Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 164 de 28/08/2017

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 10 de mayo de 2017, del Juzgado de Primera Instancia núm. Diecisiete de Málaga, dimanante de procedimiento Juicio Verbal núm. 38/2016. (PP. 2390/2017).

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00119560.

NIG: 2906742C20160000169.

Procedimiento: Juicio Verbal (Desahucio Precario 250.1.2) 38/2016. Negociado: 8.

Sobre: Desahucio por precario.

De: Fahala Sol, S.L.

Procuradora: Sra. María del Carmen Martínez Torres.

Letrado: Sr. José Emilio Muñoz Mateos.

Contra: Transportes y Excavaciones Maype, S.L.

EDICTO

CéDULA DE NOTIFICACIóN

En el procedimiento Juicio Verbal (Desahucio Precario 250.1.2) 38/2016, seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Diecisiete de Málaga, a instancia de Fahala Sol. S.L.,  contra Transportes y Excavaciones Maype, S.L., sobre Desahucio por precario, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA núm. 37/2017

En la ciudad de Málaga, a 2 de marzo de 2017.

Vistos por el Sr. don Antonio Valero González, Magistrado-Juez de Primera Instancia núm. Diecisiete de esta ciudad y su Partido Judicial, los presentes autos de Juicio Verbal núm. 38/16, seguidos ante este Juzgado a instancia de Fahala Sol, S.L., representada por la Procuradora Sra. Martínez Torres contra Transportes y Excavaciones Maype S.L., y,

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Martínez Torres, en nombre y representación de Fahala Sol, S.L., contra Transportes y Excavaciones Maype, S.L., debo condenar y condeno a éstos a que desalojen la finca objeto de autos –suerte de tierra de riego en Cártama partido Fahala, en los sitios conocidos como Los Berrocales y Las Angosturas, con una superficie según reciente medición de una hectárea, cincuenta centiáreas y cinco decímetros cuadrados, inscrita en el Registro de la Propiedad de Álora al folio 142, tomo 799, libro 158 de Cártama. Finca núm. 10.805– dejándola libre y expedita a disposición del actor apercibiéndola de lanzamiento si no lo hiciere en el plazo legalmente establecido. Con expresa condena en costas para la parte demandada.

Esta resolución no es firme, y contra la misma cabe recurso de apelación en el plazo de veinte días a interponer ante este Juzgado y a sustanciar ante la Ilma. Audiencia Provincial de Málaga.

Así, por esta mi sentencia, de la que se llevará testimonio a la causa de su razón, la pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada Transportes y Excavaciones Maype, S.L., extiendo y firmo la presente en Málaga, a diez de mayo de dos mil diecisiete.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal).»

Descargar PDF