Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 237 de 05/12/2005

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE 1ª INST. N?2 ALMERIA (ANTIGUO MIXTO N?2)

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario núm. 1633/2004. (PD. 4492/2005).

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NIG: 0401342C20040009123.

Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 1633/2004. Negociado: 2T.

De: Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A.

Procurador: Sr. Martín Alcalde, Salvador.

Letrado: Sr. Brea Apoitia, Javier.

Contra: Don Francisco Arias Villegas y doña Salud Magaña Aguilar.

EDICTO

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Proced. Ordinario (N) 1633/2004, seguido en el Juzgado de Primera Instancia Núm. Dos de Almería (antiguo Mixto Núm. Dos), a instancia de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A., contra Francisco Arias Villegas y Salud Magaña Aguilar, sobre, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

Doña María Isabel Fernández Casado, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia Número Dos de los de Almería y su partido, ha dictado

EN NOMBRE DEL REY

La siguiente,

SENTENCIA NUMERO

En la ciudad de Almería, a veintiocho de octubre de dos mil cinco.

Habiendo visto los presentes autos de Juicio Declarativo Ordinario, seguidos en este Juzgado bajo el número 1.633/04, a instancias de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A., representado por el Procurador Sr. Martín Alcalde, y dirigido por el Letrado Sr. Brea Apoita, contra don Francisco Arias Villegas y doña Salud Magaña Aguilar, sobre reclamación de cantidad.

F A L L O

Que estimando íntegramente la demanda formulada por el Procurador de los Tribunales Sr. Martín Alcalde, en nombre y representación de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A., contra don Francisco Arias Villegas y doña Salud Magaña Aguilar, en situación procesal de rebeldía, debo condenar y condeno a la citada demandada a abonar a la demandante la suma de ochenta y un mil novecientos treinta euros con noventa y ocho céntimos (81.930,98 euros), más los intereses de demora pactados al tipo del 12,95% nominal anual desde la fecha de cierre de cuenta hasta su total pago; todo ello con expresa condena en costas a la parte demandada.

Notifíquese la presente Sentencia en forma legal a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme, pudiendo anunciar recurso de apelación en el término de cinco días en este Juzgado para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Almería.

Así por ésta mi Sentencia, la pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados Francisco Arias Villegas y Salud Magaña Aguilar, extiendo y firmo la presente en Almería, a diecisiete de noviembre de dos mil cinco.- El/La Secretario.

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