Deposita la fianza

La fianza legal establecida en la Ley de Arrendamientos Urbanos es un importe en metálico que entrega el arrendatario al arrendador y que tiene como finalidad garantizar el cumplimiento de las obligaciones pactadas en el contrato. La liquidación de fianzas se efectúa mediante Régimen General o Régimen Concertado.
Guía rápida

¿Quién deposita la fianza?
El arrendador o casero es la persona que tiene que realizar el trámite de depositar la fianza.

¿Cuándo debe hacerlo?
Dentro del plazo de un mes, contando a partir de la firma del contrato de alquiler.

¿Cuánto hay que depositar?
Un mes de alquiler si la vivienda se alquila como residencia habitual. Dos meses de alquiler si se alquila con otro uso, como vivienda vacacional o local de trabajo, entre otras.
Qué pasos hay que seguir

Rellenar el formulario 806
Tienes varias opciones:
- Rellenarlo y enviarlo online con tu certificado digital. En el vídeo ‘Cómo rellenar el formulario 806’ te enseñamos cómo.
- Rellenarlo online e imprimirlo para entregarlo en una oficina.
- Pidiendo cita previa para ir a una oficina y rellenarlo directamente allí en papel.

Hacer el pago
Tienes varias opciones:
- Mediante pago telemático.
- En nuestras oficinas mediante cargo en cuenta o pago con tarjeta de crédito.
- En cualquiera de los bancos que colaboran con nosotros.

Presentar los documentos
Junto con el formulario 806 debes presentar:
- Referencia catastral de la vivienda.
- Original del contrato de alquiler.
- Autorización del arrendador, si no eres tú.
- Justificante del pago, en caso de hacerse en el banco.