Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 68 de 09/04/2019

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 4 de diciembre de 2018, del Juzgado de Primera Instancia núm. Tres de Sevilla, dimanante de autos núm. 184/2010. (PP. 3267/2018).

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Procedimiento: Procedimiento Ordinario 184/2010. Negociado: 4.º

De: General Electric Capital Bank, S.A.

Contra: José Manuel Flores Liñán y FL Técnicos Aseguradores, S.L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 184/2010, seguido en el Juzgado de Primera Instancia número Tres de Sevilla, a instancia de General Electric Capital Bank, S.A., contra José Manuel Flores Liñán y FL Técnicos Aseguradores, S.L., sobre, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA núm. 107/14

En Sevilla, a trece de junio de dos mil catorce.

Pronuncia la Ilma. sra. doña Celia Belhadj Ben Gómez, Magistrada-Juez, titular del Juzgado de Primera Instancia número Tres de Sevilla, en el procedimiento de juicio ordinario núm. 184/10, seguido a instancias de General Electric Capital Bank, S.A. (...), contra don José Manuel Flores Liñán y FL Técnicos Aseguradores, S.L., declarados en situación procesal de rebeldía. Sobre reclamación de cantidad.

FALLO

Primero. Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda formulada por el Procurador/a (...), en nombre y representación de General Electric Capital Bank, S.A., contra don José Manuel Flores Liñán y FL Técnicos Aseguradores, S.L., y en consecuencia debo condenar y condeno a estos últimos a abonar a la parte actora solidariamente la cantidad de treinta y ocho mil nueve euros y noventa y tres céntimos –38.009,93 €–, e intereses en el modo dispuesto en el fundamento de derecho cuarto de esta resolución.

Segundo. En cuanto a las costas, serán impuestas a la parte demandada.

Notifíquese en legal forma la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrá interponerse recurso de apelación en el término de veinte días a contar desde su notificación ante este órgano, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 458 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Sevilla.

Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al/a los demandado/s José Manuel Flores Liñán y FL Técnicos Aseguradores, S.L., extiendo y firmo la presente en Sevilla, a cuatro de diciembre de 2018.- El/La Secretario.

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