Proyecto de Orden por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, para la promoción de la participación ciudadana, destinadas a las entidades locales de Andalucía.

Información general

Antecedentes de la norma

El Estatuto de Autonomía para Andalucía aprobado por la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, establece en su artículo 10.1 que la Comunidad Autónoma de Andalucía promoverá las condiciones para que la libertad e igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; removerá los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y fomentará la calidad de la democracia facilitando la participación de todos los andaluces en la vida política, económica, cultural y social. A tales efectos, adoptará todas las medidas de acción positivas que resulten necesarias.

La Ley 7/2017, de 27 de diciembre, de Participación Ciudadana de Andalucía, establece en su artículo 9 las obligaciones de las Administraciones Públicas Andaluzas respecto a la participación ciudadana. Igualmente, en la Disposición adicional única regula que el Presupuesto de la Junta de Andalucía, en el marco de disponibilidad presupuestaria, contará con dotaciones específicas para la financiación de la promoción de la participación en Andalucía, que serán gestionadas por la Consejería competente en materia de participación ciudadana, sin perjuicio de los créditos para ayudas y subvenciones de programas que fomenten la participación que pudieran contemplarse en los respectivos estados de gastos de las demás Consejería.

Mediante la Orden de 23 de mayo de 2018, se aprobaron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, para el desarrollo de procesos de participación ciudadana en el ámbito de las competencias de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales destinadas a los municipios de más de 20.000 habitantes y a las Diputaciones provinciales. La citada línea de subvenciones ha sido convocada, en los ejercicios 2018 y 2019, mediante las Ordenes de 20 de junio de 2018 y de 17 de julio de 2019, respectivamente.

Problemas que se pretenden solucionar

Con las actuaciones a desarrollar, se pretende actualizar y mejorar las citadas reguladoras, sometiendo a examen al menos los siguientes aspectos:

  • Objeto,
  • Conceptos subvencionables
  • Requisitos de las entidades solicitantes
  • Cuantía de las subvenciones
  • Gastos subvencionables
Necesidad y oportunidad de su aprobación

La Orden de 23 de mayo de 2018, por la que se  aprobaron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, para el desarrollo de procesos de participación ciudadana en el ámbito de las competencias de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales destinadas a los municipios de más de 20.000 habitantes y a las Diputaciones Provinciales es anterior al nuevo marco competencial establecido por el Decreto del Presidente 2/2019, de de 21 de enero, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, modificado por el Decreto 6/2019, de 11 de febrero.

A ello se añade la necesidad de poner en práctica lo dispuesto en el artículo 51 de la Ley 7/2017, de 27 de diciembre cuando requiere que las Administraciones públicas andaluzas y sus órganos de gobierno pongan en marcha o consoliden medidas de fomento que permitan el desarrollo de una cultura participativa en el conjunto de la sociedad andaluza.

Son dichas circunstancias las que, unidas a la nueva planificación estratégica que se está desarrollando en la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, aconsejan acometer mediante este proyecto la elaboración de una nuevas bases reguladoras. 

Objetivos de la norma

Aprobar las nuevas bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, para la promoción de la participación ciudadana, destinadas a las entidades locales de Andalucía. 

Posibles soluciones alternativas

No se contemplan soluciones alternativas.

Envío de aportaciones

consultapublica.sgpsc.cipsc@juntadeandalucia.es

Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.

Fecha de publicación
Periodo de vigencia
-
Organismo
Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad
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