Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 114 de 17/06/2019

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 7 de mayo de 2019, del Juzgado de Primera Instancia núm. Trece de Sevilla, dimanante de autos núm. 1897/2017. (PP. 1257/2019).

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NIG: 4109142120170069484.

Procedimiento: Juicio Verbal (Desahucio falta pago -250.1.1) 1897/2017. Negociado: 3M.

Sobre: Arrendamientos Urbanos.

De: Unión Familiar de Gestión, S.L.

Procurador: Sr. Francisco Franco Lama.

Contra: Don Javier Durán Cruz y don Paulino Durán Cruz.

EDICTO

En el presente procedimiento Juicio Verbal (Desahucio falta pago -250.1.1) 1897/2017 seguido en el Juzgado de Primera Instancia número Trece de Sevilla a instancia de Unión Familiar de Gestión, S.L., frente a Javier Durán Cruz y Paulino Durán Cruz se ha dictado sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es del siguiente tenor literal:

SENTENCIA NÚM. 74/2019

En la ciudad de Sevilla a 7 de mayo de 2019.

Parte demandante: Unión Familiar de Gestión, S.L.

Procurador: Don Francisco Franco Lama.

Abogado: Don Juan Antonio Fernández Medina.

Parte demandada: Don Javier Durán Cruz y don Paulino Durán Cruz.

Objeto del pleito: Desahucio por precario.

Magistrado Juez: Don Miguel Ángel Fernández de los Ronderos Martín.

FALLO

Estimo la demanda de desahucio por precario interpuesta por la representación procesal de Unión Familiar de Gestión, S.L., contra don Javier Durán Cruz y don Paulino Durán Cruz, y condeno a los demandados a que dejen libre y expedita y a disposición de la actora la vivienda sita en Sevilla, calle Gumersindo Azcárate, núm 11, bajo derecha.

Se imponen a los demandados las costas causadas.

De la presente Sentencia dedúzcase testimonio que se unirá a los autos de su razón, y notifíquese a las partes, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer recurso de apelación en el término de veinte días, para su resolución por la Audiencia Provincial de Sevilla.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, la pronuncio, mando y firmo.

Diligencia: Leída y publicada fue la anterior Sentencia en el día de su fecha, doy fe.

Y para que sirva de notificación en forma al demandado Javier Durán Cruz y Paulino Durán Cruz, expido el presente en Sevilla, a siete de mayo de dos mil diecinueve.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

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