Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 88 de 11/05/2015

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 12 de mayo de 2014, del Juzgado de Primera Instancia núm. Tres de Sevilla, dimanante de Procedimiento Ordinario núm. 998/2011. (PP. 528/2015).

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Procedimiento: Procedimiento Ordinario 998/2011. Negociado: 4.º

De: Tourline Express Mensajería, S.L.

Procurador: Sr. Alfonso Juan Escobar Primo.

Letrado: Sr. Pedro María Mancera Pulido.

Contra: Ayachi El Hatmi, Naofal Tlijui y Tour Mensajeros Santa Fe, S.L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 998/2011, seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Tres de Sevilla, a instancia de Tourline Express Mensajería, S.L., contra Ayachi El Hatmi, Naofal Tlijui y Tour Mensajeros Santa Fe, S.L., se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo es como sigue:

SENTENCIA núm. 188/12

En Sevilla, a doce de julio de dos mil once.

Pronuncia la Ilma. Sra. doña Celia Belhadj Ben Gómez, Magistrada Juez, titular del Juzgado de Primera Instancia número Tres de Sevilla, en el procedimiento de Juicio ordinario núm. 998/11, seguido a instancias de Tourline Express Mensajería, S.L., representado por el Procurador Sr. Escobar Primo y asistido del Letrado Sr./Sra. Vázquez Sánchez, contra don Ayachi El Hatmi, don Naofal Tlijui y Tour Mensajeros Santa Fe, S.L., declarados en situación procesal de rebeldía.

FALLO

Primero. Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda formulada por el Procurador/ra Sr./Sra. Escobar Primo en nombre y representación de Tourline Express Mensajería, contra don Ayachi El Hatmi y Tour Mensajeros Santa Fe, S.L., y en consecuencia debo condenar y condeno a estos últimos a abonar a la actora solidariamente la cantidad de doscientos cuarenta y ocho mil novecientos cincuenta y ocho euros y veintinueve céntimos –248.958,29 €– y a don Naofal Tlijui de la cantidad anterior y también solidariamente solo deberá abonar ochenta y ocho mil ochocientos cincuenta y ocho euros y setenta y ocho céntimos –88.858,78 –, e intereses en el modo dispuesto en el fundamento de derecho cuarto de esta resolución.

Segundo. En cuanto a las costas serán impuestas a la parte demandada.

Notifíquese en legal forma la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrá interponerse recurso de apelación en el término de veinte días, a contar desde su notificación ante este órgano, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 458 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Sevilla.

Así por esta mi Sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados Ayachi El Hatmi, Naofal Tlijui y Tour Mensajeros Santa Fe, S.L., extiendo y firmo la presente en Sevilla, a doce de mayo de dos mil catorce.- El/La Secretario.

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