Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 244 de 22/12/2021

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo

Resolución de 14 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo, por la que se reajustan las anualidades y se modifica la distribución del crédito de la convocatoria de 2021, de las subvenciones públicas previstas en la Orden de 5 de mayo de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas, en régimen de concurrencia competitiva, para la financiación de planes de formación dirigidos a la capacitación para el desarrollo de las funciones relacionadas con el diálogo social y la negociación colectiva, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

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Por Orden de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, de 5 de mayo de 2021, se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas, en régimen de concurrencia competitiva, para la financiación de planes de formación dirigidos a la capacitación para el desarrollo de las funciones relacionadas con el diálogo social y la negociación colectiva, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Mediante Resolución de 9 de junio de 2021, de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo, se convocaron para el año 2021 las subvenciones públicas previstas en la Orden de 5 de mayo de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas, en régimen de concurrencia competitiva, para la financiación de planes de formación dirigidos a la capacitación para el desarrollo de las funciones relacionadas con el diálogo social y la negociación colectiva, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

El apartado primero del resuelve cuarto de la mencionada resolución contempla las disponibilidades presupuestarias existentes para la concesión de estas subvenciones, destinando un total de un millón setecientos cincuenta y cinco mil ciento sesenta y nueve euros (1.755.169,00 euros), con cargo a los créditos del presupuesto de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo, para la anualidad 2021. Asimismo, el artículo 11 de la resolución, en relación con el artículo 19.5 de las bases reguladores, establecen una secuencia de pago conforme a la cual el gasto subvencional se imputaría en su totalidad al ejercicio 2021.

Finalizado el plazo de alegaciones a la Propuesta Provisional establecido en el artículo 15 de la Orden 5 de mayo de 2021, y con la finalidad de adaptar las disponibilidades presupuestarias a las necesidades existentes, dado el carácter estimativo del reparto inicialmente establecido en la resolución de convocatoria, y teniendo en cuenta la secuencia de pago establecida en el artículo 19.3 de la Orden 5 de mayo de 2021, se hace necesario realizar una modificación en la distribución de los créditos inicialmente aprobados para ajustarnos a la planificación prevista del gasto, distribuyendo el crédito entre los ejercicios económicos 2021-2022.

Como resultado de lo anterior, la cantidad que se propone conceder a los beneficiarios provisionales de esta subvención asciende a 1.516.665,33 euros, importe que en ningún caso podrá sufrir alteración al alza, dado que el plazo establecido para presentar alegaciones ya ha finalizado. Este importe se distribuirá en los ejercicios económicos 2021-2022.

Por su parte, la Orden de 6 de abril de 2018, por la que se regula el procedimiento de gestión presupuestaria del gasto público derivado de las subvenciones otorgadas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus agencias administrativas y de régimen especial, en su artículo 5.2, prevé que la modificación de la distribución inicialmente aprobada, que vendrá motivada por razones de interés público ajustadas a la normativa en vigor y, en su caso, a las bases reguladoras, requerirá la tramitación del correspondiente expediente de reajuste de anualidades. Este reajuste no precisará la modificación de las convocatorias.

En virtud de lo anterior, y en uso de las competencias atribuidas en el artículo 23 de la Orden de 5 de mayo de 2021,

RESUELVO

Primero. Reajustar las anualidades de los créditos asignados para la convocatoria de 2021 de las subvenciones públicas para la financiación de planes de formación dirigidos a la capacitación para el desarrollo de las funciones relacionadas con el diálogo social y la negociación colectiva, establecidas en el apartado primero y cuarto del resuelve cuarto de la Resolución de 9 de junio de 2021, de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo, resultando las siguientes cuantías máximas por anualidades:

Anualidad Total crédito presupuestario Partida presupuestaria
2021 758.332,67 euros 1000180000/G/32D/48302/00 S0534
2022 758.332,66 euros 1000180000/G/32D/48302/00 S053

Segundo. Disponer la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para su general conocimiento.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición ante este mismo órgano en el plazo de un mes, conforme a lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente en el plazo de dos meses recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 14 de diciembre de 2021.- El Director General, Joaquín Pérez Blanes.

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