Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 149 de 04/08/2023

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo

Orden de 28 de julio de 2023, por la que se crea el portal de internet específico Preparadas.

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La Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo tiene atribuidas, de conformidad con el artículo 1 del Decreto 155/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, las competencias en materia de formación profesional para el empleo, así como las políticas favorecedoras de la igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral, sin perjuicio de las competencias que, en materia de conciliación de la vida personal, familiar y laboral, correspondan a otra Consejería; promoviendo la mejora de la empleabilidad de las mujeres y de colectivos con especiales dificultades, su seguridad y salud en el trabajo, así como la promoción de la igualdad en el marco de la negociación colectiva.

La disposición adicional vigesimosegunda de la Ley 3/2020, de 28 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2021, creó la Agencia Digital de Andalucía, como agencia administrativa de las previstas en el artículo 54.2.a) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía. La Agencia tiene personalidad jurídica pública diferenciada, plena capacidad jurídica y de obrar, patrimonio y tesorería propios, sin perjuicio del principio de unidad de caja establecido en el artículo 73.b) del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, así como autonomía de gestión para el cumplimiento de sus fines.

El artículo 6 de los Estatutos de la Agencia Digital, aprobados mediante Decreto 128/2021, de 30 de marzo, establece entre sus potestades, fines, funciones y competencias «el análisis, diseño, desarrollo, implantación tecnológica, mantenimiento y evolución de los sistemas de información, aplicaciones informáticas, aplicaciones para cualquier tipo de dispositivos, herramientas de productividad, colaboración, atención, soporte, difusión, comunicación, participación, portales y sedes electrónicas, aplicaciones y usos de la inteligencia artificial, las tecnologías de registro distribuido u otras tecnologías emergentes».

Asimismo, la disposición adicional primera del Decreto 128/2021, de 30 de marzo, adscribe la Sociedad Andaluza para el Desarrollo de las Telecomunicaciones, S.A. (SANDETEL) a la Agencia Digital de Andalucía. SANDETEL es una sociedad mercantil del sector público andaluz de las previstas en el artículo 75 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía. Esta entidad, adscrita a la Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa, actúa como medio propio de la Administración de la Junta de Andalucía, conforme a lo establecido en el artículo 53 bis de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, según el cual «las entidades instrumentales de la Administración de la Junta de Andalucía que reúnan los requisitos establecidos en el apartado 1 de este artículo tendrán la consideración de medio propio de la Administración de la Junta de Andalucía, de sus agencias y demás poderes adjudicadores dependientes de aquella, a los efectos de la ejecución de obras, trabajos y prestación de servicios que se les encomienden».

El Gobierno de España aprueba el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Durante 2021, el Gobierno de España aprueba el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia que se configura como un instrumento promovido a nivel de la Unión Europea orientado a mitigar los impactos de la Pandemia COVID-19, conforme al marco establecido en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

Con la finalidad de hacer efectivas las iniciativas planteadas en el menor tiempo posible, las Administraciones Públicas deben adoptar múltiples medidas, entre las que se encuentran la adaptación de los procedimientos de gestión y el modelo de control, junto a la configuración y desarrollo de un sistema de gestión que facilite la tramitación eficaz de las solicitudes de desembolso a los Servicios de la Comisión Europea, conforme a los estándares requeridos, tanto desde el punto de vista formal como operativo.

Dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, programa español de inversiones públicas y reformas para los años 2021 a 2023 en el marco de los objetivos generales del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia (MRR), del Fondo de Recuperación y Resiliencia Next Generation EU destinado a abordar las consecuencias económicas y sociales de la pandemia provocada por la COVID-19, se encuadra la séptima política tractora: Educación y conocimiento, formación continua y desarrollo de capacidades, la cual, a su vez, se desagrega en los componentes 19 (Plan Nacional de Competencias Digitales (digital skills), 20 (Plan estratégico de impulso de la Formación Profesional) y 21 (Modernización y digitalización del sistema educativo, incluida la educación temprana de 0 a 3 años).

El componente 19 tiene como objetivo garantizar la formación e inclusión digital de la ciudadanía y las personas trabajadoras, no dejando a nadie atrás en el proceso de transformación digital de la sociedad y la economía. Se dirige así al conjunto de la población, y pone especial atención al cierre de la brecha de género y al impulso de la formación en las zonas en declive demográfico.

