Proyecto de Decreto por el que se crea el Consejo Andaluz de la Comunidad Gitana, se regula su composición y el régimen de funcionamiento
Información general
La Ley 7/2017, de 27 de diciembre, de participación ciudadana de Andalucía establece en su artíulo 2 que, entre sus finalidades, se encuentran el promover e impulsar la participación ciudadana en los asuntos públicos, instaurando la cultura participativa en el funcionamiento de las Administraciones públicas andaluzas y favorecer la mayor eficacia de la acción política y administrativa a través de la construcción colectiva, de forma que la elaboración de las políticas públicas y la valoración de los resultados alcanzados se beneficien de la riqueza que representan los conocimientos y experiencias de la ciudadanía. Para ello el artículo 31 de la referida Ley dispone que las personas y entidades de participación ciudadana podrán participar en el seguimiento de las políticas públicas de la Junta de Andalucía a través de los correspondientes órganos colegiados sectoriales de participación ciudadana.
Mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de 31 de octubre de 2017, se aprueba el Plan Integral para la Inclusión de la Comunidad Gitana de Andalucía para el período 2017-2020, constituyéndose como instrumento de integración y coordinación de todas las áreas, servicios y programas que desarrollan actuaciones en el ámbito de la Junta de Andalucía dirigidas a la Comunidad Gitana de Andalucía.
Se pretende crear y regular el funcionamiento del Consejo Andaluz de la Comunidad Gitana como órgano colegiado de participación social, de carácter consultivo y asesor, en el que se institucionalice la cooperación del movimiento asociativo de personas gitanas, de otras entidades que por su naturaleza tienen una especial interacción con la población gitana, de las entidades locales andaluzas y de la Administración autonómica, para elevar iniciativas de actuación y colaborar en el diseño, desarrollo y evaluación de políticas que favorezcan la promoción de la igualdad de oportunidades y de trato, así como la inclusión de la población gitana andaluza.
Es una medida prevista en la actuación 9.1.1.1 del referido Plan que prevé la creación del Consejo Andaluz de la Comunidad Gitana como órgano de interlocución entre las entidades que conforman el tejido asociativo andaluz y las Administraciones Públicas competentes para el asesoramiento, intercambio de experiencias y buenas prácticas en las políticas desarrolladas a favor de la comunidad gitana por parte de la Junta de Andalucía.
Crear el Consejo Andaluz de la Comunidad Gitana, regular su composición y el régimen de funcionamiento.
Al tratarse de un órgano colegiado la creación y el régimen de funcionamiento están regulados en el artículo 22 y en la Sección 1ª del Capítulo II del Título IV de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía y por lo dispuesto en los preceptos de carácter básico de la Subsección 1ª de la Sección 3ª del Capítulo II del Título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, por lo que no se han contemplado otras soluciones que no sean regulatorias, ya que, las referidas Leyes son claras y taxativas a la hora de ordenar su desarrollo reglamentario.
La ciudadanía, organizaciones y asociaciones que así lo consideren, pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados, durante el plazo de 10 días naturales, a partir del día siguiente al de su publicación, a través del siguiente buzón de correo electrónico
consultapublica.serviciossociales.cips@juntadeandalucia.es
Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.