Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 104 de 02/06/2015

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 1 de septiembre de 2014, del Juzgado de Primera Instancia núm. Seis de Jaén, dimanante de autos núm. 1940/2009. (PP. 1096/2015).

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NlG: 2305042C20090014153.

Procedimiento: Juicio Verbal 1940/2009. Negociado: 1P.

Sobre: Reclamación cantidad tráfico.

De: Cía. de Seguros Mutua Madrileña Automovilista.

Procuradora: Sra. Luisa Guzmán Herrera.

Contra: Doña Talicy Oliveira Costa.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Juicio Verbal 1940/2009 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Seis y de Familia de Jaén a instancia de Cía. de Seguros Mutua Madrileña Automovilista contra Talicy Oliveira Costa sobre reclamación cantidad, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

En nombre de S.M. el Rey y de la autoridad que el pueblo español me confiere, he pronunciado la siguiente

SENTENCIA NÚM. 397/2011

En Jaén, a 8 de septiembre de 2011.

Vistos por el Sr. doña Purificación Larrubia Ceballos, Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia número Seis de esta ciudad, los autos de juicio verbal número 1940 de 2.009, a instancia de Mutua Madrileña Automovilística representada por la Procuradora doña Luisa Guzmán Herrera y asistidos por la letrada Sra. López Lorite por sustitución de su compañero contra doña Talicy Oliveira Costa en situación procesal de rebeldía, sobre reclamación de cantidad.

FALLO

Estimando la demanda presentada, por la Procuradora doña Luisa Guzmán Herrera en nombre y representación de Mutua Madrileña Automovilista condeno a doña Talicy Oliveira Costa a que, abone a Mutua Madrileña Automovilista la cantidad de dos mil cuatrocientos noventa y dos con cuarenta y nueve euros (2.492,49 €), más el interés legal devengado desde la fecha de presentación de la demanda y las costas del procedimiento.

Así por esta mi sentencia, contra la que cabe recurso de apelación, que habrá de prepararse en plazo de cinco días, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada doña Talicy Oliveira Costa cuyo actual domicilio es desconocido, extiendo y firmo la presente en Jaén, a uno de septiembre de dos mil catorce.- El/La Secretario.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).»

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