Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 43 de 05/03/2019

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 11 de diciembre de 2018, del Juzgado de Primera Instancia núm. Seis de Marbella, dimanante de autos núm. 473/2017. (PP. 358/2019).

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NIG: 2906942C20170003645.

Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 473/2017. Negociado: 03.

E D I C T O

En el presente Juicio Verbal 473/2017, seguido a instancia de la Comunidad de Propietarios Las Cumbres de Elviria-Marbella frente a Kifah Hassan Aldujili y Abdul Rahim Haloob se ha dictado sentencia, que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA Núm. 138/18

En Marbella, a 10 de octubre de 2018.

Vistos por la Ilma. Sra. doña Ana Alonso Llorente, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Seis de los de Marbella y su Partido, los autos de Juicio Verbal núm. 473/2017, seguidos a instancia de Comunidad de Propietarios Las Cumbres de Elviria-Mmarbella, representada por el Procurador don David Lara Martín y asistida del Letrado don Pablo A. González Vicente, contra don Abdul Rahim Haloob y don Kifah Hassan Aldujili, en situación de rebeldía procesal, en ejercicio de la acción de reclamación de cantidad de cuotas de comunidad, ha dictado la presente resolución.

FALLO

Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda interpuesta por el Procurador don David Lara Martín, en nombre y representación de la Comunidad de Propietarios Las Cumbres de Elviria-Marbella, contra don Abdul Rahim Haloob y don Kifah Hassan Aldujili y, en consecuencia:

1. Condeno a la parte demandada a abonar a parte actora la suma de dos mil doscientos noventa y un euros con sesenta y cuatro céntimos de euro (2.291,64 euros), más el interés legal desde la interposición de la demanda, incrementado en dos puntos desde la fecha de la presente resolución.

2. Condeno a la parte demandada al pago de las costas procesales.

Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma no cabe interponer ante este Juzgado recurso de apelación para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Málaga, de conformidad con lo previsto en el art. 455 LEC.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo, doña Ana Alonso Llorente, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Seis de Marbella y su Partido.

Publicacion. Dada, leída y publicada fue la anterior Sentencia por la Ilma. Magistrado Juez que la dictó, estando la misma celebrando audiencia pública en el mismo día de la fecha, de lo que yo, el Letrado de la Administración de Justicia, doy fe.

Y encontrándose dichos demandados, Kifah Hassan Aldujili y Abdul Rahim Haloob, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En Marbella, a once de diciembre de dos mil dieciocho.- La Letrada de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedido, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

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