Incentivos para la infraestructura básica de proyectos de la industria en Andalucía

Convocatoria de los incentivos para la infraestructura básica de proyectos de Industria en Andalucía - 2024

Incentivos concedidos por la Junta de Andalucía para cubrir parcial o totalmente las inversiones o gastos abonados durante el año en curso de la correspondiente convocatoria necesarios para la puesta en marcha de proyectos industriales o servindustriales, siempre que se haya puesto de manifiesto el inicio de la inversión, y se configuran bajo la modalidad de concurrencia competitiva.

Mediante la resolución de 3 de mayo de 2024, de la Secretaría General de Industria y Minas, de realización de la primera convocatoria en el ejercicio 2024 de los incentivos para la infraestructura básica de proyectos de la industria en Andalucía para la provincia de Cádiz, Jaén y Granada.

Beneficiarios y presentación de solicitudes

Podrán ser beneficiarios de estos incentivos las empresas que tengan actividad en alguno de los CNAEs indicados en Anexo III de la convocatoria (actividades industriales o servindustriales).

Las solicitudes se deben presentar exclusivamente de forma telemática a través de la plataforma de presentación electrónica de la Consejería de Industria, Energía y Minas habilitada:

Plazo de solicitud

La convocatoria estará abierta desde el 17/05/2024 hasta el 17/06/2024 el ámbito de las tres provincias.

Requisitos para el acceso

  • Estar al corriente con Hacienda Autonómica, Estatal y frente a la Seguridad Social
  • No encontrarse en situación de empresa en crisis según normativa europea (fondos propios mayores de la mitad de Capital Social, no concurso, no ayudas de salvamento)
  • Cumplir los plazos de pago previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales

Tipos de proyectos incentivables

  • Proyecto de inversión en activos materiales que se encuentre en alguna de las categorías previstas en la convocatoria: creación de nuevo establecimiento, ampliación, diversificación, transformación, desarrollo de actividades nuevas o similares a las que se desarrollan o infraestructuras/instalaciones en polígonos
  • Se mantendrá al menos durante 3 años desde la concesión del incentivo o desde que se justifica el cumplimiento de la creación de empleo comprometida, en caso de que haya compromiso de creación de empleo (desde el certificado final de obra en caso de infraestructuras/instalaciones en polígonos)

Características de los incentivos

Estos incentivos se conceden bajo el Reglamento europeo de Minimis, por lo que el importe de incentivo a conceder no podrá superar 200.000 euros por empresa, y descontando de este límite otras ayudas que la empresa hubiera recibido bajo el Reglamento de Minimis en los 3 últimos ejercicios fiscales anteriores (la empresa o cualquier otra empresa del grupo, entendido con 'única empresa').
    
El importe del incentivo será del 100 % de los conceptos de inversión y gastos incluidos en el formulario de solicitud (Anexo I de la convocatoria), siempre que supere 100.000 euros en inversiones o gastos elegibles y hasta el límite de 200.000 euros (o límite inferior si la empresa ha recibido otras ayudas bajo el Reglamento de Minimis en los 3 últimos ejercicios).
    
Haber sido efectivamente pagados entre el 1 de enero y 15 de noviembre de 2024.
    
Las inversiones o gastos elegibles deberán haber sido abonados cumpliendo los plazos de pago previstos en la Ley de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.

Inversiones incentivables

Los conceptos subvencionables son aquellos que se acometan para la ejecución de un proyecto de inversión en activos materiales relacionada con las siguientes categorías:

  1. Creación de un nuevo establecimiento
  2. Ampliación de la capacidad productiva de un establecimiento existente
  3. Diversificación de la producción de un establecimiento en productos que anteriormente no se producían en el establecimiento
  4. Transformación en el proceso de producción de un establecimiento existente
  5. Desarrollo de una actividad de un establecimiento, que puede ser una actividad nueva, la misma o similar a las que se vienen realizando previamente en el establecimiento
  6. Infraestructuras e instalaciones necesarias para la mejora o dotación del entorno industrial en polígonos industriales, parques empresariales o espacios productivos
  7. No se consideran subvencionables los traspasos, la adquisición de activos vinculados a un establecimiento operativo ni la adquisición de las acciones de una empresa

Normativa

  • Orden de 22 de junio de 2023 de la Consejería de Industria, Energía y Minas, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de incentivos para la infraestructura básica de proyectos de la industria en Andalucía (BOJA núm. 122, de 28 de junio). Cuadro Resumen y Bases Reguladoras tipo
  • Resolución de 3 de mayo de 2024, de la Secretaría General de Industria y Minas, de realización de la primera convocatoria en el ejercicio 2024 de los incentivos para la infraestructura básica de proyectos de la industria en Andalucía para la provincia de Cádiz.
  • Resolución de 3 de mayo de 2024, de la Secretaría General de Industria y Minas, de realización de la primera convocatoria en el ejercicio 2024 de los incentivos para la infraestructura básica de proyectos de la industria en Andalucía para la provincia de Jaén.
  • Resolución de 8 de mayo de 2024, de la Secretaría General de Industria y Minas, por la que se realiza la primera convocatoria en el ejercicio 2024 de los incentivos para la infraestructura básica de proyectos de la industria en Andalucía para la provincia de Granada.
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