Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 150 de 02/08/2004

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

ACUERDO de 27 de julio de 2004, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el acuerdo alcanzado entre la Consejería de Educación y Ciencia y las organizaciones sindicales, de 20 de noviembre de 2003, sobre retribuciones del profesorado de niveles de enseñanza no universitaria dependiente de la Consejería de Educación y Ciencia.

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El profesorado de la enseñanza pública se constituye en uno de los pilares fundamentales sobre los que se asienta el sistema educativo andaluz. Por ello, todas aquellas medidas que redunden en una mejora de sus condiciones laborales y salariales contribuirán a incrementar la calidad de la enseñanza y a mejorar el funcionamiento de las estructuras educativas de nuestra Comunidad Autónoma.

En este marco, con fecha 20 de noviembre de 2003 se firmó un Acuerdo entre la Consejería de Educación y Ciencia y las Organizaciones Sindicales ANPE-A, CC.OO, CEMSATSE, CSI-CSIF y FETE-UGT, sobre retribuciones del profesorado de la enseñanza pública dependiente de la Consejería de Educación y Ciencia, a excepción del universitario, que se adjunta como Anexo, donde se recogen determinadas medidas tendentes a asegurar la homologación retributiva del personal docente incluido en el ámbito de aplicación del mismo.

La tramitación del Acuerdo se ha efectuado conforme a lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 17/2003, de 29 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2004, debiendo ser expresamente aprobado por el Consejo de Gobierno de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4.2.b) de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de la Función Pública de la Junta de Andalucía.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Educación, con informe favorable de las Consejerías de Economía y Hacienda y de Justicia y Administración Pública, y previa deliberación, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 27 de julio de

2004,

ACUERDA

Primero. Se aprueba el Acuerdo de 20 de noviembre de 2003 suscrito por la Consejería de Educación y Ciencia y las Organizaciones Sindicales ANPE-A, CC.OO., CEMSATSE, CSI-CSIF y FETE-UGT, sobre retribuciones del profesorado de la enseñanza pública dependiente de la Consejería de Educación y Ciencia, a excepción del universitario, que figura como Anexo al presente Acuerdo.

Segundo. Los incrementos retributivos a que se refiere el Acuerdo se producirán en la parte del complemento específico del personal docente no universitario dependiente de la Consejería de Educación denominado "Componente por puesto de trabajo desempeñado" y en la denominada "Sexenios".

Tercero. El incremento retributivo anual correspondiente al año 2004 por el concepto "Componente por puesto de trabajo desempeñado" a percibir por cada profesor o profesora incluido en el ámbito de aplicación del Acuerdo es de 410,91 euros.

El incremento retributivo anual correspondiente al año 2004 por el concepto "Componente por puesto de trabajo desempeñado" a percibir por cada inspector o inspectora de educación incluido en el ámbito de aplicación del Acuerdo es de 1.560,43 euros.

El incremento retributivo anual correspondiente al año 2004, por el concepto "Sexenios", a percibir por cada profesor o inspector de educación incluido en el ámbito de aplicación del Acuerdo es de 35,35 euros para el primer sexenio y 82,16 euros para el quinto sexenio, permaneciendo el resto de sexenios en su cuantía actualmente vigente.

En el mes de febrero del año 2005 se procederá a la revisión de las cuantías correspondientes a los sexenios segundo, tercero y cuarto con efectos de uno de enero de dicho año.

Cuarto. La Consejería de Educación, previo informe favorable de la de Economía y Hacienda, establecerá los incrementos retributivos correspondientes a los años 2005, 2006 y 2007 que, en su caso, deban realizarse al amparo de lo establecido en el mencionado Acuerdo.

Sevilla, 27 de julio de 2004

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

CANDIDA MARTINEZ LOPEZ

Consejera de Educación

ANEXO

ACUERDO ENTRE LA CONSEJERIA DE EDUCACION Y CIENCIA Y LAS ORGANIZACIONES SINDICALES ANPE-A, CC.OO, CEMSATSE, CSI-CSIF Y FETE-UGT, SOBRE RETRIBUCIONES DEL PROFESORADO DE LA ENSEÑANZA PUBLICA DEPENDIENTE DE LA CONSEJERIA DE EDUCACION Y CIENCIA, A EXCEPCION DEL UNIVERSITARIO

Primero. La Consejería de Educación y Ciencia se compromete a incrementar las retribuciones de los funcionarios

pertenecientes a los Cuerpos docentes no universitarios de forma que se mantenga su equiparación con la media ponderada de las retribuciones de los correspondientes Cuerpos docentes del resto de las Comunidades Autónomas, sin incluir Andalucía, que cuentan con un régimen fiscal análogo al andaluz y, por tanto, sin tener en cuenta la situación de Navarra, Canarias y País Vasco.

Segundo. Con la finalidad de conseguir lo establecido en el apartado anterior, durante los meses de febrero de cada uno de los años 2004, 2005, 2006 y 2007, se procederá a revisar la cantidad que percibe el profesorado andaluz a fin de

actualizarla, con efectos de uno de enero del año en curso, en función de la situación que se registre en el resto de las Comunidades Autónomas del Estado con régimen fiscal similar.

Tercero. El presente Acuerdo tendrá una vigencia de cuatro años.

Cuarto. Para el seguimiento e interpretación de lo recogido en el presente Acuerdo, se establece una Comisión de Seguimiento compuesta por dos representantes de cada una de las partes firmantes, que serán nombrados y removidos, en su caso, por el órgano competente de cada una de las entidades actuantes.

Disposición adicional. Lo recogido en el presente Acuerdo será de aplicación al Cuerpo de Inspectores de Educación cuya homologación se efectuará en los mismos términos y fechas en relación con las retribuciones percibidas por los Inspectores de las restantes Comunidades Autónomas con régimen fiscal similar.

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