Proyecto de Ley que modifica la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Información general

Antecedentes de la norma

- Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

- Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía.

- Acuerdo del Consejo de Gobierno de 5 de marzo de 2019 , insta a iniciar las actuaciones necesarias para la supresión de los aforamientos de la persona titular de la Presidencia de la Junta de Andalucía, de las personas titulares de las distintas Consejerías y de los Diputados y Diputadas del Parlamento de Andalucía, así como a iniciar las actuaciones necesarias para la adopción de medidas de carácter normativo para la protección de la persona denunciante del fraude y la corrupción en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

- Acuerdo del Consejo de Gobierno de 23 de abril de 2019 por el que se insta a la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior, a iniciar las actuaciones necesarias para la modificación de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Problemas que se pretenden solucionar

Como consecuencia de los últimos casos de corrupción política y la pérdida de confianza en las Instituciones públicas, la sociedad andaluza ha venido demandando de forma importante la puesta en marcha de medidas y actuaciones en aras de una mayor transparencia y regeneración democrática.

En atención a esa creciente demanda social, recientemente mediante Acuerdos del Consejo de Gobierno se ha instado las Consejerías competentes por razón de la materia, a iniciar las actuaciones necesarias para la supresión de los aforamientos de la persona titular de la Presidencia de la Junta de Andalucía, de las personas titulares de las distintas Consejerías y de los Diputados y Diputadas del Parlamento de Andalucía, para la adopción de medidas de carácter normativo para la protección de la persona denunciante del fraude y la corrupción en la Comunidad Autónoma de Andalucía, y para impulsar la creación de un grupo de trabajo que evalúe las entidades instrumentales de la Administración de la Junta de Andalucía, con el fin de mejorar la eficacia, eficiencia y profesionalidad de estos organismos garantizando un mejor servicio a la ciudadanía andaluza.

La modificación normativa que se pretende tramitar constituye un hito más en el compromiso del Gobierno por revitalizar las Instituciones públicas, contribuir a evitar los riesgos de situaciones y redes clientelares, así como los posibles casos de corrupción que generan una importante pérdida de confianza de la ciudadanía andaluza en sus Instituciones públicas.

Necesidad y oportunidad de su aprobación

El artículo 27.1 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, establece que corresponde al Consejo de Gobierno desarrollar el programa de gobierno de acuerdo con las directrices fijadas por la Presidencia de la Junta de Andalucía. El apartado 23 de este artículo dispone que también le corresponde al mismo cualquier otra atribución que le venga conferida por las leyes y, en general, entender de aquellos asuntos que por su importancia o naturaleza requieran el conocimiento, deliberación o decisión del Consejo de Gobierno.

En ejercicio de esa competencia, mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno, de fecha 23 de abril de 2019 se ha instado a esta Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior, a iniciar las actuaciones necesarias para la modificación de la Ley 6/2006 de 24 de octubre, con el fin de limitar la duración de los mandatos de la persona titular de la Presidencia de la Junta de Andalucía, las personas titulares de las Vicepresidencias de la Junta de Andalucía y las personas titulares de las Consejerías como integrantes del Consejo de Gobierno.

Todo ello en el convencimiento de que la limitación de la duración de los mandatos y la alternancia política posibilitan la regeneración democrática, revitalizan las Instituciones públicas, pueden contribuir a evitar los riesgos de situaciones y redes clientelares, así como los posibles casos de corrupción que generan una importante pérdida de confianza de la ciudadanía andaluza en sus Instituciones públicas.

Objetivos de la norma

La norma que se pretende tramitar tiene por objeto el establecimiento en nuestra Comunidad Autónoma de la limitación de la duración de los mandatos del Presidente o Presidenta de la Junta de Andalucía, las personas titulares de las Vicepresidencias de la Junta de Andalucía y las personas titulares de las Consejerías como integrantes del Consejo de Gobierno, en el marco del proceso de regeneración democrática que se está impulsando.

Posibles soluciones alternativas

No existe en este caso alternativa alguna regulatoria y no regulatoria apropiada, puesto se trata de la modificación de preceptos de una norma con rango de ley.

Envío de aportaciones

La ciudadanía, organizaciones y asociaciones que así lo consideren, pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados en este documento, a través del siguiente correo electrónico:

cg.viceconsejeria.cpai@juntadeandalucia.es

Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.

Fecha de publicación
Periodo de vigencia
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Organismo
Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa
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