Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 219 de 15/11/2022

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos

Orden de 9 de noviembre de 2022, por la que se delega la firma de los convenios a que se refiere el artículo 11 del Decreto 332/2011, de 2 de noviembre, por el que se crea el Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía.

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El Capítulo V del Título I del Libro Primero de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, se dedica al recurso especial en materia de contratación como medio de impugnación de determinadas actuaciones realizadas en materia de contratación pública.

El Decreto 332/2011, de 2 de noviembre, creó el Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía, al que se le atribuye, en el ámbito de la Administración de la Junta de Andalucía y de las entidades instrumentales de la misma que ostenten la condición de poderes adjudicadores, la resolución de los recursos especiales en materia de contratación regulados en la legislación de contratación pública.

En su artículo 11 se establece que el Tribunal Administrativo será competente, previa celebración del oportuno convenio, para resolver los recursos especiales en materia de contratación interpuestos contra los actos dictados en materia de contratación pública por los órganos competentes de las instituciones de autogobierno que en aquel se citan así como de las Universidades Públicas de Andalucía, facultando a la persona titular de la Consejería competente en materia de Hacienda para la suscripción de los referidos convenios.

Se hace preciso, para una mayor agilidad en la tramitación de la firma de los convenios que vayan a suscribirse por esta Consejería al amparo de lo previsto en el artículo 11 anterior, la delegación de la firma de los mismos en la persona titular de la Viceconsejería.

En virtud de cuanto antecede, vistos los artículos 11 del Decreto 332/2011, de 2 de noviembre, el art. 12 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y el art. 108 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,

DISPONGO

Primero. Delegar en la persona titular de la Viceconsejería la firma de los convenios a que se refiere el artículo 11 del Decreto 332/2011, de 2 de noviembre, por el que se crea el Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía.

Segundo. En los convenios que se firmen en virtud de esta delegación se harán constar esta circunstancia y la autoridad delegante. La firma deberá ir precedida de la expresión «por autorización», o su forma usual de abreviatura, con indicación del órgano que autoriza y del órgano autorizado.

Tercero. La presente orden tendrá efectos desde el día de su firma hasta que se acuerde su revocación.

Cuarto. Dar publicidad a la orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para general conocimiento.

Sevilla, 9 de noviembre de 2022

CAROLINA ESPAÑA REINA
Consejera de Economía, Hacienda 
y Fondos Europeos
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