Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 93 de 18/05/2021

1. Disposiciones generales

Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local

Extracto de la Resolución de la Dirección General de Administración Local, por la que se convocan para el año 2021, las subvenciones previstas en la Orden de 19 de abril de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades locales, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la adquisición de equipamiento y a la realización de actuaciones en edificios, edificaciones e instalaciones de titularidad pública, dentro del ámbito del Plan de Cooperación Municipal.

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Número de Identificación de la Base de Datos Nacional de Subvenciones: 563415.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA:

Primero. Convocatoria.

Se convoca para el ejercicio 2021, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de las subvenciones previstas en la Orden de 19 de abril de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades locales, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la adquisición de equipamiento y a la realización de actuaciones en edificios, edificaciones e instalaciones de titularidad pública, dentro del ámbito del Plan de Cooperación Municipal.

Dichas subvenciones se concederán con cargo al crédito presupuestario consignado en la siguiente posición presupuestaria del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 2021:

0900.01.00.00 G/81A/76500/00 Proyecto de inversión 2016001842

Segundo. Beneficiarios.

Podrán solicitar las subvenciones objeto de la presente convocatoria las entidades locales, municipios y entidades locales autónomas de la Comunidad Autónoma de Andalucía, con población inferior a 20.000 habitantes.

Tercero. Objeto.

Con esta línea de ayudas se podrán financiar todas aquellas actuaciones de inversión que, con el fin último de mejorar los servicios que se prestan a la ciudadanía, tengan por objeto:

1. La adquisición de cualquier equipamiento o maquinaria necesaria para la correcta prestación de los servicios públicos de su competencia.

2. La realización de obras y trabajos de los definidas en el Anexo I de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, en edificios, edificaciones y otras instalaciones de titularidad pública, así como en cualesquiera otros inmuebles de titularidad pública, incluso en aquellos de carácter patrimonial que sean susceptibles de ser orientados para la realización de actuaciones que contribuyan al fomento económico y social de la entidad local.

3. La contratación de estudios de inversión relacionados con planes a desarrollar en la entidad local, vinculados a la prestación de servicios públicos de su competencia.

4. La realización de cualquier actuación de inversión que promueva e incentive la actividad económica y la generación de empleo en la entidad local o cualesquiera actividades que contribuya a la consolidación de cualquier sector económico estratégico local para el desarrollo sostenible del territorio correspondiente, aprovechando la potencialidad de sus variables endógenas.

Cuarto. Bases reguladoras.

La presente convocatoria se rige por las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades locales en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la adquisición de equipamiento y a la realización de actuaciones en edificios, edificaciones e instalaciones de titularidad pública, dentro del ámbito del Plan de Cooperación Municipal, aprobadas por la Orden de 19 de abril de 2021 (BOJA núm. 78, de 27 de abril).

Quinto. Cuantías.

Esta línea de subvenciones está dotada con la cuantía máxima que se indican a continuación para el siguiente crédito presupuestario:

0900.01.00.00 G/81A/76500/00 Proyecto de inversión 2006001842 2.500.000,00 €

Se fija como importe máximo a conceder a cada entidad local la cantidad de 30.000 euros, con los demás requisitos concretos establecidos en las bases reguladoras.

La cuantía total máxima destinada a financiar esta subvención se ha asignado entre los distintos ámbitos territoriales establecidos en la Orden de 19 de abril de 2021 de acuerdo con la siguiente distribución:

PROVINCIAS CRÉDITO ASIGNADO
ALMERÍA 331.978
CÁDIZ 135.500
CÓRDOBA 250.678
GRANADA 582.656
HUELVA 250.678
JAÉN 338.753
MÁLAGA 301.491
SEVILLA 308.266
TOTAL 2.500.000

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días naturales a partir del día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del extracto de la presente resolución previsto en el artículo 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Séptimo. Otros datos.

Los formularios que se utilizarán en la tramitación de la convocatoria estarán disponibles, se cumplimentarán y presentarán telemáticamente, a través de la Oficina Virtual de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local, en la siguiente dirección electrónica:

https://juntadeandalucia.es/organismos/turismoregeneracionjusticiayadministracionlocal/servicios/procedimientos/detalle/24451/datos-basicos.html

Sevilla. El Director General de Administración Local, Joaquín José López-Sidro Gil.

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