Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 63 de 03/04/2017

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia e Interior

Resolución de 23 de enero de 2017, de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones de Andalucía la Delegación en Andalucía de la fundación extranjera Hans-Joachim-Selzer-Stiftung.

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Visto el expediente por el que se solicita la inscripción de la constitución en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la Delegación en Andalucía de la fundación extranjera Hans-Joachim-Selzer-Stiftung, sobre la base de los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Creación de la Delegación.

La Delegación en Andalucía de la fundación extranjera Hans-Joachim-Selzer-Stiftung se establece mediante escritura pública otorgada ante el Notario don Filiberto Carrillo de Albornoz Fisac, del Ilustre Colegio de Andalucía, registrada con el número 435 de su protocolo, en virtud de acuerdo adoptado por el órgano de gobierno de la fundación extranjera «Hans-Joachim-Selzer-Stiftung» de 28 de enero de 2015.

Dicha escritura de contiene la siguiente documentación:

- Certificado de Fundación expedido por la Presidencia del Gobierno de Giessen, Alemania, Sr. Schmied, de fecha 14.12.2001.

- Certificado de Representación para la Fundación Hans-Joachim-Selzer-Stiftung con sede en Diedord, de fecha 7.1.2015.

- Estatutos de la fundación extranjera.

- Acuerdo del órgano de gobierno de la fundación, sobre creación de la delegación en Andalucía, fines de la misma, determinación del órgano de dirección de la delegación y medios económicos dispuestos para su establecimiento.

- Aceptación de los cargos por parte de la persona designada para formar parte del órgano de dirección de la delegación.

- Plan de actuación de la delegación para el primer año de funcionamiento.

- Certificación negativa del Registro de Fundaciones de Andalucía acreditativa de denominación no coincidente.

- Acreditación documental del derecho que ostenta la delegación respecto al domicilio de la misma.

- Memoria explicativa de las actividades que, en cumplimiento de los fines, va a realizar la delegación de forma estable en Andalucía.

Segundo. Fines.

Promoción de la religión cristiana, así como el apoyo de ciencias teológicas evangélicas y de comunidades cristianas religiosas, la ayuda al desarrollo en todo el mundo y el apoyo a personas discapacitadas y a las que sufren necesidades económicas.

Tercero. Domicilio.

El domicilio de la Fundación ha quedado establecido en Conjunto Urbanístico Pueblo Atalaya de Río Verde, 14, 29660 Marbella (Málaga), y el ámbito de actuación, conforme dispone la norma estatutaria, se extiende principalmente al territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Cuarto. Medios económicos dispuestos para su establecimiento.

La Delegación cuenta con una aportación de 80.000 euros, manifestada por el órgano de gobierno de la fundación matriz, que se contiene en la escritura pública de creación de la delegación de fundación extranjera.

Quinto. Órgano de dirección de la delegación.

El Patronato de la Fundación, cuya composición se regula en los estatutos, queda identificado en la escritura de constitución, constando la aceptación expresa de los cargos de patronos.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Resultan de aplicación para la resolución del procedimiento: el artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés general; el artículo 79.2 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía; la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía; el Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado por Decreto 279/2003, de 7 de octubre; y la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Segundo. La Delegación de fundación extranjera ha sido establecida por fundación extranjera validamente constituida con arreglo a su ley personal y capacitada para establecer delegación en España, siendo los fines de la delegación conformes con los fines de la fundación matriz y comprendidos dentro de la enumeración del artículo 3 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, dándose cumplimiento a lo establecido en el artículo 7 de dicha Ley 10/2005, y artículo 4 del Reglamento de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía aprobado por Decreto 32/2008, de 5 de febrero.

Tercero. De acuerdo con lo establecido en el artículo 4.3 del mencionado Decreto 32/2008, la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de las delegaciones en Andalucía de fundaciones extranjeras requiere informe favorable del Protectorado en cuanto a que los fines de la fundación matriz son de interés general, habiendo obtenido al respecto un pronunciamiento favorable por parte del Protectorado de Fundaciones de Andalucía.

Cuarto. La documentación aportada reúne los requisitos exigidos por el artículo 4 del Reglamento de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado por Decreto 32/2008, de 5 de febrero.

Quinto. El procedimiento de inscripción ha sido tramitado de acuerdo con lo previsto en el Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía y en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Esta Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, a quien corresponde el ejercicio del Protectorado sobre las Fundaciones Andaluzas regulado en la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y el Decreto 32/2008, de 5 de febrero, así como las funciones del Registro de Fundaciones de Andalucía, creado mediante el Decreto 279/2003, de 7 de octubre, y todo ello de acuerdo con el artículo 8.4 del Decreto 214/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia e Interior,

RESUELVE

Primero. Clasificar la Delegación en Andalucía de la fundación extranjera Hans-Joachim-Selzer-Stiftung, atendiendo a sus fines, como benéfico asistencial, ordenando su inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía, en la sección octava, «delegaciones en Andalucía de fundaciones extranjeras», con el número MA-1425.

Segundo. Inscribir en el Registro de Fundaciones de Andalucía el nombramiento de los miembros del órgano de dirección de la delegación a que hace referencia el antecedente de hecho quinto de la presente Resolución, así como la aceptación de los cargos.

Tercero. Ordenar la notificación de la presente Resolución a la Delegación en Andalucía de la fundación extranjera Hans-Joachim-Selzer-Stiftung y la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.5 del Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía y en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como el artículo 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, cabe interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, ante el Consejero de Justicia e Interior.

Sevilla, 23 de enero de 2017.- La Directora General, Carmen Belinchón Sánchez.

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