Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 30 de 14/02/2023

3. Otras disposiciones

Consejería de Turismo, Cultura y Deporte

Orden de 7 de febrero de 2023, por la que se crea el portal de internet específico para le web informativa del proyecto Red Transfronteriza de Ciclosenderos en el Algarve, Alentejo, Andalucía y Extremadura «Ciclosend_Sur».

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El Acuerdo de 27 de julio de 2010, del Consejo de Gobierno, por el que se autoriza la creación de la Sociedad Mercantil del Sector Público Andaluz «Empresa Pública para la Gestión del Turismo y del Deporte de Andalucía, S.A.» mediante la fusión de las entidades «Turismo Andaluz, S.A.» y «Empresa Pública de Deporte Andaluz, S.A.» establece en su punto tercero que constituye el objeto de esta sociedad la realización de actividades y servicios tendentes a la mejora y crecimiento de la industria turística y del deporte, a cuyo fin desarrolla, entre otras, acciones dirigidas a la producción y la distribución de la información que favorezca al desarrollo turístico o deportivo y a la realización de las acciones promocionales en colaboración y coordinación con otras entidades, públicas o privadas, que tengan análogos fines, en el marco de la política turística o deportiva general.

En este marco competencial, con fecha 29 de abril de 2021, fue aprobado el proyecto «Ciclosend_Sur» por acuerdo entre la Autoridad de Gestión del Programa de Cooperación Interreg V-A España- Portugal (POCTEP) 2014-2020, representado por la Subdirección General de Cooperación Territorial Europea y la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, representada por la Agencia de Obra Pública de la Junta de Andalucía. Conforme al formulario de candidatura de este proyecto, junto a la Agencia de Obra Pública, figura como beneficiario la Empresa Pública para la Gestión del Turismo y del Deporte de Andalucía, S.A., de la Junta de Andalucía, entidad que coordina la Actividad 6 «Comunicación». Entre los objetivos de esta actividad, está la de dar a conocer la existencia del proyecto y de la Red Transfronteriza de Ciclosenderos España–Portugal Zona Sur mediante acciones dirigidas a profesionales del cicloturismo y del turismo activo, así como a la población local, como usuarios de las rutas ciclo peatonales integradas en la red.

El importe total del proyecto es de 7.846.833,34 euros, con una tasa de cofinanciación 75%, siendo el importe de la ayuda del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) de 5.885.125 euros.

El Proyecto Ciclosend_Sur pretende mejorar la conexión territorial entre las regiones de Andalucía, Algarve, Alentejo y Extremadura; potenciando y creando diferentes rutas ciclo peatonales, tratando el territorio como un continuo, sin fronteras, con el objetivo de facilitar una movilidad local sostenible y el desarrollo de una actividad turística responsable y respetuosa con el medio ambiente y la población local.

Así, este proyecto permitirá identificar una red de itinerarios no motorizados como recursos ecoturísticos transfronterizos, y propondrá un plan de acción para su ampliación y mejora. Con ello, se promoverá la conservación, valorización y dinamización socioeconómica del territorio, implicando al tejido empresarial en esta propuesta de turismo sostenible.

Para cumplir con el objetivo general que plantea el proyecto Ciclosend_Sur, se pretende desarrollar esta herramienta con la creación del nuevo portal específico: Web informativa del proyecto «Ciclosend_Sur».

El acceso de todas las personas a la información pública se configura como un derecho recogido en el artículo 105.b) de la Constitución Española, en los términos previstos en su normas de desarrollo, la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía. Dicho derecho de acceso se configura legalmente como la posibilidad de acceder a la información pública que obre en poder de las entidades sujetas al ámbito de dichas leyes de transparencia, con seguridad sobre su veracidad y sin más requisitos que los establecidos en la mismas.

El Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración electrónica, simplificación de procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía, define como punto de acceso electrónico el conjunto de páginas web agrupadas en un dominio de Internet cuyo objetivo es ofrecer a la ciudadanía, de forma fácil e integrada, el acceso a la información y los recursos y servicios disponibles, y los regula clasificándolos en tres tipos: el Portal de la Junta de Andalucía, los portales de Internet específicos y las sedes electrónicas. En su artículo 16 establece que podrán crearse portales de internet específicos de la Junta de Andalucía, como espacios virtuales en los que difundir de manera más directa la información relativa a una concreta competencia o materia.

