Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 247 de 26/12/2019

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 24 de octubre de 2019, del Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Málaga, dimanante de autos núm. 1016/2018. (PP. 2999/2019).

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NIG: 2906742120180026367.

Procedimiento: Juicio Verbal (Desahucio Precario -250.1.2) 1016/2018. Negociado: 6.

Sobre: Contratos en general.

De: BBVA.

Procurador: Sr. Félix Miguel Ballenilla Aguilar.

Contra: Ignorados ocupantes de la finca C/ Refino, 20, piso 3, pta. 1.

E D I C T O

En el procedimiento de referencia 1016/18 seguido a instancia de BBVA frente a ignorados ocupantes de la finca C/ Refino, 20, piso 3, pta. 1, se ha dictado sentencia cuyo tenor literal es el siguiente

SENTENCIA NÚM. 175/2018

Juez que la dicta: Doña Dolores Ruiz Jiménez.

Lugar: Málaga.

Fecha: Siete de septiembre de dos mil dieciocho.

Parte demandante: Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A.

Abogado: Don Agustín Placios Muñoz.

Procurador: Don Félix Miguel Ballenilla Aguilar.

Parte demandada: Ignorados ocupantes de la finca C/ Refino, núm. 20, piso 3, pta. 1, de Málaga.

Objeto del juicio: Acción de desahucio por precario.

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador don Félix Miguel Ballenilla Aguilar, en nombre y representación de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A., contra ignorados ocupantes de la finca calle Refino, núm. 20, piso 3, pta. 1, de Málaga, rebeldes, debo declarar y declaro haber lugar al desahucio en precario solicitado por la demandante de la finca sita en C/ Refino, núm. 20, piso 3, pta. 1, de Málaga, condenando a los demandados a que la desalojen y dejen libre y a disposición de la parte actora en el plazo legal, con apercibimiento de lanzamiento de la parte demandada, así como al pago de las costas procesales.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga (artículo 455 LEC). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 458 LEC).

Para la admisión a trámite del recurso previamente deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado de Banco Santander núm. 2933, indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso de apelación seguido del código «02», de conformidad en lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la L.O. 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de ignorados ocupantes de la finca C/ Refino, núm. 20, piso 3, pta. 1, de Málaga, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Málaga, 24 de octubre de 2019.- La Letrada de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

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