Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 134 de 14/07/2022

3. Otras disposiciones

Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio

Resolución de 27 de junio de 2022, de la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Sevilla, por la que se acuerda la admisión a trámite de la formulación e impulso de la Modificación del Plan Especial del «Centro integral de tratamiento de residuos urbanos Montemarta-Cónica», en Sevilla.

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Resolución de la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Sevilla, sobre la admisión a trámite de la formulación e impulso de la Modificación del Plan Especial del «Centro integral de tratamiento de residuos urbanos Montemarta-Cónica».

De conformidad con lo previsto en los artículos 2.1.d), 75.2.a) de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de Impuso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía, en virtud de la competencia atribuida por el art. 13.3.b) y la disposición adicional tercera del Decreto 36/2014, de 11 de febrero, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo, es el titular de la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Sevilla, el órgano competente para la instrucción e impulso del procedimiento, siendo competente para adoptar el presente acuerdo.

Expediente: TIP/2022/000417.

Asunto: Modificación del Plan Especial «Centro integral de tratamiento de residuos urbanos Montemarta-Cónica».

Promotor: Aborgase, S.A.

Municipio: Alcalá de Guadaíra.

Estado del procedimiento: Resolución de admisión a trámite del titular de la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Sevilla de fecha 27.6.2022.

ANTECEDENTES DE HECHOS

Primero. El 3 de abril de 2014 la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo aprobó definitivamente el Plan Especial del «Centro integral de tratamiento de residuos urbanos Montemarta-Cónica», en el municipio de Alcalá de Guadaíra, Sevilla.

Con fecha 29 de abril de 2022 tuvo entrada en el Registro General de la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio de Sevilla solicitud de don Agustín Martínez de la orden en representación de Abonos Orgánicos Sevilla, S.A., para la tramitación de la modificación del plan especial citado anteriormente.

Segundo. El objeto de la modificación del plan especial es, según se cita en el documento presentado, la siguiente:

«La actividad del Centro está en uso desde 1990 como vertedero controlado de residuos urbanos y a partir de 1997 se amplió la actividad mediante la implantación de la Planta de Reciclaje de RSU con Producción de Compost de la Mancomunidad de los Alcores constituyéndose en el Centro de Tratamiento de Residuos Sólidos Montemarta-Cónica, pasando el Vertedro Controlado a realzar las funciones de apoyo a la planta, todo ello con buena capacidad de gestión para todos los municipios integrantes de la UTG N2, dado respuesta el conjunto de instalaciones al Plan Director Provincial de Gestión de Residuos Sólidos que no plantea la necesidad de crear nuevas intalaciones de tratamiento...

Hasta el día de hoy, el Centro sigue prestando el servicio a la Mancomunidad de los Alcores, en virtud del acuerdo de Prorrogar la concesión existente…»

El plan especial aprobado con fecha 3 de abril de 2014 establecía en la memoria de información y en la justificativa un periodo de vigencia que se dividía en dos etapas, una primera, para la explotación de la actividad, de 4 años de duración, pudiendo ser ampliado, y otra segunda, de 30 años para la vigilancia, control y mantenimiento del centro.

El modificado de plan especial tiene por objeto establecer en ambos apartados un periodo de vigencia, para la etapa de la explotación y para la de postclausura, vinculado a la duración de la actividad.

Tercero. La entidad promotora está ejerciendo actividad sobre los terrenos sitos en el t.m. de Alcalá de Guadaíra, siendo los datos generales de la actividad los que a continuación se indican:

Actividades principales: Tratamiento de residuos urbanos.

Autorización Ambiental Integrada con expediente número AAI/SE/045.

Nombre de la instalación: Centro de Tratamiento de Residuos Sólidos Montemarta-Conica.

Emplazamiento: Ctra. Don Rodrigo, s/n.

Actividad principal: 5.4. (Vertedero de todo tipo de residuos que reciban más de 10 tn/día o que tengan una capacidad de más de 25.000 tn con exclusión de los vertederos de residuos inertes).

Código CNAE: 90002.

Código NOSE-P: 109.06.

Capacidad máxima de gestión 2.000 t/d.

Número de Registro Industrial: 32.395.

Año de inicio de la actividad: 1990.

Las instalaciones se encuentran dentro de la finca Montemarta-Cónica del término municipal de Alcalá de Guadaíra, provincia de Sevilla. El acceso a la finca desde la red principal de carreteras se realiza a partir del p.k. 563 de la carretera Nacional Madrid-Sevilla-Cádiz (N-IV), por la carretera autonómica A-8.029 denominada «de la estación de Don Rodrigo», y a través del camino público denominado «Vereda de la Armada», desde el cual existen dos accesos al recinto por su lado oeste.

La instalación se ubica en una parcela de 158,16 Ha en un suelo no urbanizable.

Las coordenadas UTM de la instalación son:

X = 244.327.

Y = 4.123.740.

Huso = 30.

Se sitúa en las hojas del Mapa Topográfico Nacional a escala 1/25.000, núm. 1.002, y a escala 1/10.000, núm. F100243.

La instalación se encuentra rodeada de terreno agrícola en sus alrededores. La zona residencial más cercana se encuentra a 7 km.

El estudio hidrogeológico previo a la ubicación del vertedero realizado por el Instituto Geológico Minero de España en julio de 1988, especifica que el terreno es de baja permeabilidad y escasa transmisividad y existe nulo o escaso número de puntos de acuíferos en los alrededores de la finca.

