Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 69 de 13/06/2002

1. Disposiciones generales

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 30 de abril de 2002, por la que se actualizan las cuantías de las becas de Formación de Personal Docente e Investigador y de Personal Técnico de Apoyo a la Investigación de la Consejería.

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El Plan Andaluz de Investigación, al igual que el Plan Nacional de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico, tiene como uno de sus pilares fundamentales la formación de investigadores y profesores a fin de disponer de los recursos humanos necesarios para la creación y consolidación de equipos de investigación y docencia, así mismo tiene como uno de sus objetivos el apoyo a los Grupos de Investigación. Para el desarrollo de la actividad científica de estos Grupos resulta necesario contar con personal cualificado susceptible de integrarse en dichos equipos.

La Consejería de Educación y Ciencia ha venido convocando dentro del I, II y III Plan Andaluz de Investigación becas de Formación de Personal Docente e Investigador y de Personal Técnico de Apoyo a la Investigación. Dichas becas tenían previsto una dotación inicial que se ha venido manteniendo en las sucesivas convocatorias sin haberse revisado en el tiempo.

Dado que en el sistema universitario concurren dichas becas con otras concedidas al amparo del Plan Nacional de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico las cuales vienen desarrollándose en el marco de la Ley 13/1986, de 14 de abril, de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica y Técnica, así como con las adscritas a programas sectoriales de otras Consejerías del Gobierno Andaluz, las cuales tienen una dotación económica superior al haber sido actualizadas en la última convocatoria y revisadas las dotaciones de las becas concedidas en convocatorias anteriores.

Por lo expuesto, esta Consejería, en uso de las atribuciones que le han sido conferidas,

HA DISPUESTO

Primero. Actualizar a las cuantías señaladas en el párrafo siguiente las dotaciones económicas de las becas concedidas en convocatorias anteriores y a partir del disfrute de enero de

2002 y hasta la finalización de la última prórroga derivadas de dichas convocatorias:

- Becas de Formación de Personal Docente e Investigador en las Universidades y Centros de Investigación en Andalucía (Orden de la Consejería de Educación y Ciencia de 17 de junio de 1998, BOJA núm. 78, de 14 de julio), a la cuantía de 872 euros brutos mensuales.

- Becas de Formación de Personal Docente e Investigador en las Universidades y Centros de Investigación en Andalucía (Orden de la Consejería de Educación y Ciencia de 14 de noviembre de

2000, BOJA núm. 140, de 5 de diciembre), a la cuantía de 872 euros brutos mensuales.

- Becas de Formación de Personal Docente en las Universidades de Andalucía (Orden de la Consejería de Educación y Ciencia de

10 de julio de 1997, BOJA núm. 94, de 14 de agosto), a la cuantía de 872 euros brutos mensuales.

- Becas de Formación de Personal Docente en las Universidades de Andalucía (Orden de la Consejería de Educación y Ciencia de

17 de junio de 1998, BOJA núm. 78, de 14 de julio), a la cuantía de 872 euros brutos mensuales.

- Becas de Formación Personal Investigador en la Unidad para la Calidad de las Universidades Andaluzas (Orden de la Consejería de Educación y Ciencia de 17 de junio de 1998, BOJA núm. 78, de

14 de julio), a la cuantía de 872 euros brutos mensuales.

- Becas de Formación de Personal Investigador en la Red Andaluza de Aerobiología (RAA) (Orden de la Consejería de Educación y Ciencia de 25 de octubre de 1999, BOJA núm. 135, de

20 de noviembre), a la cuantía de 872 euros brutos mensuales.

- Becas de Formación de Personal Técnico de Apoyo a la Investigación en las Universidades y Centros de Investigación de Andalucía (Orden de la Consejería de Educación y Ciencia de

20 de diciembre de 2000, BOJA núm. 8, de 20 de enero de 2001), a la cuantía de 600 euros brutos mensuales.

- Beca de Formación de Personal de Apoyo Científico-Tecnológico a los grupos integrantes de la Red Andaluza de Aerobiología (Orden de la Consejería de Educación y Ciencia de 10 de julio de 1997, BOJA núm. 96, de 19 de agosto), a la cuantía de 600 euros brutos mensuales.

Segundo. Los gastos derivados de dicha actualización se financiarán con cargo al Servicio 16, Capítulo 7, Programa

5.4.A.

Tercero. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso contencioso-

administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOJA, ante la Excma. Sra. Consejera de Educación y Ciencia, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 30 de abril de 2002

CANDIDA MARTINEZ LOPEZ

Consejera de Educación y Ciencia

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