ADA - Videovigilancia y control de acceso a edificios cuya vigilancia es responsabilidad de la Secretaría General
Información general
Organismo
Agencia Digital de Andalucía
Responsable del tratamiento
Agencia Digital de Andalucía
C/ Gonzalo Jiménez de Quesada, 2. Edificio Torre Sevilla, 3ª Planta. Isla de la Cartuja.
41092 – Sevilla
pd.ada@juntadeandalucia.es
C/ Gonzalo Jiménez de Quesada, 2. Edificio Torre Sevilla, 3ª Planta. Isla de la Cartuja.
41092 – Sevilla
pd.ada@juntadeandalucia.es
Finalidad
Videovigilancia y control de acceso a edificios cuya vigilancia es responsabilidad de la Secretaría General
Delegado de protección de datos
Agencia Digital de Andalucía
C/ Gonzalo Jiménez de Quesada, 2. Edificio Torre Sevilla, 3ª Planta. Isla de la Cartuja.
41092 – Sevilla
dpd.ada@juntadeandalucia.es
C/ Gonzalo Jiménez de Quesada, 2. Edificio Torre Sevilla, 3ª Planta. Isla de la Cartuja.
41092 – Sevilla
dpd.ada@juntadeandalucia.es
Interesados
Ciudadanía
Cargos públicos
Representantes y personal de personas jurídica
Cargos públicos
Representantes y personal de personas jurídica
Datos personales
Imagen
Datos identificativos (nombre, DNI, dirección, teléfono, e-mail…)
Datos profesionales (organización, cargo profesional…)
Datos identificativos (nombre, DNI, dirección, teléfono, e-mail…)
Datos profesionales (organización, cargo profesional…)
Cesiones de datos
Las legalmente obligatorias
Transferencias internacionales
No están previstas
Periodo de conservación
Las imágenes serán suprimidas en el plazo máximo de un mes desde su captación, salvo cuando hubieran de ser conservadas para acreditar la comisión de actos que atenten contra la integridad de personas, bienes o instalaciones o por alguna otra obligación legal.
Los datos de control de acceso a otros edificios e instalaciones se conservarán como máximo un mes en el sistema.
Los datos de control de acceso a otros edificios e instalaciones se conservarán como máximo un mes en el sistema.
Medidas de seguridad
Tras analizar el riesgo y en aplicación de los términos exigidos por el artículo 32.1 del RGPD, se aplicarán las medidas técnicas y organizativas y las debidas garantías sobre el diseño del tratamiento, la gobernanza y políticas de protección de datos de la Agencia, la protección de datos por diseño y por defecto, la disponibilidad y resiliencia de los sistemas y servicios que operan este tratamiento, así como las medidas técnicas de acuerdo con el Anexo II del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad.
Base jurídica
RGPD: 6.1.e) Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos.
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales.
El artículo 148.1.22.ª de la Constitución Española que, conjuntamente con el artículo 65.1 del Estatuto de Autonomía, atribuye a la Comunidad Autónoma la competencia sobre vigilancia y protección de sus edificios e instalaciones.
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales.
El artículo 148.1.22.ª de la Constitución Española que, conjuntamente con el artículo 65.1 del Estatuto de Autonomía, atribuye a la Comunidad Autónoma la competencia sobre vigilancia y protección de sus edificios e instalaciones.
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