Resolución de 10 de junio de 2025, de la Dirección del Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía, por la que se publica adenda al Convenio de Colaboración entre el Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía y la Diputación Provincial de Granada, sobre el mantenimiento del sistema Callejero Digital de Andalucía Unificado y sobre acceso, intercambio de información y reutilización de otros productos, infraestructuras de información y servicios cartográficos.
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Con fecha 6 de junio de 2025 se ha suscrito adenda al Convenio de Colaboración entre el Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía y la Diputación Provincial de Granada, sobre el mantenimiento del sistema Callejero Digital de Andalucía Unificado y sobre acceso, intercambio de información y reutilización de otros productos, infraestructuras de información y servicios cartográficos.
Para general conocimiento y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se dispone la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de dicha adenda, como anexo a la presente resolución.
Sevilla, 10 de junio de 2025.- El Director, Manuel Ignacio Castaño Sousa.
ADENDA AL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL INSTITUTO DE ESTADÍSTICA Y CARTOGRAFÍA DE ANDALUCÍA Y LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GRANADA, SOBRE EL MANTENIMIENTO DEL SISTEMA CALLEJERO DIGITAL DE ANDALUCÍA UNIFICADO Y SOBRE ACCESO, INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN Y REUTILIZACIÓN DE OTROS PRODUCTOS, INFRAESTRUCTURAS DE INFORMACIÓN Y SERVICIOS CARTOGRÁFICOS
R E U N I D O S
De una parte, don Manuel Ignacio Castaño Sousa, Director del Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía (en adelante IECA), en virtud de nombramiento efectuado por el Decreto 318/2022, de 30 de agosto (BOJA núm. 170, de 5 de septiembre), y con capacidad suficiente para formalizar convenios, en nombre y representación del IECA, a tenor de lo establecido en el artículo 31.3 de la Ley 4/1989, de 12 de diciembre, de Estadística de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y en el artículo 13.c) del Decreto 372/2009, de 17 de noviembre, por el que se regula la organización y funcionamiento del Sistema Estadístico de Andalucía.
Y de otra parte, don Francisco Pedro Rodríguez Guerrero, Presidente de la Diputación Provincial de Granada, en virtud del nombramiento efectuado en la Sesión Constitutiva de dicha Corporación de fecha 13 de julio de 2023, en ejercicio de las atribuciones que les están legalmente conferidas en virtud de lo dispuesto en el artículo 34.1.b) y n) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de Bases de Régimen Local.
Cada uno en nombre y representación de las entidades a las que pertenecen, en virtud de las facultades conferidas por sus respectivos cargos, y reconociéndose mutuamente capacidad jurídica suficiente para suscribir la presente adenda, y a tal efecto,
EXPONEN
Primero. Que con fecha 21 de junio de 2021 se suscribió el Convenio de Colaboración entre el IECA y la Diputación Provincial de Granada, sobre el mantenimiento del sistema Callejero Digital de Andalucía Unificado (en adelante, CDAU) y sobre acceso, intercambio de información y reutilización de otros productos, infraestructuras de información y servicios cartográficos.
Segundo. Que la cláusula octava del Convenio de Colaboración, relativa a la duración y modificación del mismo, se establece que «El presente convenio podrá ser modificado por acuerdo unánime de las partes, a propuesta de cualquiera de éstas, mediante la suscripción de la oportuna adenda de modificación, formalizada durante el periodo de vigencia».
Tercero. Que con fecha 5 de agosto de 2024 se suscribió una adenda al referido convenio, modificando la cláusula cuarta, letra a), en el punto referido a la composición de la Comisión de Seguimiento y adaptando la parte expositiva a lo establecido en la Ley 9/2023, de 25 de septiembre, por la que se aprueba el Plan Estadístico y Cartográfico de Andalucía 2023-2029.
Cuarto. Que la Comisión de Seguimiento se reunió el día 1 de abril de 2025 y, entre los puntos del orden del día, trató una nueva propuesta de prórroga y modificación del Convenio, indicando que la misma se efectuará mediante la suscripción de una nueva adenda de prórroga y modificación, en los términos que establece el Convenio.
Quinto. Que ambas partes están interesadas en prorrogarlo y modificarlo, de acuerdo con las siguientes:
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
Constituye el objeto de la presente adenda prorrogar el Convenio de Colaboración suscrito el 21 de junio de 2021 sobre el mantenimiento del sistema CDAU y sobre acceso, intercambio de información y reutilización de otros productos, infraestructuras de información y servicios cartográficos (modificado mediante adenda suscrita el 5 de agosto de 2024) y modificarlo, incorporando un cambio puntual en la composición de la Comisión de Seguimiento y dos cláusulas nuevas relativas al tratamiento de datos de carácter personal y la seguridad.
Segunda. Prórroga del Convenio.
Se prorroga el Convenio al que se refiere la presente adenda hasta el 20 de junio de 2029.
Tercera. Modificación del Convenio.
Se modifica el Convenio al que se refiere la presente adenda conforme a lo establecido a continuación:
- Se modifica parcialmente el apartado a) Composición de la cláusula cuarta, aprobado en la anterior adenda, y donde dice «la persona responsable de Bases de Datos Territoriales», ahora debe decir «la persona responsable de la Jefatura del Centro de Información del Territorio».
- Se introduce una nueva cláusula (undécima) denominada «Tratamiento de datos de carácter personal» con el texto siguiente:
El IECA y la Diputación Provincial de Granada se comprometen a tratar los datos de carácter personal a los que puedan tener acceso en desarrollo de este Convenio de acuerdo con las previsiones:
a) Del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos.
b) De la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
- Se introduce una nueva cláusula (duodécima) denominada «Seguridad» con el texto siguiente:
«El IECA y la Diputación Provincial de Granada cumplirán las medidas de seguridad previstas en el Esquema Nacional de Seguridad para sistemas de información de nivel básico».
Y en prueba de conformidad, las partes intervinientes firman electrónicamente la presente adenda en el día señalado en el sellado de tiempo de las firmas digitales de cada parte, lo que se certifica por esta Secretaría General de la Diputación Provincial de Granada a los efectos de garantizar la autenticidad e integridad del documento, de conformidad con el art. 3.2.i) del R.D. 128/2018, de 16 de marzo.
El Director del Instituto de Estadística y El Presidente de la Diputación de
Provincial de Cartografía de Andalucía Granada
Fdo.: Manuel Ignacio Castaño Sousa Fdo.: Francisco Pedro Rodríguez Guerrero
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