Proyecto de Orden por la que se establecen la identificación de reclamos y cimbeles, y marcaje de los ejemplares criados en granjas cinegéticas con destino al medio natural, se establece la inscripción en el Registro de Explotaciones Ganaderas (REGA) de los terrenos cinegéticos con movimientos de animales vivos y se desarrolla la modalidad del Reclamo de perdiz macho sin muerte, en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Información general

Antecedentes de la norma

- Decreto 126/2017 de 25 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación de la Caza en Andalucía.

- Decreto 65/2012, de 13 de marzo, por el que se regulan las condiciones de sanidad y zootécnicas de los animales.

- Orden de 28 de abril de 2016, por la que se regula el acceso a la base de datos en materia de identificación y movimiento de animales de producción, la adquisición de elementos de identificación oficial animal y las relaciones administrativas de las empresas fabricantes

Problemas que se pretenden solucionar

La identificación de los reclamos y cimbeles así como el marcaje de  los ejemplares de especies cinegéticas con destino a sueltas y repoblaciones vienen  recogidas como un desarrollo normativo necesario del Reglamento de caza (Decreto 126/2017, de 25 de julio)  para el control y seguimiento de los ejemplares de granja en aras de la protección de las poblaciones silvestres de las mismas especies, facilitando la labor inspectora y distinguiendo la gestión de poblaciones naturales de la  caza de especies de granja.

Además en el concepto de la sanidad animal y frente a la gripe aviar la identificación y registro de agrupamientos de aves es necesaria e importante. La digitalización del sistema de expedición de guías sanitarias, necesarias para el legal movimiento de animales vivos, requiere que tanto el origen como el destino tengan un código REGA, por lo que se implementa a necesidad de inscribir aquellos terrenos cinegéticos que  incluyan escenarios de caza o repoblaciones en sus Planes Técnicos de Caza y a los cotos intensivos en dicho Registro  para obtener su código.

Por último, la práctica de la modalidad de caza Reclamo de perdiz macho sin muerte, requiere de su desarrollo normativo como indica el Reglamento de Caza y puesto que la modalidad incluye Reclamos y el resultado de su práctica es la posesión de ejemplares vivos que deberán ser identificados, parece adecuado incorporarlo en la misma norma.

Necesidad y oportunidad de su aprobación

Es necesario desarrollar los artículos del Decreto 126/2017 para el correcto desenvolvimiento de la actividad cinegética. Situaciones  recientes como el brote de virus bagaza de las perdices en las campiñas de Cádiz o de la mixomatosis en liebres ponen de manifiesto la necesaria regulación, control y seguimiento de los movimientos de ejemplares cinegéticos producidos en granjas, y el control de las sueltas y repoblaciones para evitar excesos de densidad. Para la trazabilidad y para que el cazador sepa  que está cazando  ejemplares criados es necesario su marcaje individual previo a su traslado al coto. Estos movimientos se controlan y regulan a través de las guías sanitarias que deben ser inscritas en el SIGGAN y para ello es necesario que tanto origen como destino tengan códigos REGA, pues de lo contrario el tramite no puede completarse digitalmente y requiere de una posterior introducción manual de los datos en SIGGAN.  La identificación y registro de los reclamos y sus propietarios nos permitirá tener conocimiento de la distribución de estas aves que pueden tener importancia en la dispersión de la gripe aviar que cada año amenaza con afectar a las granjas avícolas.

Se desarrollan los  artículos; 62 sobre marcaje de ejemplares de granjas cinegéticas, 84 identificación  y registro de reclamos vivos y  87.4 sobre la práctica de la modalidad reclamo de perdiz sin muerte del Decreto 126/2017  Reglamento de Ordenación de la Caza en Andalucía así como  los aspectos del Decreto 65/2012, de 13 de marzo   en lo relativo al movimientos de animales de granjas cinegéticas.

Objetivos de la norma

El objeto de la nueva orden es la regulación de la identificación y registro de  los reclamos vivos y el marcaje de los ejemplares  procedentes de granja por motivos de control y trazabilidad desde el punto de vista sanitario y de calidad cinegética, por lo que los terrenos cinegéticos deberán dotarse de un código REGA.

Por último  se incluye la posibilidad de la práctica de una modalidad  (reclamo de perdiz sin muerte) que requiere de su desarrollo normativo según indica el Reglamento.

Posibles soluciones alternativas

No se contemplan  otras alternativas normativas que permitan desarrollar y actualizar los objetivos que regula esta nueva Orden  de desarrollo del Reglamento de Ordenación de la Caza en Andalucía.

Envío de aportaciones

identificacion_reclamo_sin_muerte.cpp.cagpds@juntadeandalucia.es

Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.

Fecha de publicación
Periodo de vigencia
-
Organismo
Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural
Índice