Plan Director de Promoción Turística de Andalucía Horizonte 2020

Información general

Organismo
  • Turismo y Andalucía Exterior
Fecha de aprobación
Descripción

El Plan Director de Promoción Turística de Andalucía Horizonte 2020, bajo la denominación técnica de «Plan Estratégico de Marketing Turístico Horizonte 2020», parte de un exhaustivo análisis del entorno, del propio destino y de las tendencias de la industria turística, recogiendo los cambios experimentados en los últimos años y los movimientos que se están imponiendo en el mercado, con el objetivo de contar con un amplio conocimiento de la situación que permita una ágil adaptación a esos retos para convertirlos en oportunidades que impulsen el negocio y el empleo en nuestra Comunidad.

El Plan Director, además de partir de las directrices establecidas en el el Plan General de Turismo Sostenible de Andalucía Horizonte 2020, es fruto de un amplio proceso de participación y consenso por parte de los profesionales del sector turístico andaluz tanto a nivel provincial como a través del papel fundamental desempeñado por la Mesa del Turismo. Asimismo, con este Plan se da cumplimiento a los acuerdos recogidos en la Alianza por un Turismo Innovador y Competitivo en Andalucía, suscrita el 26 de julio de 2016.

En este sentido, el nuevo Plan Director supone un importante cambio en su filosofía de actuación, definiendo como sus principales clientes tanto a los turistas como a las propias pymes de Andalucía, auténticas protagonistas de la actividad turística en la región y principales responsables del negocio que genera esta industria. Este enfoque coincide con el nuevo marco comunitario de los fondos procedentes de la Unión Europea, que requiere una orientación total hacia la internacionalización de las pymes y la mejora de la competitividad del tejido empresarial.

Periodo de vigencia
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Evaluación del plan

El sistema de evaluación se recoge en las páginas 359 y siguientes del Plan, sin perjuicio de las funciones del Consejo Andaluz del Turismo recogidas en el apartado 3 del la Orden de 22 de diciembre de 2016.

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