Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 216 de 10/11/2016

4. Administración de justicia

Audiencias Provinciales

Edicto de 4 de mayo de 2016, de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Almería, dimanante de autos núm. 1417/2010. (PP. 2229/2016).

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NIG: 0401342C20100010507.

Núm. procedimiento: Recurso de Apelación Civil 844/2014.

Asunto: 100879/2014.

Autos de: Procedimiento Ordinario 1417/2010.

Juzgado de origen: Juzgado de Primera Instancia núm. 2 de Almería (antiguo Mixto núm. Dos).

Negociado: C4.

Apelante: Miroslav Todorov Marino.

Procurador: Ángel Francisco Vizcaíno Martínez.

Abogado: Del Águila del Águila, María Dolores.

Apelado: Grupage Logis de Europa, S.L. (rebelde), Ana María Cruz Lázaro (rebelde), Transolver Service, S.A., y Friopedag, S.L.U. (rebelde).

Procurador: Salvador Martín Alcalde.

Abogado: Alberto Traveria Fillat.

EDICTO

En RAC 844/14 de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Almería, dimanante de Procedimiento Ordinario núm. 1417/10, del Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Almería, se ha dictado sentencia en la que figura como parte apelante Miroslav Todorov Marinov, como parte Apelada Trannsolver Service, S.A., y como demandado en situación de rebeldía procesal, Friopedag, S.L.U., Proyectos Mediterráneo, S.L., y Grupage Logística, dictándose el presente para su notificación en legal forma. Dicha sentencia está a su disposición en la Secretaría de esta sección, contra la que cabe interponer recurso de casación y/o extraordinario por infracción procesal, en el plazo de 20 días, desde su notificación.

Y para que sirva de notificación en forma a Friopedag, S.L.U., Proyectos Mediterráneo, S.L.U., y Grupage Logística, extiendo y firmo elpresente.

En Almería, a cuatro de mayo de dos mil dieciséis.- La Letrada de la Administración de Justicia.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal)».

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