales y actos administrativos de los órganos superiores y directivos centrales de la Consejería, salvo los que se refieren a la materia general de función pública que sean competencia de la Secretaría General para la Administración Pública o de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, en cuyo caso se atribuyen a estos órganos directivos. Asimismo, se atribuye a la Dirección del Instituto Andaluz de Administración Pública la facultad para ordenar la inserción en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de las convocatorias de las pruebas de acceso a la función pública que gestione el Instituto.
- La coordinación del Registro de Procedimientos y Servicios de los procedimientos administrativos y servicios que gestiona la Consejería.
La Secretaría General Técnica es el órgano competente en materia de edificios administrativos en caso de uso por servicios centrales de la Consejería a efectos de lo previsto en el artículo 135 de la Ley 7/2025, de 22 de diciembre, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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