SESIÓN DEL

Aprobado el decreto que actualiza el Reglamento de Funcionamiento de la Intervención General

El texto sustituye al aprobado en 1988 y adapta las funciones de los interventores al sector público andaluz y a los cambios normativos

El Consejo de Gobierno ha aprobado el decreto que actualiza el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Intervención General de la Junta de Andalucía que sustituye al actual, en vigor desde el año 1988, con objeto de adecuar las soluciones normativas de aplicación del control interno a la realidad del sector público de la Junta de Andalucía y adaptarse a los cambios legislativos operados.

Este reglamento tiene como objetivo fundamental desarrollar la organización y las funciones que la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía confiere a la Intervención General de la Junta de Andalucía como órgano responsable del control interno y órgano directivo y gestor de la contabilidad pública, así como las que le competen en materia de supervisión continua.

En este sentido, da respuesta a la creciente complejidad en la gestión económica-financiera como consecuencia de las nuevas formas jurídicas y operacionales en la ejecución de ingresos y gastos, a la necesidad de completar regulación andaluza en materia de control financiero de subvenciones, así como ante el incremento del gasto público ejecutado por entidades sometidas a la modalidad de control financiero, y a las exigencias de la normativa de la Unión Europea en relación con la gestión de los fondos europeos.

Además, se adecúa a los cambios producidos en estos 34 años, entre ellos, la aplicación de las nuevas tecnologías y las posibilidades que éstas ofrecen en el tratamiento masivo de datos a las técnicas de control, a la gestión contable y a la rendición de información económico-financiera.

También se han modificado las exigencias de rendición de información económico-financiera ante instancias nacionales y europeas derivadas de los mecanismos de control del déficit y la deuda pública, y se han incorporado las peticiones de auxilio judicial que recibe la Intervención General procedentes de juzgados y tribunales, así como la atribución de competencias en materia de supervisión continua.

El nuevo reglamento contiene una regulación sistemática y rigurosa de todas las actuaciones que comprende la función de control e incluye las nuevas funciones que se han ido atribuyendo a la Intervención General por distintas normas dispersas.

Asimismo, clarifica los ámbitos objetivos y subjetivos de la función de control, dada la complejidad y diversidad actual de modalidades y destinatarios del control interno, y refuerza la función de control como una actividad reglada estableciendo, tanto en el control financiero como en el control previo, la delimitación del alcance como elemento definitorio en dicha actividad. En este sentido, incide también en la regulación de los resultados y efectos de las actuaciones de control en aras de una mayor seguridad jurídica.

De igual modo, clarifica el conjunto de facultades y deberes del personal que tiene a su cargo las funciones que se regulan, así como las obligaciones de colaboración a cargo de las personas y órganos responsables de la gestión objeto de los distintos tipos de control, y flexibiliza la utilización de las distintas modalidades de control y la organización interna del trabajo para que la función de control interno resulte más eficaz y se adapte a la naturaleza de las operaciones controladas.

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