SAS-Gestión de Recursos Humanos

Información general

Organismo
Servicio Andaluz de Salud
Responsable del tratamiento
Dirección General de Personal
Finalidad
• Gestión de los recursos humanos que prestan servicios o realizan actividades en el SAS bajo cualquier régimen jurídico. Bolsa de Contratación. SAS bajo cualquier régimen jurídico. Bolsa de Contratación.
• Expediente personal. Control horario. Incompatibilidades. Formación. Planes de pensiones. Acción social. Prevención de riesgos laborales. pensiones. Acción social. Prevención de riesgos laborales.
• Emisión de la nómina del personal del SAS, así como de todos los productos derivados de la misma. derivados de la misma.
• Gestión económica de la acción social y obtención de estudios estadísticos o onográficos destinados a la gestión económica del personal.
• Gestión de la actividad sindical en el SAS.
Delegado de protección de datos
dpd.sspa@juntadeandalucia.es

Interesados

Empleados públicos del SAS
Personal externo contratado por el SAS
Investigadores
Estudiantes y tutores
Personal de entidades colaboradoras
Personal en procesos selectivos

Datos personales

• Datos relativos a la afiliación Categorías especiales de datos (datos sensibles): Datos relativos a la afiliación sindical y datos relativos a la salud laboral.
• Datos relativos a la comisión de infracciones: datos relativos a infracciones administrativas.
• Datos administrativos: nombre y apellidos, DNI/CIF/Documento identificativo, código numérico personal (CNP), número de Seguridad Social / Mutualidad, dirección, firma, teléfono, correo electrónico. dirección, firma, teléfono, correo electrónico.
• Datos de características personales: Sexo, estado civil, nacionalidad, edad, fecha y
lugar de nacimiento y datos familiares. lugar de nacimiento y datos familiares.
• Datos de circunstancias sociales: Fecha de alta y baja, licencias, permisos y autorizaciones. autorizaciones.
• Datos académicos y profesionales: Titulaciones, formación, experiencia profesional,
pertenencia a asociaciones profesionales. pertenencia a asociaciones profesionales.
• Datos de detalles del empleo y carrera administrativa: cuerpo/escala, categoría / grado, puestos de trabajo, datos no económicos de nómina e historial del/a trabajador/a, incompatibilidades.
• Datos de control de presencia: fecha/hora entrada y salida, motivo de ausencia.
• Datos económico-financieros: Datos económicos de nómina, créditos, préstamos, avales, deducciones impositivas baja de haberes correspondiente al puesto de trabajo anterior (en su caso), retenciones judiciales (en su caso), otras retenciones (en su caso). Datos bancarios.

Cesiones de datos

Ministerio de Hacienda y Función Pública (Agencia Estatal de Administración Tributaria, Registro Central de Personal); Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (Instituto Nacional de la Seguridad Social y mutualidades de funcionarios, Tesorería General de la Seguridad Social); Tribunal de Cuentas; Consejería de Economía, Hacienda y Administración Pública (Intervención General de la Junta de Andalucía); Consejería de
Presidencia; Organizaciones sindicales; Entidades financieras; Organismos oficiales estadísticos; Autoridades de Certificación contratadas (FNMT, SIA,…); Entidades de acreditación y/o evaluación de la calidad (ACSA, AENOR, ...); Otras autorizadas legalmente.

Transferencias internacionales

No están previstas

Periodo de conservación

• Se conservarán durante el tempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudiesen derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos.
• Sera de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.
• Los datos económicos de esta actividad de tratamiento se conservarán al amparo de
lo dispuesto en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Medidas de seguridad

Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad.

Base jurídica

RGPD: 6.1.b) Tratamiento necesario para la ejecución de un contrato en el que el interesado es parte o para la aplicación a petición de éste de medidas precontractuales.
RGPD: 6.1.c) Tratamiento necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento.
RGPD: 9.2.b) Tratamiento es necesario para el cumplimiento de obligaciones y el ejercicio de derechos específicos del responsable del tratamiento o del interesado en el ámbito del Derecho laboral y de la seguridad y protección social, en la medida en que así lo autorice el Derecho de la Unión de los Estados miembros o un convenio colectivo con arreglo al Derecho de los Estados miembros que establezca garantías adecuadas del respeto de los derechos fundamentales y de los intereses del interesado;
RGPD: 9.2.h) Tratamiento es necesario para fines de medicina preventiva o laboral, evaluación de la capacidad laboral del trabajador, diagnóstico médico, prestación de asistencia o tratamiento de tipo sanitario o social, o gestión de los sistemas y servicios de asistencia sanitaria y social, sobre la base del Derecho de la Unión o de los Estados miembros o en virtud de un contrato con un profesional sanitario y sin perjuicio de las condiciones y garantías contempladas en el apartado 3;
Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la Función Pública.
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud.
Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía
Ley 2/1998, de 15 de junio, de salud de Andalucía.
Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de Riesgos Laborales.
Índice