El ámbito del plan especial no pertenece a ningún espacio natural protegido.

Las instalaciones prestan servicio de tratamiento de residuos a la Mancomunidad de los Alcores, compuesta por los municipios de Alcalá de Guadaíra, Mairena del Alcor, El Viso del Alcor y Carmona.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Dado que se trata de una modificación de un plan especial vigente, aprobado conforme a la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, en aplicación de los apartados 1 y 3 de la disposición transitoria segunda de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de Impuso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía, el documento debe ajustarse al contenido, disposición y procedimiento de esta última.

Segundo. Las instalaciones prestan servicio de tratamiento de residuos a la Mancomunidad de los Alcores, compuesta por los municipios de Alcalá de Guadaíra, Mairena del Alcor, El Viso del Alcor y Carmona. Debe entenderse por tanto, comprendida entre las actividades de incidencia supralocal previstas por el artículo 2.1.d) de la LISTA. Por ello, en virtud de lo establecido en el artículo 75.2.a) de la misma ley, corresponde a la Consejería competente en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo tramitar y aprobar definitivamente esta modificación de plan especial. Y en aplicación del Decreto 36/2014, de 11 de febrero, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo, corresponde a esta Delegación Territorial tramitar y aprobar el documento.

La tramitación de la modificación del plan especial se llevará a cabo de conformidad con lo regulado en los artículos 76, 77 y 78 de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía. Y la documentación del Plan Especial deberá ser la señalada en el artículo 62 de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía.

La aprobación definitiva corresponde a la Comisión Territorial de Ordenación Urbanística de Andalucía, de conformidad con el artículo 12.1.h) del Decreto 36/2014,  de 11 de febrero, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

Tras la aprobación definitiva, el Plan Especial se depositará e inscribirá en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de los Bienes y Espacios Catalogados, así como en el registro administrativo municipal, y se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, según lo dispuesto en los artículos 82 y 83  de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía. Asimismo, tras su publicación en el BOJA, el contenido íntegro de este documento urbanístico deberá estar disponible en el Sistema de Información Territorial y Urbanística de Andalucía SITUA.

Tercero. En relación al rango de disposición administrativa de carácter general de los instrumentos urbanísticos, según reiterada y pacífica jurisprudencia (a partir de la Sentencia del Tribunal Supremo de 8 de mayo de 1968) y de conformidad con el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con carácter previo a la aprobación inicial deberá sustanciarse una consulta pública, a través del portal web de la Junta de Andalucía, con el objeto de recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la presente disposición de carácter general.

Cuarto. En virtud del artículo 40 de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, el presente Plan Especial quedará sometido al trámite de evaluación ambiental estratégica. El órgano responsable de la tramitación administrativa del plan solicitará el inicio de la misma.

Quinto. La documentación de la Modificación del Plan Especial del «Centro integral de tratamiento de residuos urbanos Montemarta-Cónica» se ajusta al contenido establecido recogido en el artículo 62 de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía.

De acuerdo con lo anterior y el informe emitido por el Servicio de Urbanismo con fecha 15.6.2022,

RESUELVO

Primero. Admitir a trámite la Modificación del Plan Especial del «Centro integral de tratamiento de residuos urbanos Montemarta-Cónica» en el municipio de Alcalá de Guadaíra, Sevilla.

Segundo. El objeto de la Modificación del Plan Especial de referencia es la de establecer un nuevo plazo de vigencia del mismo, más allá del inicialmente establecido, en cuanto que el plan ya recogía esta posibilidad.

Tercero. Tras esta admisión a trámite, por la persona titular de la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Sevilla, se formulará una consulta pública, a través del portal web de la Junta de Andalucía en la que se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por el plan especial. Igualmente, el Servicio de Urbanismo de la Delegación Territorial Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Sevilla, solicitará la evaluación ambiental estratégica.

Cuarto. La aprobación inicial y provisional del Plan Especial corresponderá a la persona titular de la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Sevilla.

Tras la aprobación inicial, el documento será sometido al trámite de Información Pública. Igualmente, dará audiencia al Ayuntamiento afectado y se requerirán los informes de los órganos y entidades administrativas gestores de intereses públicos afectados, previstos legalmente como preceptivos.

Tras la aprobación provisional, se requerirá a los órganos y entidades administrativas gestores de intereses públicos afectados cuyo informe tenga carácter vinculante, para que a la vista del documento y del informe emitido previamente, verifiquen o adapten, si procede, el contenido de dicho informe.

Quinto. La aprobación definitiva corresponde a la Comisión Territorial de Ordenación Urbanística de Andalucía, de conformidad con el artículo 12.1.h) del Decreto 36/2014, de 11 de febrero, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo. Tras la aprobación definitiva la Modificación Plan Especial se depositará e inscribirá en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de los Bienes y Espacios Catalogados, así como en el registro administrativo municipal, y se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, según lo dispuesto en los artículos de la LISTA. Asimismo, tras su publicación en el BOJA, el contenido íntegro de este documento urbanístico deberá estar disponible en el Sistema de Información Territorial y Urbanística de Andalucía, SITUA.

Sexto. La presente resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Séptimo. Notificar al promotor y al ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra el contenido de la presente resolución adoptada a la fecha de la firma digital, de conformidad con el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Sevilla, 27 de junio de 2022.- La Delegada, Susana Rocío Cayuelas Porras.

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