Para ello, el componente se articula a través del Plan Nacional de Competencias Digitales, que constituye a su vez uno de los principales planes de la agenda digital del Gobierno de España (España Digital 2025).

Así, el componente se vertebra en cuatro ejes de actuación que actúan sobre un conjunto de retos abordar: (i) la formación digital transversal para la ciudadanía (ciudadanía digital), con énfasis en la capacitación digital de mujeres y niñas, para que todas las personas puedan, entre otras acciones, comunicarse, comprar, realizar transacciones o relacionarse con las Administraciones utilizando las tecnologías digitales con autonomía y suficiencia; (ii) el desarrollo de competencias digitales para la educación, desde la digitalización de la escuela hasta la universidad, pasando por la Formación Profesional; (iii) la formación en competencias digitales a lo largo de la vida laboral (upskilling y reskilling, tanto de las personas desempleadas como empleadas), con foco en el desarrollo de competencias digitales para las pymes; y (iv) el fomento de especialistas de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (en adelante, TIC).

En el citado Componente 19 se desarrollaría la inversión 3 (C19.I3) Competencias Digitales para el Empleo. Dentro de la referida inversión, se encuadra el subproyecto C19I3S1P1, «Mejora de las capacidades digitales para personas desempleadas para impulsar el emprendimiento y el desarrollo rural y reducir la brecha de género. MED».

La Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, como responsable de esta inversión, articula, mediante Resolución de 21 de junio de 2022, encargo al medio propio SANDETEL para la mejora de las capacidades digitales para personas desempleadas para impulsar el emprendimiento y el desarrollo rural y reducir la brecha de género (MED) por importe de 30.680.807,00 euros.

Para llevar a cabo esta inversión es imprescindible darle soporte técnico mediante la creación de un portal propio y específico y que se constituye de conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 16 del Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración electrónica, simplificación de procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía, tras recepción del informe preceptivo y vinculante de la Consejería competente en materia de dirección, impulso y gestión de la política digital en lo concerniente a las nuevas tecnologías aplicadas al Gobierno Abierto, actual Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa de la Junta de Andalucía, como favorable.

Este portal, denominado Preparadas, dará soporte a la inversión, que se articula a través de un programa de capacitación digital presencial dirigido de forma específica a desarrollar las habilidades para la empleabilidad y el emprendimiento digital entre mujeres, preferentemente desempleadas y residentes en zonas rurales de Andalucía.

En relación con lo anterior, en base a criterios de proximidad al público al que va dirigida la inversión, así como al cumplimiento de las obligaciones establecidas por el Sistema de Gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, con el informe favorable de la Agencia Digital de Andalucía, y de conformidad con el artículo 21 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y el artículo 16 del Decreto 622/2019, de 27 de diciembre,

DISPONGO

Primero. Creación.

Mediante esta orden se crea el portal de internet específico Preparadas.

Segundo. Objeto y ámbito de aplicación.

El portal de internet específico Preparadas tiene por objeto hacer de puerta de entrada a la participación por parte de las mujeres desempleadas andaluzas en el programa de capacitación digital a desarrollar a través del subproyecto C19I3S1P1 incardinado en la medida C19I3 «Mejora de las capacidades digitales para personas desempleadas para impulsar el emprendimiento y el desarrollo rural y reducir la brecha de género. MED» del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Igualmente, este portal tiene por objeto servir de soporte a la gestión, desarrollo y seguimiento del programa formativo.

Tercero. Dominio.

El portal de internet específico Preparadas se configura como una dirección electrónica disponible a través de redes de telecomunicaciones cuya titularidad, gestión y administración corresponde a la Agencia Digital de Andalucía y a la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo.

La dirección electrónica de referencia del portal será: https://preparadas.es

Cuarto. Titularidad.

La titularidad del portal corresponde a la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo, de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, que será la entidad responsable de su funcionamiento, así como de la información y servicios que se presten mediante el mismo.

Quinto. Estructura.

El portal se estructura como una zona pública destinada a dar a conocer el programa formativo entre las mujeres objetivo y sus vías de participación, y una zona privada destinada a la organización y ejecución de las acciones formativas y custodia de la información que permita dar cumplimiento a los requisitos que se establecen en la inversión.

Sevilla, 28 de julio de 2023

ROCÍO BLANCO EGUREN
Consejera de Empleo, Empresa 
y Trabajo Autónomo
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