Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 142 de 26/07/2021

1. Disposiciones generales

Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible

Extracto de la Orden de 14 de julio de 2021, por la que se convocan para el ejercicio 2021 las ayudas previstas en la Orden de 5 de septiembre de 2018, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas a los Consejos Reguladores para la mejora de la gestión y del control de las denominaciones de origen e indicaciones geográficas protegidas de Andalucía.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00196165.

BDNS (Identif): 575332 y 575333

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el Extracto de la Convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en el presente BOJA y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

Primero. Se convocan para el ejercicio 2021, en la modalidad de concesión en régimen de concurrencia no competitiva, las siguientes líneas de subvenciones previstas en la Orden de 5 de septiembre de 2018, por las que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas a los Consejos Reguladores, para la mejora de la gestión y del control de las denominaciones de origen geográficas protegidas de Andalucía, modificada por la Orden de 29 de junio de 2021, en la cuantía total máxima que se especifica, y con cargo a los créditos presupuestarios que se indican.

Línea 1. Ayudas a la acreditación de los Consejos Reguladores como órganos de control o para su integración en órganos de control creados a iniciativa de varios consejos reguladores.

Línea 2. Ayudas a la mejora de la gestión de los consejos reguladores.

La partida presupuestaria con cargo a la cual se concederán las subvenciones anteriormente reseñadas es:

2021: 1300010000G/71E/74200/00 2017000144

Con un presupuesto total: trescientos mil euros (300.000 €), con la siguiente distribución por líneas:

Línea 1: 150.000 €.

Línea 2: 150.000 €.

Segundo. Beneficiarios.

1. De la linea 1: Serán beneficiarios los Consejos Reguladores de denominaciones de calidad cuyo ámbito territorial no exceda el de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en los que en el momento de presentar la solicitud, el control se efectúe por la Consejería competente en materia agraria y pesquera a través de los órganos de control de las denominaciones o indicaciones, los cuales serán tutelados específicamente para este fin por dicha Consejería, debiendo cumplir lo establecido en la norma UNE-EN ISO/IEC 17065 o norma que la sustituya.

Los Consejos Reguladores que hayan iniciado la acreditación conforme a la presente orden podrán continuar con el proceso de acreditación hasta completar el plazo máximo de cuatro años.

Serán también beneficiarios aquellos Consejos Reguladores de reciente creación que opten por la acreditación de sus alcances como órganos de control o para su integración en órganos de control creados a iniciativa de varios Consejos Reguladores.

2. De la línea 2: Podrán solicitar las subvenciones objeto de las presentes bases reguladoras las siguientes entidades:

1. Los Consejos Reguladores de denominaciones de calidad con sede social en la Comunidad Autónoma de Andalucía cuya verificación del cumplimiento del pliego de condiciones, antes de la comercialización del producto, se realice por:

a) Un órgano de control propio de la denominación o indicación, acreditado en el cumplimiento de la norma UNE-EN ISO/IEC 17065 o norma que la sustituya.

b) Un organismo independiente de control.

c) Un órgano de control creado a iniciativa de varios Consejos Reguladores, debiendo cumplir los requisitos exigibles a los organismos independientes de control.

d) Un órgano de control de otro Consejo Regulador, debiendo cumplir los requisitos exigibles a los organismos independientes de control.

2. Consejos Reguladores de carácter suprautonómico que efectúen el control bajo tutela de la autoridad competente y que tengan la sede social en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Tercero. Objeto.

Línea 1. La mejora de los sistemas de control de las denominaciones de origen protegidas e indicaciones geográficas protegidas de Andalucía.

Línea 2. La mejora de la gestión de los registros de las denominaciones de origen protegidas e indicaciones geográficas protegidas de Andalucía.

Cuarto. Bases reguladoras.

Orden de 5 de septiembre de 2018, por las que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas a los Consejos Reguladores, para la mejora de la gestión y del control de las denominaciones de origen e indicaciones geográficas protegidas de Andalucía (BOJA núm. 177, de 12 de septiembre de 2018), modificada por la Orden de 29 de junio de 2021 (BOJA núm. 128, de 6 de julio de 2021).

Quinto. Importe máximo por beneficiario.

El importe máximo por persona beneficiaria en cada una de las lineas de ayuda son los siguientes:

Línea 1: La cuantía máxima de la ayuda solicitada para las cuatro anualidades será de 23.000 euros debiendo repartirse a lo largo del periodo máximo de cuatro años conforme a la justificación del gasto presentada en función de la evolución de la acreditación.

Línea 2: La cuantía máxima será de ocho mil euros (8.000€).

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de las solicitudes de ayuda será el periodo comprendido entre el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el 7 de septiembre de 2021.

Séptimo. Otros datos.

Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el presente Boletín Oficial de la Junta de Andalucía junto con la convocatoria. Asimismo, estos formularios, podrán obtenerse en el Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Junta de Andalucía, en la siguiente dirección electrónica:

https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/14179/como-solicitar.html

Sevilla, 14 de julio de 2021

Ana María Corredera Quintana

Viceconsejera de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible

Por delegación de firma de la Consejera: Orden de 28.5.2019 (BOJA 106, de 5.6.2019)

Descargar PDF