En relación con lo anterior, a propuesta de la Secretaría General para el Turismo, y en base a criterios de racionalidad, eficiencia y proximidad a la ciudadanía, con el informe favorable de la Agencia Digital de Andalucía, y de conformidad con el artículo 21 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y el artículo 16 del Decreto 622/2019, de 27 de diciembre.

DISPONGO

Primero. Creación.

Mediante esta orden se crea el portal específico del proyecto Red Transfronteriza de Ciclosenderos en el Algarve-Alentejo-Andalucía-Extremadura «Ciclosend_Sur».

Segundo. Objeto.

El portal específico «Ciclosend_Sur» tiene como objetivo ser el lugar donde se deposita la información sustantiva del proyecto que se pretende comunicar. En el sitio web se ofrecerá documentación de interés del proyecto tanto relativo a sus objetivos, actividades, acciones, cronogramas, agentes implicados, así como a los resultados obtenidos.

El portal se erige en uno de los elementos básicos para lograr el acceso a todos los ámbitos que conforman el partenariado, que ofrece información general del proyecto «Ciclosend_Sur», enlaces externos a las fuentes oficiales y descripción detallada del proyecto en Andalucía, así como para el resto de las regiones implicadas en el mismo y aquellos agentes implicados en el desarrollo del cicloturismo y el senderismo y el público en general.

Tercero. Dominio.

El portal de internet específico del proyecto «Ciclosend-Sur» se configura como una dirección electrónica disponible a través de redes de telecomunicaciones cuya titularidad, gestión y administración corresponde a la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte, a través de la Empresa Pública para la Gestión del Turismo y del Deporte de Andalucía, S.A., como beneficiaria del proyecto.

La dirección electrónica de referencia del portal será: https://ciclosendsur.eu/

Cuarto. Estructura.

1. El portal específico del proyecto «Ciclosend_Sur» es un espacio digital donde se deposita la información sustantiva del proyecto que se pretende comunicar, así como información turística sobre el ámbito territorial por el que discurre la Red Transfronteriza de Ciclosenderos España-Portugal Zona Sur.

2. La web del proyecto «Ciclosend_Sur» se estructura a través de los siguientes apartados: descripción general del proyecto Ciclosend_Sur, de sus principales hitos, proyectos y actividades y de su desarrollo, descripción del ámbito de actuación con sus respectivos ciclosenderos e información sobre la señalización disponible, información sobre conexiones con transporte público, servicios disponibles bike-friendly y noticias y eventos destacados.

Quinto. Prescripciones técnicas.

El portal contendrá información publicada de acuerdo con las prescripciones técnicas que se establezcan reglamentariamente que deberán adecuarse a los siguientes principios:

a) Accesibilidad: se proporcionará información estructurada sobre los documentos y recursos de información con vistas a facilitar la identificación y búsqueda de la información. La información y los servicios incluidos en el portal cumplirán los principios de accesibilidad establecidos en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, el Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre, sobre accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles del sector público, en los términos establecidos en los mismos, y en los dictados por la normativa vigente en esta materia en cada momento.

b) Interoperabilidad: Los contenidos publicados en el portal responderán a los criterios de interoperabilidad que establezcan los Esquemas Nacionales de Interoperabilidad, en los términos establecidos por la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, y en los dictados por la normativa vigente en esta materia en cada momento.

c) Reutilización: Se fomentará que la información sea publicada en formatos que permita su reutilización, de acuerdo con lo previsto en la Ley 37/2007, de 16 de noviembre, sobre reutilización de la información del sector público y en su normativa de desarrollo.

d) Seguridad: El portal dispondrá de sistemas que permitan el establecimiento de medidas de seguridad de acuerdo con lo establecido en Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica, la Resolución de 13 de octubre de 2016, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se aprueba la Instrucción Técnica de Seguridad de conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad, y en su normativa de desarrollo.

Sexto. Publicación.

La presente orden se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 7 de febrero de 2023

CARLOS ARTURO BERNAL BERGUA
Consejero de Turismo, Cultura y Deporte
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