Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 208 de 27/10/2020

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Deporte

Orden de 22 de septiembre de 2020, por la que se modifica la autorización administrativa del centro docente privado de formación profesional «Cleardent Center» de Jaén. (PP. 2397/2020).

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Visto el expediente tramitado a instancia de don Ismael Cerezo Gilabert, como representante de Hospital Dental de Jaén, S.L., entidad titular del centro docente privado de formación profesional «Cleardent Center», con domicilio en C/. Carmelo Torres, núm. 1, de Jaén, por el que solicita modificar la autorización administrativa con la que cuenta el mismo, por la ampliación de sus enseñanzas en un ciclo formativo de formación profesional de grado superior de Prótesis dentales y la supresión de un ciclo formativo de formación profesional de grado superior de Higiene bucodental, según lo dispuesto en el Decreto 109/1992, de 9 de junio.

Resultando que el citado centro, con código 23009456, tiene autorización para impartir un ciclo formativo de formación profesional de grado medio de Cuidados auxiliares de enfermería y tres ciclos formativos de formación profesional de grado superior (dos de Higiene bucodental y uno de Prótesis dentales).

Resultando que en el expediente de modificación de la autorización han recaído informes favorables del Servicio de Inspección de Educación de la Delegación Territorial de Educación, Deporte, Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación de Jaén y de la Gerencia Provincial de la Agencia Pública Andaluza de Educación.

Visto la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE del 4), reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (BOE del 4), de Educación; la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre (BOE del 10), para la mejora de la calidad educativa; la Ley 17/2007, de 10 de diciembre (BOJA del 26), de Educación de Andalucía; la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE del 2), del Procedimiento administrativo común de las administraciones públicas; el Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero (BOE del 12 de marzo), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan las enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria; el Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio (BOE del 30), por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo; el Real Decreto 1687/2011, de 18 de noviembre (BOE del 16 de diciembre), por el que se establece el título de Técnico Superior en Prótesis dentales y se fijan sus enseñanzas mínimas; la Orden de 11 de marzo de 2013 (BOJA del 23 de abril), por la que se desarrolla el currículo correspondiente al título de Técnico Superior en Prótesis dentales; el Decreto 436/2008, de 2 de septiembre (BOJA del 12), por el que se establece la ordenación y las enseñanzas de la formación profesional inicial que forma parte del sistema educativo; el Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA del 20), sobre autorizaciones de centros docentes privados, para impartir enseñanzas de régimen general, y demás normas de vigente aplicación.

En su virtud y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

DISPONGO

Primero. Conceder la modificación de la autorización de enseñanzas solicitada, al centro docente privado de formación profesional «Cleardent Center», código 23009456 y domicilio en C/ Carmelo Torres, núm. 1, de Jaén, cuyo titular es Hospital Dental de Jaén, S.L., que, como consecuencia de ello, queda con la configuración de enseñanzas que se describe a continuación:

a) Ciclo formativo de formación profesional de grado medio:

Cuidados auxiliares de enfermería (impartido en turno de tarde):

Núm. de ciclos: 1.

Grupos: 1.

Puestos escolares: 30.

b) Ciclos formativos de formación profesional de grado superior:

Higiene bucodental (impartido en turno de mañana):

Núm. de ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

Prótesis dentales (impartidos en doble turno):

Núm. de ciclos: 2.

Grupos: 4.

Puestos escolares: 120.

Segundo. El centro no podrá superar el número de puestos escolares fijado para el mismo.

Tercero. Del contenido de la presente Orden se dará traslado al Registro de centros docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el Registro de centros docentes.

Cuarto. La presente autorización surtirá efectos a partir del curso 2020/2021, pues tal como previene el artículo 39.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, excepcionalmente, podrá otorgarse eficacia retroactiva a los actos cuando produzcan efectos favorables al interesado, siempre que los supuestos de hecho necesarios existieran ya en la fecha a que se retrotraiga la eficacia del acto y ésta no lesione derechos o intereses legítimos de otras personas.

Quinto. La entidad titular del centro remitirá a la Delegación Territorial de Educación, Deporte, Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación de Jaén la relación del profesorado del mismo con indicación de su titulación respectiva.

Sexto. Dicho centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente orden.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Educación y Deporte, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 22 de septiembre de 2020

FRANCISCO JAVIER IMBRODA ORTIZ
Consejero de Educación y Deporte
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